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Euskadi explora facilitar un “alquiler asequible” a 7.500 familias con hasta 39.000 euros de ingresos

El consejero Iñaki Arriola, en el Parlamento Vasco

Iker Rioja Andueza

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El consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, el socialista Iñaki Arriola, firmó este lunes una orden para iniciar la tramitación de un nuevo reglamento de “alquiler asequible” que, según las previsiones, permitirá acceder a arrendamientos en mejores condiciones a unas 7.500 unidades familiares con ingresos de entre 21.000 a 39.000 euros (tras una serie de cálculos), según la documentación oficial a la que ha accedido este periódico. Tienen “graves dificultades” para lograr una vivienda en el mercado libre y son un tercio de los demandantes totales, argumenta el Gobierno. En todo caso, el Ejecutivo no se aventura a establecer aún la dotación presupuestaria que será necesaria para estas nuevas prestaciones -asegura que ello “será objeto de evaluación en la pertinente memoria económica”- y tampoco fija un calendario para la aprobación definitiva.

Explica el Ejecutivo que se va a crear “una nueva modalidad dentro del régimen de arrendamiento protegido” para “incentivar la promoción de viviendas de protección oficial destinadas a personas o unidades convivenciales que dispongan entre 21.000 y 39.000 euros de ingresos anuales ponderados”. En la web del Servicio Vasco de Vivienda (Etxebide) se indica que para obtener esta cifra “se deben sumar los ingresos de todas las personas titulares de la solicitud, correspondientes al último ejercicio fiscal cerrado”. “Si han realizado la declaración de la renta es la base imponible general más la base imponible de ahorro más las bonificaciones de los rendimientos de trabajo más las rentas exentas. Si no han realizado la declaración de la renta es el 95% de los ingresos brutos por rendimientos de trabajo y prestaciones de desempleo más pensiones más subsidios de desempleo más rentas exentas”, se pone como ejemplo. Además, se puntualiza que “las rentas que provengan de políticas de inserción social, como la RGI, sólo se computarán en arrendamiento” y que “las pensiones compensatorias se minorarán de los ingresos del excónyuge obligado a abonarlas, y se sumarán a los ingresos del excónyuge que las perciba”. Etxebide ofrece un simulador “orientativo” para este cálculo.

“Consideramos que, sin abandonar la atención prioritaria al colectivo con menos recursos, que además requerirá de intervenciones reforzadas a corto plazo por los negativos efectos de la pandemia, también debemos abrir puertas para atender a sectores sociales que requieren de un alquiler asequible”, explica Arriola en la orden que da inicio a la tramitación. Y se añade: “Las políticas desarrolladas en adjudicación de vivienda y prestaciones se han centrado en las personas y grupos más desfavorecidos; básicamente, los que tienen ingresos inferiores a los 12.000 euros anuales, que son el 56% de los inscritos en Etxebide como demandantes de vivienda en alquiler. Sin embargo, existe otro importante segmento de población que queda fuera del marco de protección actual, pero que también tiene graves dificultades para conseguir una vivienda. Nos referimos a las más de 7.500 unidades familiares que tienen unos ingresos anuales entre 21.000 y 39.000 euros y que suponen un tercio de los demandantes de alquiler en Etxebide”.

Defiende el equipo de Arriola que esta nueva orden “está en sintonía con una de las conclusiones del reciente informe del Parlamento Europeo” sobre medidas para asegurar el acceso a una vivienda “asequible”. “Se recomienda extender las actuaciones en vivienda social y asequible, ahora limitadas a 'los grupos socialmente menos favorecidos', a 'grupos más amplios de la población (como, por ejemplo, las clases medias-bajas), cuyas necesidades no se están viendo satisfechas por el mercado privado de la vivienda'. Una política, añade, que 'promovería la existencia de comunidades socialmente más diversas y contribuiría a afrontar el problema de la segregación social'”, asevera el Ejecutivo.

En realidad, una disposición adicional de la ley de presupuestos de 2021 -la duodécima- en concreto, ya preveía alguna medida similar, pero no fue ejecutada. “El Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes podrá, mediante orden, regular un régimen específico de vivienda de protección oficial en régimen de alquiler asequible dirigido a personas con necesidad de vivienda y con ingresos que superen los 15.000 euros anuales, en términos de ingresos ponderados de la unidad convivencial, y que no excedan de 39.000 euros anuales en los mismos términos. La selección de las inquilinas o inquilinos podrá ser realizada directamente por la entidad promotora de este tipo de vivienda de protección oficial en régimen de alquiler asequible o por la gestora del arrendamiento que dicha entidad determine, con pleno sometimiento a los requisitos de necesidad de vivienda y otros exigibles por la normativa sobre régimen jurídico de viviendas de protección pública vigente en cada momento. Asimismo, la fijación de las rentas de alquiler de las viviendas en alquiler asequible se sujetará a las normas sobre determinación de los precios máximos de viviendas de protección oficial”, se leía.

Se indicaba también en 2021 que “las entidades que promuevan este tipo de viviendas de protección oficial en alquiler asequible podrán acceder a las ayudas públicas al fomento del arrendamiento. A tales efectos, la orden prevista en el párrafo primero de esta disposición fijará las especificaciones que deberán recoger los convenios en los que se plasme la colaboración entre promotores y Administración con el fin de detallar todos los extremos esenciales para garantizar una oferta de vivienda asequible en alquiler a largo plazo, con plena seguridad jurídica para las partes implicadas”.

El área de Vivienda destaca que “uno de cada dos hogares en alquiler en Euskadi cuenta hoy en día con algún nivel de protección pública, ya sea por disponer de una vivienda del parque público o por contar con una ayuda al pago de la renta”. “Esto nos sitúa en escalas elevadas a nivel europeo”, se felicita el Gobierno. Euskadi dispone de una ley autonómica que convirtió el acceso a la vivienda en un derecho para quienes reúnen determinados requisitos. Quienes cumplan esas condiciones y no puedan recibir una adjudicación de un piso adecuado a sus condiciones en régimen de alquiler social podrán cobrar una prestación sustitutoria. En 2022 se ha establecido en 275 euros, que es la misma cuantía que el complemento para vivienda de la renta de garantía de ingresos (RGI). Desde 2011 llevaba congelada en 250 euros. Aquel año, otra consejera socialista, Gemma Zabaleta, decidió recortar la RGI y dejó el complemento en esa cantidad frente al máximo de 320 euros previsto entonces.

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