Guía útil para circular por Madrid Central si te mueves en dos ruedas
Madrid Central es una realidad desde las 00 horas de este viernes. Los recursos en los tribunales no han impedido que esta zona de bajas emisiones entre en vigor, un cambio histórico en la capital española que la pone en la vanguardia de las ciudades que buscan mejorar la movilidad de las ciudades y luchar contra la contaminación. Otras ciudades como París o Berlín también las están implementando.
La gran Área de Prioridad Residencial (APR) del centro de Madrid, que afecta a casi la totalidad del distrito y cubre 472 hectáreas, restringe la circulación de los vehículos más contaminantes y del llamado tráfico de paso, el que utiliza las vías del centro de la ciudad para atravesarla. Es la medida estrella del mandato del Gobierno de Manuela Carmena, la “más valiente y la más necesaria” para frenar la contaminación, defienden organizaciones como Ecologistas en Acción. Pero también una de las que más resistencias ha despertado desde la oposición de PP y Ciudadanos y la Comunidad de Madrid.
La iniciativa municipal que ha capitaneado la delegada de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento, Inés Sabanés, se ha estado implantando por fases. Durante el verano y principios de otoño se han incrementado las reservas de moto aumentando la superficie disponible en calzada. Se habilitan 52 nuevas reservas (52% más) y 940 plazas (90% más). Las plazas SER del distrito Centro ya son todas de residentes (color verde) y se ha señalizado el perímetro con una doble línea roja e instalado la señalización horizontal y vertical informativa.
En esta guía puedes informarte sobre todo lo que necesitas saber acerca de la nueva normativa si te mueves en vehículos de dos ruedas: motos, bicicletas y patinetes. Para estos, tan importante es conocer las normas de Madrid Central como las de la nueva Ordenanza de Movilidad que entró en vigor el pasado 24 de octubre.
¿Qué motos, bicicletas y patinetes pueden acceder?
Las bicicletas y los patinetes eléctricos podrán acceder a Madrid Central: no son vehículos contaminantes y las restricciones que han entrado en vigor este viernes son fundamentalmente ecológicas. Pero desde el 24 de octubre solo pueden circular por la calzada. Hacerlo por las aceras está prohibido.
En cuanto a las motocicletas, pueden acceder y circular libremente por Madrid Central si son de residentes, y pueden estacionarse en su barrio como hasta ahora. Las motos con etiqueta ambiental CERO, las 100% eléctricas, también pueden circular libremente por esta zona de bajas emisiones en el centro de la capital. En Madrid, casi la totalidad de las motos eléctricas son compartidas y hay varias empresas que se dedican a alquilarlas.
Las motos ECO podrán acceder libremente pero tendrán un horario máximo de dos horas para aparcar en la zona SER, más allá de ese horario o van a un garaje o tienen el horario limitado que rige para las etiquetas B o C. A diferencia de los demás vehículos, las motos que dispongan de etiqueta B o C solo podrán acceder a Madrid Central entre las 7 y las 22 horas. Importante: mientras entren a Madrid Central en ese horario la salida podrá ser fuera del mismo, ya que el control solo se produce en las entradas, aseguran desde el Ayuntamiento. No podrán acceder las que no tengan etiqueta ambiental de la DGT. Las plazas para aparcar en la calzada aumentan: de las 1.276 plazas a 2.693.
¿Cómo funciona el distintivo ambiental de las motos?
La Dirección General de Tráfico (DGT) ha clasificado al parque de motocicletas y ciclomotores, al igual que ha hecho con el resto de vehículos, en función de su potencial contaminante.
CERO: BEV (eléctricos de batería), REEV (eléctrico de autonomía extendida), PHEV (eléctrico híbrido enchufable con autonomía superior a 40 kilómetros).
ECO: HEV (híbrido no enchufable) y PHEV (eléctrico híbrido enchufable con autonomía inferior a 40 kilómetros).
C: Los que cumplan los requisitos de homologación de la categoría para la etapa Euro 3 o la Euro 4.
B: Los que cumplan los requisitos de homologación de la categoría para la etapa Euro 2.
Puedes consultar con tu matrícula a qué grupo pertenece tu moto AQUÍ.
¿Qué pasa si vivo en el centro y tengo una moto?
¿Qué pasa si vivo en el centro y tengo una moto?Los residentes empadronados podrán circular libremente con sus motocicletas por todo el área, y podrán estacionar en su barrio como hasta ahora. Aunque tampoco se libran de las limitaciones por distintivo ambiental: a partir de 2025, las que no tengan etiqueta de la DGT dejarán de tener permitido la circulación en Madrid Central. Los residentes, también los de las motos, podrán invitar a 20 personas cercanas cada mes (una al día) para que entren en el centro.
La administración local tramitará de oficio el permiso de acceso a Madrid Central de todos los vehículos en propiedad de las personas empadronadas en un domicilio situado en el distrito Centro que se encuentren de alta en el Registro de Vehículos de la DGT, no debiendo estas personas realizar gestión alguna.
¿Cómo puedo ser una moto invitada?
