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Opinión - ¡Con los jueces hemos topado! Por Esther Palomera

Forcadell y los miembros de la Mesa del Parlament serán juzgados por tribunales distintos pese a la similitud de sus actos

Los soberanistas homenajean a Forcadell en el Parlament tras un año de prisión

Arturo Puente

El Tribunal Supremo ha rebajado a 12 los acusados que juzgará en la causa del 'procés'. Los magistrados del Alto Tribunal han considerado por unanimidad que son competentes para juzgar los delitos de rebelión, sedición y malversación de los que están acusados los exconsellers, los 'Jordis' y la expresidenta del Parlament, Carme Forcadell. Por contra, y en un giro a lo que había sido la instrucción del juez Llarena, la sala de lo penal del Supremo ha enviado a los otros seis acusados al Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC). Se trata de los exmiembros de la Mesa y la exdiputada de la CUP Mireia Boya, todos ellos acusados de desobediencia, un delito menor comparado con la rebelión.

Con esta decisión se han acabado separando las causas de Carme Forcadell de las del resto de exmiembros de la Mesa. A la primera la juzgará el Supremo por rebelión, y a los otros cinco el TSJC por desobediencia. Todo ello pese a que la Fiscalía acusa a los seis de actuar de la misma forma en el ejercicio de sus cargos.

Al ser tan solo diputados y por lo tanto no manejar fondos públicos como los exconsellers, la Fiscalía responsabiliza a los seis exmiembros de la Mesa de ser la rama parlamentaria del plan ejecutado desde las instituciones catalanas y la calle para intentar alcanzar la independencia de forma unilateral. En concreto, el ministerio público acusa a Forcadell y al resto de exparlamentarios de dar “cobertura normativa al nuevo Estado” catalán para “sustituir a la legalidad democrática vigente” mediante la tramitación de las leyes de desconexión en los debates del 6 y 7 de septiembre y de otras resoluciones parlamentarias anteriores.

Así, en su escrito de acusación, la Fiscalía sitúa en el mismo nivel a Forcadell y al resto de exmiembros de la Mesa, al ser éste un órgano colegiado en el que cada uno de los vicepresidentes y secretarios cuenta con un voto. “Los miembros de la Mesa, siendo plenamente conscientes de que incumplían su deber de inadmitir y paralizar aquellas actuaciones contrarias al orden constitucional votaron sistemáticamente a favor de tramitar resoluciones parlamentarias y normas legales” independentistas, concluye el ministerio público.

En el escrito de la Fiscalía figura, por ejemplo, la admisión a trámite de la llamada “resolución de la desconexión”, el 9 de noviembre de 2015, el debate de las conclusiones de la Comisión de Estudio del Proceso Constituyente, el 27 de julio de 2016, y la admisión a trámite de las resoluciones sobre el referéndum y el proceso constituyente de octubre del mismo año. Todas ellas ya motivaron causas judiciales en el TSJC contra Forcadell y los exmiembros de la Mesa.

En el relato de los hechos, el escrito de la Fiscalía también señala, entre las conductas presuntamente desobedientes, la admisión a trámite de las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica. Estas se produjeron exactamente en las mismas circunstancias que las anteriores, es decir, con el voto favorable de los miembros soberanistas de la Mesa, los acusados Carme Forcadell, Lluís Guinó, Anna Simó, Ramona Barrufet y Joan Josep Nuet. Para entonces Guinó había sustituido a otro de los acusados de la Mesa, Lluís Corominas.

La ANC, la diferencia

Para la Fiscalía, la diferencia entre Forcadell y sus excolegas de la Mesa estriba en el cargo que ostentó antes de la presidencia del Parlament, el de presidenta de la ANC. Forcadell estuvo al frente de la entidad hasta mayo de 2015, cuando dejó la ANC para integrarse en la lista de Junts pel Sí. En esas fechas, a juicio de la Fiscalía, el plan independentista que se corresponde con el delito de rebelión ya estaba en marcha.

Y es que Forcadell, expone el ministerio público, desde la presidencia de la ANC desempeñó un papel en la rama social de la estrategia independentista, en la que Òmnium y la Assemblea se encargaban de “la movilización popular como instrumento de presión para obligar al Estado a capitular frente al nacimiento de esa nueva república”.

