Un juzgado de Vitoria condena a Sidenor y Cofivacasa a pagar 277.000 euros por la muerte de un gruista debido al amianto
El Juzgado de lo Social número 2 de Vitoria-Gasteiz ha condenado a Sidenor y Cofivacasa al pago solidario de 277.191,45 euros a la viuda e hijos de un gruista de Forjas Alavesas fallecido en 2019 por cáncer a consecuencia del amianto inhalado, según ha informado la asociación Asviamie, que ha mostrado su satisfacción por este fallo. Este juzgado ha estimado, de esta forma, la demanda presentada por la viuda y seis hijos de Francisco F.C., trabajador de la fundición de Forjas Alavesas-Sidenor qué falleció el 1 de abril de 2019 a causa de un adenocarcinoma pulmonar, derivado del amianto inhalado.
La sentencia de este juzgado condena a Cofivacasa y Sidenor Industrial a indemnizar solidariamente con 277.191,45 euros, más los intereses legales en concepto de daños causados a la familia Francisco, que trabajo en Forjas Alavesas-Acenor-Sidenor desde 1973 hasta el 2008, año en el que se prejubiló. Esta persona trabajó inicialmente en la sección de placas, colocando amianto, antes del vertido del caldo de acero a las lingoteras, llegando a utilizar una chaqueta de amianto para protegerse de las altas temperaturas.
El trabajador, además, “careció de protección respiratoria”, según ha destacado Asviamie, que ha añadido que los operarios “no tenían Equipos de Protección Individual”; que “no existían sistemas de aspiración localizada”; y que “no fueron informados del riesgo cancerígeno del amianto”. Además --añade-- “no se les prohibió fumar mientras manipulaban él amianto y solo les realizaban reconocimientos médicos genéricos”. Con posterioridad, durante 16 años, Francisco F.C. trabajó de gruista, cargando el horno con la chatarra a fundir, periodo en el que permaneció expuesto a humos metálicos, polvo y fibras de amianto, que limpiaba con aire a presión, dispersando el polvo y las fibras cancerígenas por toda la fundición.
A Francisco F.C. se le diagnosticó un adenocarcinoma pulmonar en 'estadio IV' con afectación pleuropulmonar bilateral, ganglionar múltiple y ósea en el Hospital Txagorritxu de Vitoria-Gasteiz. ASVIAMIE ha subrayado que este centro “incumplió a su vez la obligación de comunicar sospecha sobre el origen de la enfermedad.
Este empleado falleció el 1 de abril de 2019. La Sentencia del Juzgado de lo Social número 3 de Vitoria, del 25 de abril de 2023, declaro las prestaciones de muerte y supervivencia de Francisco F.C., como derivadas de enfermedad profesional.
La asociación ha señalado que en su oposición a la demanda, Cofivacasa y Sidenor hacen alusión al hábito tabáquico del fallecido, solicitando, que la responsabilidad se gradué al 50%. En la sentencia se responde a esta petición subrayando que “se trata de una contingencia profesional con suficiente entidad para generar la incapacidad y su muerte, a partir de lo cual resulta irrelevante que fuera fumador”. Asimismo, Asviamie indica que la resolución señala que la empresa “incumplió, siquiera en mayor o menor parte, el deber de adoptar medidas pertinentes”.
La asociación ha expresado su satisfacción por la sentencia, dado que “una vez más, confirma el incumplimiento empresarial de la obligación de proteger la salud y seguridad, frente al riesgo que representan las múltiples sustancias cancerígenas presentes en el ámbito laboral”. Además, Asviamie ha expresado su sorpresa por “el silencio, por no decir ocultación, del riesgo de cáncer profesional por parte del Gobierno vasco”.
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