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La Audiencia Nacional procesa a los tres acusados de los atentados de Barcelona y Cambrils

Videocámaras de la rambla después del atentado.

Marcos Pinheiro

El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha acordado este miércoles el procesamiento de los tres miembros de la célula terrorista que cometió los atentados de Cataluña del pasado mes de agosto de 2017. El magistrado destaca que tenían como objetivo un gran atentado contra un lugar emblemático, pero que este quedó frustrado por la explosión de Alcanar. El resultado fue el atropello de La Rambla y el ataque en Cambrils.

El magistrado procesa a Mohamed Houli Chemlal y Driss Oukabir por integración en organización terrorista, delito de fabricación, tenencia y depósito de explosivos y delito de estragos en grado de tentativa. Respecto a Said Ben Iazza, el magistrado le procesa por colaboración con organización terrorista. El magistrado considera que los tres formaban parte de un grupo radicalizado cuyo objetivo era “llevar a cabo atentados contra los considerados 'sus enemigos', es decir, el mundo occidental”.

Los tres procesados integraban una célula junto a los siete terroristas fallecidos en las localidades de Cambrils, Alcanar y Subirats. El juez señala que formaron la célula en 2015, en la localidad de Ripoll, y bajo la dirección del nuevo imán de la mezquita, Abdelbaki Es Satty. Fue él quien les adoctrinó en el yihadismo radical hasta convencerles para “realizar uno o varios atentados de grandes dimensiones, mediante el uso de artefactos explosivos, a fin de coadyuvar a la estrategia terrorista de la organización terrorista DAESH”.

Pocos meses antes de los atentados, el grupo se convirtió en una célula cerrada “al cual prácticamente ya nadie más tuvo acceso, y les alejó de las personas ( incluso de los familiares) que les rodeaban ante esta nueva etapa que iniciaban. La vida de cada uno de ellos pasó a desarrollarse exclusivamente junto a la de sus compañeros de grupo, compartiendo vivienda, comidas, viajes y por ende, participando en la fabricación de  los explosivos o bien colaborando en la planificación de los atentados”.

Entre los objetivos que se marcaron estaba la Sagrada Familia, recoge el auto, aunque también había otros enclaves “susceptibles de ser objetivos de atentados” como Port Aventura, la Torre Eiffel o los estadios del Real Madrid y el FC Barcelona.

El gran atentado que planeaba la célula yihadista se frustró con la explosión del chalet de Alcanar, donde los terroristas había almacenado las sustancias para fabricar el explosivo 'Madre de Satán'. Durante el proceso de secado, el material explotó matando a Es Satty y a otro de los terroristas.

El juez destaca que la magnitud de los explosivos que se almacenaban en el chalet podría oscilar entre 200 y 500 kilogramos, además de 19 artefactos improvisados tipo granada de mano y una faja bomba. El magistrado añade las 104 bombonas de butano y propano encontradas en la vivienda,  con las que los terroristas pretendían “amplificar el efecto del explosivo, pretendiendo incrementar el volumen de metralla como la posibilidad de crear bolas de fuego generadas por las cargas GLP”.

“Tal cantidad de material para la confección de explosivos y de tal potencia destructiva, de llegar a ser utilizado para atentar en lugares o monumentos con gran afluencia de público, como sería el objetivo de la célula terrorista investigada, hubiera provocado unos daños de enormes dimensiones”, recoge el escrito.

Driss Oukabir alquiló la furgoneta de La Rambla

Tras a explosión, los terroristas que sobrevivieron improvisaron ataques menores en la horas siguientes. El auto relata cómo uno de los terroristas fallecidos, Younnes Abouyaaqoub arrolló a una gran cantidad de transeúntes que paseaban por la zona peatonal de las Ramblas. La furgoneta utilizada por el terrorista había sido previamente alquilada por el procesado Driss Oukabir.

La furgoneta se incorporó a La Rambla, centro neurálgico de la ciudad y concurrido por grandes aglomeraciones de personas; lo hizo a gran velocidad y en zigzag, por el paseo central. Como consecuencia del atropello fallecieron 14 personas y otras 128 resultaron con lesiones de carácter físico, además de otras muchas personas que padecieron diversas alteraciones de su salud.

A la 1 de la madrugada del día 18 de agosto,  los otros con terroristas invadieron con un vehículo el paseo marítimo de Cambrils y provocaron  la muerte de otra mujer y heridas a 12 personas. Los terroristas finalmente fueron también abatidos por los Mossos d’Esquadra.

El delito de integración en organización terrorista prevé una pena entre 6 y 14 años de prisión. El de fabricación y tenencia de explosivos entre 8 y 15 años y el de estragos, en grado de tentativa, de 10 a 15 años. El delito de colaboración con organización terrorista está sancionado con penas que oscilan de los 5 a los 10 años de prisión.

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