El Constitucional suspende varios apartados del protocolo de atención a menores migrantes del Gobierno canario
El pleno del Tribunal Constitucional ha suspendido este martes por unanimidad varios apartados del protocolo de atención a los niños llegados en pateras y cayucos aprobado por el Gobierno de Canarias (Coalición Canaria y PP), que actualmente ya estaba suspendido por orden del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC).
Fuentes de la corte de garantías informan de que el pleno ha tomado esta decisión tras admitir a trámite el recurso del Gobierno central, que considera que el acuerdo impugnado puede vulnerar varios derechos fundamentales y también competencias autonómicas en materia de inmigración y asistencia a menores no acompañados.
El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno en su impugnación el artículo 161.2 de la Constitución, ha suspendido la vigencia y aplicación de los apartados segundo, tercero y sexto desde el día 26 de septiembre de 2024, fecha de interposición de la impugnación.
Se trata de los apartados que ya la Fiscalía había señalado como inductores de un posible delito de abandono y que añadían trámites burocráticos en un momento en el que debía primar la urgencia por otorgar la atención debida a los niños recién llegados. En concreto, el apartado dos señala que “el menor no acompañado debe ser oído previamente sobre su ubicación o asignación y el derecho a una resolución administrativa individualizada de ubicación en la Comunidad Autónoma que corresponda, con intervención del Ministerio Fiscal en salvaguarda de sus derechos”.
El artículo tercero señala que antes de ubicar al menor en un centro “se requerirá su previa reseña de identificación, su inscripción en el RMENA si constase, y una resolución administrativa de asignación o ubicación individualizada del órgano correspondiente del Estado, previa audiencia al menor, en presencia de un intérprete de su lengua materna u otra que pueda entender, con conocimiento del Fiscal, y un acto formal de entrega con documentación individualizada, una vez cumplidos los requisitos que le fueran exigidos a quien le estuviera prestando la atención inmediata”.
Y el sexto, el más extenso de los tres apartados, señala que antes de entregar a los menores a los recursos de la comunidad autónoma es necesario que este cuente con una documentación individualizada “que garantice su correcta identidad y circunstancias individuales, entre ellas las circunstancias en que fue hallado y cuántos datos sean de interés para los derechos del menor así como para valorar su situación riesgo o desamparo y, si así se hubiese acordado por el Ministerio Fiscal, el número de expediente de riesgo abierto en la Sección de Menores, junto a todos aquellos documentos que permitan garantizar su trazabilidad o que haya confusión de identidades entre menores.
Se trata, tal y como señalaron la Fiscalía Superior de Canarias y el Ministerio de Infancia, de trámites burocráticos que se pretende que sean previos a la prestación de asistencia urgente, lo que no solo pone en riesgo los derechos fundamentales de los menores, sino que los coloca en una situación de desamparo y supone un trato discriminatorio por razón de origen.
Advertencias previas al Gobierno canario
La Fiscalía Superior de Canarias fue la primera en advertir al Ejecutivo canario de que la ejecución del protocolo suponía “la ausencia de atención inmediata a la situación de desamparo'' en la que los niños y adolescentes llegan a Canarias, lo que podía hacer que tanto el Gobierno como los funcionarios que lo aplicasen incurrieran en un delito de abandono. Por ello, pidió al TSJC medidas cautelarísimas para evitar que se comenzara a aplicar.
En el recurso, la fiscal María Farnés señaló que en el protocolo “no se hacen constar cuáles son las posibles consecuencias de que la comunidad autónoma no ejerza la competencia que tiene asignada por ley, como es la protección y asistencia inmediata a los menores''. Y añadió: ”Los menores extranjeros no acompañados están siempre en desamparo. No hay situación más clara de un menor en desamparo que la de los menores extranjeros no acompañados“.
''No existe motivo para someter a un niño pequeño que llega solo a un trámite inexistente en la ley y retrasar su entrada en un centro de menores adecuado, que es donde la ley establece que debe estar. Sin duda, la aplicación de este protocolo permite la permanencia de menores indubitados en centros policiales'', concluyó en un documento la Fiscalía Superior de Canarias.
Fernando Clavijo (Coalición Canaria), presidente del Gobierno canario, tildó las conclusiones de la Fiscalía de ''ridículas'', y las advertencias hechas tanto desde el ministerio fiscal como desde el Estado de “ataque” y “amenaza” a Canarias.
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