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La Generalitat pagará hasta un año de alquiler a los realojados por la DANA

El presidente de la Generalitat, Carlos Mazón, junto a la consellera de Hacienda, Ruth Merino.

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La Generalitat Valenciana aprueba abonará el alquiler durante un año a las personas que necesiten una alternativa habitacional debido a las inundaciones del pasado 29 de octubre. Las ayudas pueden ascender hasta los 800 euros mensuales, con el límite máximo de la renta que conste en el contrato de arrendamiento más la fianza y, si es necesario, la garantía que se requiera.

El pleno del Consell extraordinario de este martes ha aprobado una línea de ayudas de 50 millones de euros para los afectados por el temporal. Se subvencionarán hasta doce mensualidades de renta a las personas que hayan perdido su hogar o tengan que ser realojadas a consecuencia de las inspecciones en edificios que se están realizando, según ha informado la vicepresidenta y titular de Vivienda, Susana Camarero.

Estas ayudas, según recoje la nota del Ejecutivo autonómico, no serán aplicables en caso de que la persona solicitante o alguno de los miembros de la familia o unidad de convivencia sea titular de otra vivienda a su disposición situada a menos de 30 kilómetros de la vivienda afectada y que no haya sido afectada en su habitabilidad por el temporal.

Las solicitudes se podrán presentar desde el 15 de noviembre y el plazo permanecerá abierto hasta el 30 de junio de 2025. Se deberán presentar preferentemente de manera telemática, a través de la sede electrónica de la sede electrónica de la Generalitat o presencialmente en las oficinas ubicadas en los municipios.

La relación de municipios afectados por el temporal y de los que se podrán pedir las ayudas son Alaquàs, Albal, Albalat de la Ribera, Alborache, Alcàsser, Alcúdia, Aldaia, Alfafar, Alfarb, Algemesí, Alginet, Almussafes, Alzira, Benetússer, Benicull de Xúquer, Benifaió, Beniparrell, Bétera, Bugarra, Buñol, Calles, Camporrobles, Carlet, Catadau, Catarroja, Caudete de las Fuentes, Chera, Cheste, Chiva, Corbera, Cullera o Dos Aguas.

Igualmente, también se han visto afectados Favara, Fortaleny, Fuenterrobles, Gestalgar, Godelleta, Guadassuar, Llaurí, Llíria, Llocnou de la Corona, Llombai, Loriguilla, Macastre, Manises, Massanassa, Mislata, Montroi, Montserrat, Paiporta, Paterna, Pedralba, Picanya, Picassent, Polinyà de Xúquer, Quart de Poblet, Real, Requena, Riba-roja de Túria, Riola, Sedaví, Siete Aguas, Silla, Sinarcas, Sollana, Sot de Chera, Sueca, Tavernes de la Valldigna, Torrent, Turís, Utiel, València (pedanías sur), Vilamarxant, Xirivella y Yátova. Estas ayudas complementan los 200 millones iniciales que el Consell aprobó para la reposición de enseres para la DANA.

600 viviendas de protección pública

En su primera sesión de la tarde, con carácter ordinario, el pleno del Consell ha aprobado la enajenación de 21 parcelas públicas para la construcción de cerca de 600 viviendas de protección pública mediante el sistema de permuta a cambio de obra futura.

De estas 21 parcelas, 19 son propiedad de la EVha y las dos restantes pertenecen a la Generalitat. La EVha, dependiente de la Vicepresidencia y Conselleria de Servicios Sociales, Igualdad y Vivienda, llevará a cabo esta actuación mediante colaboración público-privada, lo que supone la licitación mediante permuta a cambio de obra futura de suelos públicos para la construcción de vivienda protegida en régimen de venta.

La empresas que resulten adjudicatarias en los diferentes procedimientos de licitación entregarán a la EVha, en concepto de permuta, un número determinado de unidades de vivienda. Con ello la Generalitat incrementara su parque público que destinará a alquiler asequible. Los municipios en los que están situadas las parcelas son los siguientes: Alicante, San Vicente del Raspeig, San Joan d’Alacant, Elche, València, Albal y Gandia. 

Bonificar las donaciones a los afectados

Respecto al Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, el Consell ha anunciado una bonificación del 50% en favor de las adquisiciones 'mortis causa' efectuadas por parientes colaterales de segundo y tercer grado, ascendientes y descendientes por afinidad, de personas fallecidas como consecuencia de la DANA.

Además, se incorporan reducciones en la base imponible del 100% en favor de las personas o entidades que reciban por donación efectivo u otro tipo de bienes y derechos para paliar los daños materiales sufridos por el temporal, con establecimiento de un régimen distinto en función del destino de la donación.

La aplicación del beneficio, matiza la Generalitat, no está condicionada al grado de parentesco o familiaridad de la persona donante, pero sí estará supeditada a que lo donado se destine a paliar los daños materiales derivados de las inundaciones dentro de un plazo de 12 meses desde la adquisición.

En concreto, se contemplan estas reducciones por donaciones 'inter vivos' para la adquisición de bienes no afectos a actividades económicas y para la adquisición de bienes afectos al ejercicio de la actividad de una empresa individual o de un negocio profesional.

Respecto a las donaciones para adquisición de bienes no afectos a actividades económicas, las reducciones se aplicarán para donaciones realizadas desde el 29 de octubre de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2025, ambos inclusive, en favor de personas que destinen las mismas a reparar o reponer aquellos bienes de los que fueran titulares y que han resultado dañados de forma directa por el temporal.

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