La Fiscalía pide al TSJC devolver el caso Grúas a los juzgados de La Laguna tras perder Fernando Clavijo el aforamiento
La Fiscalía ha pedido a la Sala de lo Civil y lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) la devolución del denominado caso Grúas a los juzgados de La Laguna después de que el presidente del Gobierno regional, Fernando Clavijo, implicado en esta causa, perdiera su condición de aforado tras la entrada en vigor del Estatuto de Autonomía el pasado 6 de noviembre.
El Ministerio Público ha emitido este jueves el informe solicitado por el alto tribunal canario el pasado 31 de octubre, agotando el plazo concedido de cinco días hábiles, y ha concluido que la Sala de lo Civil y lo Penal del TSJC ya no es el órgano competente para investigar el caso Grúas.
La posición de la Fiscalía supone un duro varapalo a la tesis defendida por Coalición Canaria (CC), que en los últimos días ha extendido el argumento de que la causa podía seguir su curso en el TSJC, al entender que era inviable un cambio de tribunal durante un proceso en marcha. El Ministerio Público, en cambio, sostiene que la pérdida de aforamiento determina de forma automática “la pérdida de la competencia objetiva y funcional derivada del órgano de aforamiento”, esto es, del TSJC.
Sin embargo, hay un matiz. Según recoge el escrito de la Fiscalía, la figura judicial perpetuatio jurisdicctionis permite continuar la tramitación de un procedimiento judicial en el mismo órgano aunque el investigado pierda su condición de aforado, siempre que se encuentre “en un momento procesal tal que determine o aconseje el mantenimiento de la competencia con que se inició”.
La jurisprudencia del Tribunal Supremo ha fijado ese momento en el hito de la apertura de juicio oral. Es entonces cuando queda definitivamente establecida la competencia del tribunal, los hechos objeto de enjuiciamiento y las personas a las que concierne, señala la Fiscalía. Una circunstancia que no se ha producido aún en el caso Grúas, lo que aboca irremediablemente a que el proceso regrese al Juzgado de Instrucción 2 de La Laguna, el mismo que elevó una exposición razonada al TSJC que atisbaba indicios de prevaricación y malversación de caudales públicos en la actuación de Clavijo.
La Fiscalía reconoce que la reforma legislativa (el Estatuto de Autonomía, en este caso) como causa de la pérdida de condición de aforado supone una novedad que no ha sido tratada por la jurisprudencia para determinar a quién corresponde la competencia para investigar y enjuiciar. Sin embargo, “si por una simple renuncia personal (al cargo que lleva aparejado el aforamiento) se da lugar al desplazamiento competencial devolutivo, con mayor razón debe provocar ese efecto una nueva ley que elimine el aforamiento”.
Por ello, concluye que considerar que el órgano competente para investigar al presidente del Gobierno canario es el TSJC equivale a vulnerar el derecho constitucional al juez predeterminado por ley y el principio de seguridad jurídica.
Complejidad de la causa
El Ministerio Público defiende en su escrito que el retraso en la presentación del informe se ha debido a la complejidad de la causa, respondiendo así a las acusaciones vertidas días atrás por Fernando Clavijo. La Fiscalía entiende que se necesitan más que “los exiguos dos días” que la Ley de Enjuiciamiento Criminal otorga para elevar el informe solicitado. Recuerda que la exposición razonada remitida por la jueza instructora incluía más de 1.500 folios de documentación, a los que hay que añadir “los 22 tomos del procedimiento original”, que fueron objeto de un “laborioso estudio, análisis y valoración”, reza el escrito.
La Fiscalía de la Comunidad Autónoma también alude como motivo de esta complejidad “los diferentes criterios procesales” que se han registrado durante la causa, desde el primer archivo de la instructora por auto de 15 de junio de 2017 hasta la exposición razonada elevada el 28 de agosto de 2018 al TSJC por la existencia de indicios de prevaricación y malversación en la gestión de Clavijo como alcalde de La Laguna. Entre medias, la decisión de la Audiencia Provincial de estimar el recurso presentado por los querellantes contra el sobreseimiento de la causa y varios vaivenes en la posición del Ministerio Público.
“Los trámites relatados aconsejaban un estudio minucioso de las actuaciones recibidas para informar sobre lo más esencial, la existencia de indicios de la comisión de los delitos relatados, delitos por otra parte de naturaleza compleja muy vinculados al ámbito del derecho administrativo”, expone el escrito.
La Fiscalía también hace hincapié en que la petición del informe es coetánea a la tramitación del proceso de reforma del Estatuto de Autonomía, que incide de forma directa en el conflicto competencial por la eliminación de los aforamientos. De esta manera, el traslado de la causa al Ministerio Fiscal se produjo el 4 de septiembre de este año, apenas nueve días antes de que la nueva carta magna canaria se aprobara en el Congreso de los Diputados. Un mes y medio después, el 24 de octubre, el Senado daba luz verde al texto, que entró en vigor el pasado martes con su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
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