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Costas decreta la demolición del hotel Miramar de Castro Urdiales

Hotel Miramar de Castro Urdiales | GUILLERMO RIEGA

elDiario.es Cantabria

La Demarcación de Costas en Cantabria ha publicado este lunes en el Boletín Oficial del Estado el levantamiento de actas previas de ocupación de los bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la demolición del hotel Miramar, situado en la playa de Brazomar, en el municipio de Castro Urdiales.

El alcalde del municipio, Ángel Díaz-Munío, comparecerá ante los medios este martes para ofrecer una valoración de esta decisión, sobre la que no cabe recurso alguno. 

El Consejo de Ministros declaró el pasado 29 de septiembre la utilidad pública, a los efectos de su expropiación, y la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por las obras del proyecto de demolición del hotel.

La Jefatura de la Demarcación de Costas en Cantabria ha declarado la necesidad de ocupación de los bienes y derechos para poder ejecutar la obra de referencia.

De acuerdo con la Ley de Expropiación Forzosa, los interesados de los bienes y derechos afectados deberán comparecer en el Ayuntamiento de Castro Urdiales el 13 de noviembre a las 13.00 horas, para proceder al levantamiento del acta previa a la ocupación.

En este sentido, se abre un periodo de información pública a fin de oír a los afectados por la expropiación, pudiendo los interesados, hasta el momento del levantamiento del acta previa, formular alegaciones ante la Demarcación de Costas en Cantabria solo a efecto de subsanar posibles errores en los bienes afectados por la urgente ocupación. La valoración del bien ha sido actualizada a fecha 7 de agosto de 2017.

Antecedentes

En septiembre de 2013, la Audiencia Nacional declaró “conforme a derecho” la resolución de octubre de 2010 por la que se aprobó el proyecto de demolición del Hotel Miramar y desestimó el recurso presentado por la empresa que gestiona la hostelería del establecimiento, cuyo capital social está suscrito por propietarios de dicho inmueble.

En el año 1955 se autorizó al Ayuntamiento de Castro el establecimiento y explotación de un edificio balneario y otros servicios en la playa de Brazomar, a través de una resolución que fue ratificada en 1963. En el año 2008, el Ministerio de Medio Ambiente declaró la caducidad de la concesión porque las instalaciones no se estaban usando como balneario, sino como hotel.

El proyecto contempla la demolición del edificio y la ejecución de obras para dar continuidad al paseo marítimo existente en las mismas condiciones en las que se encuentra actualmente. El hotel ocupa una superficie de 857 metros cuadrados, de los que 542 están en dominio público marítimo-terrestre y los 315 restantes en servidumbre de protección y tránsito -sobre el paseo marítimo que discurre a lo largo de toda la playa de Brazomar-, de tal forma que una parte del paseo son los soportales del edificio.

La mercantil Miramar de Castro Urdiales S.L., recurrió ante la Audiencia Nacional la aprobación del proyecto de demolición alegando, entre otras cuestiones, que no se había sometido a información pública ni a evaluación de impacto ambiental, y que carece del preceptivo estudio geotécnico.

En 2013, la Audiencia desestimó todos y cada uno de los motivos de impugnación, al considerar que se trata de un proyecto “de escasa entidad”, y como tal, queda excluido de la información pública y de la evaluación de impacto ambiental, y que tampoco es necesario un estudio geotécnico.

La sentencia señaló que la parte actora no ha conseguido “desvirtuar” las justificaciones que en ese sentido recoge el proyecto, que señala que la ejecución de las obras se planteará “sin intervenir en ningún caso en la playa, manteniendo en todo momento la rasante de la arena”, y que “no va a generar en ningún momento impactos adversos negativos”.

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