Anulada la sentencia que invalida la recalificación derivada del pelotazo urbanístico de Tabacalera en València
La semana pasada, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) notificó la estimación parcial de la denuncia interpuesta por la asociación de vecinos de Penya-roja contra la recalificación de dos parcelas de suelo educativo y de zonas verdes en el barrio a los que se pretendía trasladar la edificabilidad de una de las parcelas de la antigua promotora Guadalmedina que quedó por urbanizar a espaldas de Tabacalera en la calle Micer Mascó, dentro de todo el plan urbanístico aprobado por el PP en el año 2005.
El Ayuntamiento, dirigido ahora por Compromís y el PSPV, buscó esta solución para ahorrarse el pago de 25 millones de euros a la constructora por los derechos de edificabilidad adquiridos, tras anular la justicia en 2016 el pelotazo urbanístico que implicó la demolición de varias naves protegidas que ahora hay que recontruir.
Sin embargo, ahora el propio TSJCV se ha visto obligado a anular el fallo al no haber notificado diferentes resoluciones a la Conselleria de Territorio como parte afectada, según ha avanzado Radio Valencia y ha confirmado elDiario.es con fuentes de la Concejalía de Desarrollo Urbano.
En concreto, fuentes del TSJV han informado a este diario que la sección primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo ha notificado este jueves una providencia por la que admite a trámite el incidente de nulidad de actuaciones presentado por la Abogacía de la Generalitat Valenciana, al haberse producido un error en la tramitación de la causa, concretamente en la notificación de resoluciones -que en el caso de la Abogacía de la Generalitat sigue un sistema diferente al resto de las partes (que sí están incluidas en el sistema Lexnet)- desde el 21 de mayo de 2021.
Conforme a lo que prescribe el artículo 241.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la Sala ha dado traslado de dicho incidente de nulidad al resto de las partes personadas en el procedimiento para que puedan presentar por escrito alegaciones en el plazo de cinco días.
Una vez recibidos los escritos de las partes, el Tribunal deberá decidir si declara la nulidad de las actuaciones. En caso afirmativo, la Sala tendrá que retrotaer el procedimiento al momento anterior en que se produjo el error para que la Generalitat pueda formular alegaciones en el marco del procedimiento, al igual que el resto de las partes personadas, y dictar una nueva sentencia.
De esta forma, aunque todo apunta a que el fallo podría ser el mismo, es decir, que no cabe la recalificación de los terrenos de Penya-roja, todo apunta a que el desarrollo de estas parcelas del barrio de Penya-roja quedará paralizado hasta que se resuelva el asunto judicial.
La vicealcaldesa y responsable de urbanismo, Sandra Gómez, ha vuelto a exigir al Partido Popular que “pida perdón” por lo que ha calificado “un pelotazo urbanístico que está perjudicando gravemente a los valencianos y las valencianas”.
Ha recordado que el Ayuntamiento trabaja para hacer frente en la menor medida posible de la deuda que generó el PP de Rita Barberá. Así, ha lamentado la “poca vergüenza y la deslealtad con la que el PP ha actuado todo este tiempo, a pesar de que por su irresponsabilidad estamos en esta situación”.
Antecedentes del pelotazo
La operación urbanística aprobada en 2005 por el PP de Rita Barberá dio lugar a la rehabilitación del edificio de Tabacalera para su conversión en un edificio municipal de oficinas y concejalías a cambio de un pelotazo para la promotora Guadalmedina, según las estimaciones del momento, de 75 millones gracias a la construcción de tres edificios en dos del las mejores zonas de la ciudad.
En enero de 2016, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat (TSJCV), refrendada después por el Supremo, anuló la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), el planeamiento y la permuta que dio lugar al mencionado plan. El mencionado fallo, tras las denuncias del colectivo Salvem Tabacalera, resolvió que la permuta fue una operación “especulativa” y que constituyó expolio del patrimonio histórico, en concreto, de uno de los edificios de la Exposición Regional de 1909.
De los tres edificios de viviendas previstos, la constructora construyó uno en la plaza de América y otro en la parte trasera de Tabacalera, en la parte recayente a la calle Micer Mascó. El tercero se quedó sin ejecutar tras la sentencia que obliga a reconstruir las naves derribadas, por lo que la Concejalía de Desarrollo Urbano que dirige la vicealcaldesa, Sandra Gómez, decidió trasladar la edificabilidad a un par de parcelas municipales ubicadas en las Calles Penya-Roja con Río Escalona y en la Calle 3 de abril de 1979 con el objetivo de evitar una indemnzación de 25 millones de euros en favor de Guadalmedina, en compensación por los metros cuadrados de edificabilidad que tiene reconocidos.
Estas parcelas estaban destinadas a uso educativo y a zona verde, por lo que la asociación de vecinos del barrio de Penya-roja denunció la recalificación al considerar que suponía la pérdida de suelo dotacional. Tras darles la razón la Justicia, lo que se conoció la semana pasada, ahora el proceso podría quedar en parte anulado.
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