La Justicia da la razón a Óscar Puente y archiva la causa sobre sus vacaciones en el yate de un empresario
El Juzgado de instrucción número 6 de Valladolid ha archivado la causa por cohecho contra el alcalde de Valladolid, el socialista Óscar Puente, por las vacaciones que pasó con el empresario Sergio Zaitegui, después de que el Ayuntamiento hubiese contratado con su empresa la compra de materiales de protección durante los momentos más duros de la pandemia. La querella por cohecho fue presentada por la Asociación de Juristas Europeos Prolege en julio.
Según el auto, ha quedado acreditado, que el Ayuntamiento de Valladolid, el 28 de abril de 2020, adjudicó el contrato a la empresa ZAIGLOBAL SERVICES S.L. por un valor de 195.178,20 euros para el abastecimiento de productos contra el COVID, a través del procedimiento de emergencia previsto en el art. 120 de la vigente Ley de Contratos del Sector Público. Un contrato “cuya legalidad no ha sido cuestionada ni en sede administrativa ni jurisdiccional”.
Meses después, el regidor vallisoletano pasó los días 21 y 22 de septiembre parte de sus vacaciones a bordo de una embarcación de lujo en Ibiza que había sido alquilada por Zaitegui a título particular. Sin embargo, ha quedado acreditado que existe, establece el auto, “una relación de amistad incontestable entre el Sr. Zaitegui y el Sr. Puente, que se remonta a épocas anteriores al contrato administrativo citado”. Esta relación fue explicitada, además, en un informe ante la secretaria general del Ayuntamiento de Valladolid a petición del grupo municipal popular, para descartar después un conflicto de intereses en el contrato cuestionado.
Así quedó probado, según el propio empresario, que manifestó ser amigo de Oscar Puente desde hace más de 5 años, “dando detalles que no son propios sino de una relación de esta naturaleza: habló de encuentros entre ambos, coincidiendo en sus domicilios particulares, participando en comidas familiares y actividades varias (Marbella, Baqueira), con anterioridad a la fecha de la adjudicación del contrato. Ambos disponían del número de teléfono móvil particular del otro. De hecho se aportaron por la defensa del Sr. Puente extractos de conversaciones vía WhatsApp, haciendo referencia a experiencias compartidas en su intimidad personal, ajena a su condición de alcalde”.
Según señala el auto fue precisamente este contexto de amistad lo que permitió a Puente dirigirse al empresario “para que le echara una mano” con la compra de EPIs a comienzo de la pandemia de la COVID-19. El juzgado recuerda que la situación en marzo de 2020 “era muy preocupante”, y que en aquel momento no había “otras ofertas para poner freno al déficit del material citado, tal y como ilustra el informe emitido por el director del Área de Salud Pública y Seguridad Ciudadana, Carlos Marcos Sánchez, aportado por la defensa”.
La justicia considera que no se puede acreditar que Zaitegui “agasajara por razón de su cargo público al Puente, mediante la invitación en un barco de recreo en Ibiza, y que por tanto se haya atacado el bien jurídico protegido por el tipo penal cual es el prestigio y eficacia de la Administración Pública y la recta imparcialidad de los servidores públicos”. El encuentro en el barco en septiembre responde a “la estrecha relación, que incluso posibilitó responder a la urgente necesidad de medios de seguridad para el personal público”.
“Así las cosas, no hay cobertura a la corrupción denunciada por la acusación popular, y por ende se acuerda el pronunciamiento adelantado, sin que por otro lado se estime necesario la declaración como investigado del señor Puente Santiago, quien ha realizado alegaciones en varios escritos, aportando los documentos analizados, que junto a los demás elementos probatorios practicados han permitido llegar a la conclusión antes expuesta”, cierra el auto.
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