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CIUDAD REAL

La falta de señales viarias obliga a Castilla-La Mancha a indemnizar a la familia de un fallecido cuya furgoneta arrolló un tren

Accidente de noviembre de 2019 en el que un tren de mercancías arrolló a una furgoneta

Alicia Avilés Pozo

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El 20 de noviembre de 2019, dos hombres, conductor y copiloto de una furgoneta, murieron cuando su vehículo fue arrollado por un tren de mercancías. Sucedió en el término municipal de Manzanares (Ciudad Real), en el kilómetro 11,900 de la carretera CR-V-146.

Casi cinco años después, y tras un periplo judicial y una dilatada disputa entre administraciones por la titularidad de la carretera en la que se produjo el siniestro, la familia de uno de los fallecidos ha conseguido que el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha les dé parcialmente la razón. El Gobierno de Castilla-La Mancha les ha indemnizado con 120.000 euros debido a la falta de señalización en la carretera.

La decisión de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal autonómico se adoptó el pasado mes de mayo, después de que la familia de uno de ellos recurriera la decisión del Gobierno regional de desestimar su petición de responsabilidad patrimonial.

El proceso judicial lo iniciaron los hermanos y la madre del fallecido contra varias administraciones, al no estar clara la titularidad de la vía. Concretamente, demandaron a la entonces Consejería de Agricultura, Agua y Desarrollo Rural, a la Diputación de Ciudad Real y al Ayuntamiento de Manzanares.

Las correspondientes aseguradoras de estas administraciones iniciaron una disputa sobre la titularidad de la vía que también ha tenido que dirimir el tribunal: su propiedad corresponde a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.   

Estado de la vía por donde circulaba la furgoneta

Aclarada esta cuestión, el Tribunal Superior de Justicia da la razón, en parte, a la familia del fallecido, quien ha defendido estos años que la causa principal del accidente fue el estado de la vía de circulación de vehículos, tanto por la falta de señalización del final de misma y del paso del tren, como por por la ausencia de medidas de seguridad.

La Administración castellanomanchega negó estas circunstancias y defendió que el siniestro se produjo por la “imprudente” circulación y el exceso de velocidad, trasladando la responsabilidad al conductor.

En el atestado de la Guardia Civil no se determina si el conductor había consumido alcohol o drogas pues dado su fallecimiento y falta de autopsia no se analizaron tales extremos. Sí se constató que el vehículo tenía la ITV caducada desde hacía dos meses.  

También se determinó que el estado de los neumáticos traseros no era el adecuado, lo que afectaba a su adherencia a la calzada, según apuntaron los agentes. Y no se pudo concretar si las luces, los frenos o la dirección de la furgoneta funcionaban correctamente al tiempo del accidente.

En relación con las circunstancias de la conducción, en el atestado se detalló que el vehículo circulaba a una velocidad superior a la delimitada en la vía y que el conductor ya la había transitado en días anteriores. “Quizás, llevado por la confianza o ante cualquier posible distracción, circulando a una velocidad inadecuada o excesiva, con un vehículo que quizás no estaba en las mejores condiciones para posibilitar una actuación evasiva, no pudo evitar invadir las vías del tren, provocando el fatídico accidente”, añade.

Las “tres causas” fundamentales

Ante estos hechos, el tribunal determina que en el siniestro contribuyeron tres causas fundamentales: el exceso de velocidad, el mal estado del vehículo y las malas condiciones de la vía, pero considera más “significativa” esta última: “La deficiente señalización de la vía sin paneles direccionales o balizas que indicaran su fin o cambio de dirección”.

De hecho, recuerda que este punto sí estuvo señalizado en un momento anterior con varias indicaciones, concretamente con una vertical de aproximación de cruce y con indicadores de dirección, lo que acredita “su necesidad por el peligro existente”. Recoge así las quejas formuladas por varios particulares y usuarios de la vía.

La madre y los hermanos del fallecido pedían inicialmente casi 190.000 euros por daños y perjuicios, pero el Tribunal Superior de Justicia rebaja la indemnización final a cerca de 120.000 euros en base a la jurisprudencia del Supremo y las circunstancias mencionadas.

Este caso es significativo en Castilla-La Mancha, que registra una amplia trayectoria de accidentes en pasos a nivel. Uno de los más graves se produjo hace un año: una bebé de 18 meses fallecía y sus padres resultaban heridos de gravedad cuando el vehículo en el que viajaban fue arrollado por un tren Alvia en un paso a nivel sin barreras de titularidad municipal en la provincia de Toledo.

De hecho, desde 2017, en la línea Madrid-Valencia de Alcántara (Badajoz) a su paso por la provincia toledana, la misma en la que se produjo este último siniestro, se han registrado ocho accidentes en distintos puntos de la línea. El balance es trágico con seis muertos y 32 heridos, según los datos facilitados por la Federación Castellanomanchega de Amigos del Ferrocarril.

En la estadística de accidentes ferroviarios en España de la que se hace eco la mencionada federación, se recoge con detalle el número de accidentes en los pasos a nivel del país desde 1873. La cifra asciende a 160, aunque los datos solo están actualizados hasta el año 2021.

En Castilla-La Mancha hay un total de 236 pasos a nivel. De ellos siete están en Albacete, 52 en Ciudad Real, 58 en Cuenca, 23 en Guadalajara y 96 en la provincia de Toledo. Y del total de pasos a nivel, 156 no tienen barreras. 

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