Los residentes podrán solicitar hasta 20 invitaciones al mes para otros vehículos, que incluye las motocicletas pero con condiciones. Esas motos, al igual que pasa con los coches, solo podrán estacionar en la zona SER durante dos horas como máximo; si aparcan en un garaje público o privado podrán estar sin límite de tiempo. Los vehículos de invitados que no dispongan de etiqueta ambiental no podrán acceder a Madrid Central a partir de 2020.
Las invitaciones se podrán empezar a tramitar a partir del próximo 28 de noviembre. Las peticiones de autorizaciones puntuales para los invitados de las personas empadronadas se podrán realizar a través del 010, la cuenta de twitter @lineamadrid y las Oficinas de Atención a la Ciudadanía Línea Madrid. Además, el Ayuntamiento pone a disposición de las personas empadronadas dos servicios telemáticos para hacer las gestiones.
¿Y si soy propietario de una vivienda pero no resido en ella?
Se les aplica la regla general. Podrán acceder con etiquetas CERO y ECO. Si tiene etiqueta B o C, podrán acceder desde las 7:00 a las 22:00 horas y salir durante todo el día.
¿Dónde aparco si soy una moto o un patinete?
Las motocicletas también se ven afectadas por la ordenanza a la hora de aparcar. Pueden seguir estacionando en las aceras, siempre que dejen libre un espacio de 3 metros. Aunque no en el centro: no podrán aparcar cuando haya banda de estacionamiento en calzada y deberán acudir a zonas reservadas para motos.
El Ayuntamiento de Madrid quiere extender esta restricción a toda la ciudad y para ello se crea la figura del área de prioridad peatonal que da potestad al Ejecutivo local para apartar las motos de las aceras. Se aplicará a medida que creen nuevos aparcamientos específicos.
Los patinetes deben estacionar en las reservas destinadas a este tipo de vehículos, que generalmente compartirán con las bicicletas, especifican desde el área de Medio Ambiente del Gobierno municipal. Si no las hubiera, podrán aparcar, al igual que las motos, en las aceras siempre que dejen más de tres metros de ancho libre y en aceras de menos de seis metros tendrán que hacerlo paralelamente al bordillo. Y, si la acera tiene más de 6 metros, en semibatería o ángulo junto al bordillo. Siempre deberán guardar una distancia mínima de dos metros respecto a los pavimentos tactovisuales al objeto de garantizar la movilidad de las personas con discapacidad visual.
Los patinetes a motor: lejos de los peatones
Los patinetes eléctricos deben circular desde el pasado 24 de octubre por las calzadas, aunque solo por las calles limitadas a 30km/h, el 85% de las de la capital. También pueden hacerlo por los carriles bici: aunque deben discurrir por la parte central del carril y llevar timbre, sistemas de frenado, luces y elementos reflectantes debidamente homologados. Por las aceras solo pueden subir los que no tengan motor y no superen los 5km/h. La edad mínima para ir en patinete eléctrico por las calles de Madrid es de 15 años. El Ayuntamiento recomienda pero no establece como obligatorio el uso del casco, excepto para los menores de 16 años que deben llevarlo.
Se prohíbe expresamente la circulación de los patinetes por los carriles bus. El Ayuntamiento de la capital contempla, pasado el periodo de un año, analizar si permite su circulación también por las “ciclocalles”.
Las bicicletas: favorecidas con la ordenanza
La ordenanza municipal incorpora medidas para favorecer la movilidad ciclista. Las bicicletas deben circular por la calzada, ocupando la parte central del carril, y vías ciclistas. Se permite la circulación de dos ciclistas en paralelo siempre y cuando no suponga riesgo. Solo los menores de 12 años podrán circular en bicicleta por aceras y zonas peatonales, pudiendo ir acompañados por una persona adulta a pie.
Las ciclistas pueden girar a la derecha con semáforo en rojo siempre que esté señalizado el giro. Se puede además circular en ambos sentidos en calles residenciales (aquellas donde la velocidad esté limitada a 20 km/h o inferior) y ciclocalles y en la red viaria local cuando estén específicamente señalizadas a tal efecto.
¿Cuándo empiezan las multas de Madrid Central?
Aunque ya esté en vigor la medida, primero arranca un periodo de dos meses de avisos y de prueba mediante controles manuales a cargo de policías y agentes de movilidad para, en los siguientes meses, pasar al sistema definitivo de control automatizado por cámaras. Estará a pleno funcionamiento en torno al mes de marzo.
Hasta entonces, el Ayuntamiento de Madrid no prevé sancionar por los incumplimientos de las normas de Madrid Central. En enero comenzarán los dos meses de prueba del sistema informático de gestión de multas de Madrid Central. Durante este tiempo, se enviarán comunicaciones sin castigo a las personas que incumplan la normativa. En caso de reiteración, se enviará una segunda carta a los 15 días.
Importante: no se debe confundir Madrid Central con la ordenanza, que entró en vigor hace unas semanas. Las reglas que se rigen por la ordenanza de movilidad en cuanto a estacionamiento de motos y circulación de bicicletas y patinetes, ya han entrado en vigor con todos sus efectos y por tanto con sanciones.