El TSJC debatirá sobre la cuestión de la moción de censura fallida de Arredondo
El pleno de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria se reunirá el próximo 19 de julio para analizar la cuestión de la fallida moción de censura de Arredondo. La mencionada moción, presentada en febrero de 2022, fue rechazada por la Alcaldía, dando inicio a un periplo legal que ahora suma un nuevo episodio.
Se da la circunstancia de que ninguno de los ediles promotores de la mencionada moción de censura forman parte de la nueva corporación elegida en mayo, pues tanto los dos concejales electos como los tres siguientes de la lista renunciaron a recoger el acta el pasado 17 de junio, en el pleno de constitución del nuevo ayuntamiento.
Una legislatura complicada
Lo cierto es que la anterior legislatura en Arredondo ha sido muy convulsa. Las críticas de la oposición a la labor del equipo de gobierno han sido constantes, en particular en dos ámbitos: la gestión económica y los aspectos vinculados con la cueva ocupada por Astroland en el municipio, que a juicio de los socialistas estaba plagada de irregularidades. Todo ello llevó a que se presentara una moción de censura, en la que participó también el edil Francisco Villegas (elegido por el PRC y posteriormente expulsado del mismo). Sin embargo, la alcaldía, con el informe de la Secretaria-Interventora, inadmitió la misma, con el argumento de que no se ajustaba a la normativa vigente.
En la respuesta de la Alcaldía se aludía a que el artículo 197 de la LOREG exige que, en el caso de que la moción de censura en la que participara un concejal que hubiera formado parte del mismo grupo que el alcalde, la moción debía estar firmada “por una mayoría absoluta incrementada en el número de un concejal”, lo que en este caso implicaba un número mínimo de cinco, y no de cuatro como era el caso.
El edil Francisco Villega presentó un recurso contencioso-administrativo ante esta decisión, que fue inadmitida en julio de 2022, al considerar la Justicia que la decisión de la Alcaldía se ajustaba a derecho. Posteriormente, el citado concejal presentó un recurso de apelación ante dicha resolución, aduciendo que el caso de la sentencia esgrimida para desestimar su reclamación no era análogo a la situación acaecida en Arredondo (argumento utilizado por el juzgado), y que se vulneraba su derecho a la participación política efectiva.
Este recurso es el que ha dado lugar a que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC convoque la reunión del día 19 de julio.
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