La Justicia descarta que una diputada de Vox incurriera en delito de odio al vincular migración con inseguridad
No todo lo odioso es delito de odio. El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha archivado la causa que investigaba a la diputada de Vox en el Parlament Mónica Lora por un presunto delito odio al considerar que no hay “indicios suficientes” de que incurriera en el tipo penal al vincular la inmigración con la inseguridad ciudadana.
En un auto, la Sala Civil y Penal del TSJC archiva la parte de la causa que afecta a Lora (la única aforada de los investigados) y devuelve el caso al Juzgado de Instrucción 1 de Mataró (Barcelona) para que continúe investigando a las otras personas de la causa.
Lora estaba investigada por un discurso que dio en Mataró en 2019, antes de ser diputada, y por publicar en sus redes sociales “comentarios de contenido discriminatorio y atentatorio contra la dignidad” del hombre que denunció a Lora.
El tribunal ve en los comentarios de Lora un “sesgo ideológico” y un “análisis superficial” con el que la diputada pretendió “asociar la inseguridad ciudadana” a la inmigración. Pero los jueces descartan que las valoraciones de la diputada incitaran directamente a la violencia o a la discriminación contra los migrantes, requisito del delito de odio.
Respecto a los hechos sucedidos en Mataró mientras Lora daba un discurso en 2019, los jueces creen que sus palabras no contienen “el más mínimo indicio de la comisión de un delito de odio”. Los togados tampoco consideran delictivas las publicaciones en redes sociales sobre incidentes y delitos en Mataró, en los que señalaba la nacionalidad de los sospechosos de hechos delictivos.
Lora está pendiente de juicio por delito de odio contra los inmigrantes. Los hechos se remontan a 2011, cuando formaba parte de la xenófoba Plataforma per Catalunya y repartió propaganda contra los inmigrantes y los musulmanes en la campaña de las municipales en Reus.
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