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Publicada la orden que flexibiliza las ayudas a reestructuración y reconversión de viñedo debido a la sequía

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La Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural ha publicado la orden por la que se establecen medidas de flexibilización por la sequía en las ayudas a reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023. Esta orden ha entrado en vigor este mismo lunes tras su publicación.

Según publica este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM), esta orden modifica otra de la misma consejería de fecha 11 de febrero, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de restructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para dicho Programa de Apoyo y se convocan para su ejecución en 2022 y 2023.

Así, entre los cambios recogidos se incluyen el hecho de que cuando las operaciones sean bienales el plazo de ejecución abarcará hasta el 15 de julio de 2023 incluido, además de que la fecha límite para la presentación de solicitudes de certificación y pago de las operaciones aprobadas será el 15 de julio de 2022 para las operaciones de ejecución anual y el 15 de julio de 2023 para las operaciones bienales.

Por otra parte, se modifica la Orden 56/2022, de 10 de marzo, por la que se precisan las bases reguladoras para la concesión y gestión de las ayudas a las solicitudes de reestructuración y reconversión de viñedo de Castilla-La Mancha para el Programa de Apoyo 2019-2023 y se convocan para su ejecución en 2023.

En este caso, también se incluye como plazo límite de ejecución de las operaciones el 15 de julio de 2023, a excepción de lo dispuesto en la disposición adicional única de esta orden, estimando ese mismo día como límite para la presentación de solicitudes de certificación y pago de las operaciones aprobadas.

Igualmente, las operaciones solicitadas al amparo de la presente convocatoria deberán estar finalizadas antes del 15 de julio de 2023 y pagadas antes del 16 de octubre de 2023. Las operaciones que no se hayan finalizado antes del 15 de julio de 2023 pero hayan sido ejecutadas, al menos en el 30 % de su presupuesto aprobado a esta misma fecha, podrán finalizarse hasta el 15 de julio de 2024 y deberán pagarse en un plazo máximo de doce meses desde la presentación de la solicitud de pago válida y completa.

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