Dicha estrategia, incluso antes de la victoria de JxSí en septiembre de 2015, se mostró, según la Fiscalía, en un documento de trabajo político de la ANC del mes de abril del mismo año, un mes antes que Forcadell dejara la entidad. En ese documento la ANC describía la ciudadanía como “el agente político que impulsa el proceso de independencia”, algo que la Fiscalía incluye en su tesis de la movilización social como impulsora de la independencia unilateral.

Pero además, continúa la Fiscalía, desde la presidencia de la ANC, Forcadell llevó a cabo una suerte de ensayos de lo que serían las concentraciones del 20-S y el 1-O. Dichos ensayos, a criterio de los fiscales, son las manifestaciones de la Diada de 2013 y 2014: “Las convocatorias orientadas a favorecer el apoyo social al proceso de independencia y el impacto social que representaba la movilización de cientos de miles de ciudadanos se convirtieron en una herramienta indispensable para alcanzar el objetivo de constituirse en un Estado independiente. Algunas de estas convocatorias fueron previas a la presidencia de los acusados Sánchez y Cuixart, como la Diada del 11 de septiembre de 2013 organizada por la ANC que, con el lema 'Vía catalana por la independencia', logró conformar una cadena humana de 400 kilómetros, reclamándose el referéndum que se desarrolló el 9 de noviembre de 2014”.

De este modo, la Fiscalía tiende a agrupar las actuaciones de la expresidenta con la de los activistas Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. De hecho, ellos tres son los que acumulan la mayor petición de penas de prisión, de 17 años para cada uno, solo superados por Oriol Junqueras, para quien se piden 25.

El auto del Supremo

En el auto de la sala segunda del Tribunal Supremo hecho público este jueves argumenta el criterio por contar ahora con “un elemento de juicio” nuevo, como son los escritos de conclusiones provisionales del fiscal y del resto de las partes. En concreto, el hecho de que ahora se conozca que hay definitivamente nueve acusados por rebelión –seis exconsellers, los dos líderes de entidades y Forcadell– ; tres acusados por delitos de malversación –tres exconsellers–; y otros seis acusados por delitos menores –cinco exmiembros de la Mesa y la diputada de la CUP–, es una buena razón, al entender de la Sala, para “desgajar” la causa en dos tribunales diferentes, según si los delitos comportan cárcel o no.

El auto firmado por el magistrado Manuel Marchena deja claro que eso no significa “cuestionar la inescindibilidad del hecho”, ya que a su entender las conductas de todos los acusados estaban dirigidas a “una administración desleal de fondos públicos encaminada a hacer realidad el éxito del proceso secesionista”. De esta misma forma se argumentaba en el escrito del Fiscal, presentado el pasado 2 de noviembre.

Lo que cambia ahora es que el Supremo acepta por primera vez que los delitos de desobediencia sí se habrían producido de forma limitada en la comunidad autónoma de Catalunya, lo que permite su juicio en el tribunal de competencia catalana, a diferencia de los hechos contra el patrimonio o violentos, sobre las que el alto tribunal mantiene su competencia.

El Supremo descarta asismismo los argumentos que expuso la abogada de Carme Forcadell, Olga Arderiu, em la vista previa de la semana pasada sobre la cuestión de competencia, al igual que el resto de las defensas. Al entender de todas ellas, el Supremo no tiene jurisdicción para enjuiciar hechos que ocurrieron de forma limitada dentro de Catalunya pero, para arrastrarla al supremo, la Fiscalía ha hecho una “confección artificial” de los hechos, como sería conferir una supuesta “dimensión internacional” del proceso a través del Diplocat o la compra de material electoral en el extranjero.

En el caso de Arderiu, además, cargó contra las acusaciones al entender que la imputación de un delito de rebelión contra Forcadell era infundado por haber realizado los mismos hechos que el resto de procesados de la Mesa. Con la nueva decisión del Tribunal, la expresidenta y los miembros del órgano no solo tendrán acusaciones dispares sino que serán también juzgados por tribunales diferentes.

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