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La CE declara ilegales los arbitrajes entre Estados e inversores entre países UE

La CE declara ilegales los arbitrajes entre Estados e inversores entre países UE

EFE

Bruselas —

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La Comisión Europea (CE) considera ilegales los mecanismos de arbitraje entre Estados e inversores previstos en tratados bilaterales entre países de la Unión Europea o en la Carta de la Energía, lo que llevaría a la anulación de los laudos por las renovables a favor de inversores europeos en España.

En una comunicación publicada este jueves, la CE señala que los inversores europeos “no pueden recurrir a tribunales de arbitraje establecidos en tales tratados de inversión bilaterales entre países de la UE o, para litigios entre países de la UE, a los tribunales de arbitraje establecidos bajo la Carta de la Energía”.

La comunicación de la Comisión, que busca dar directrices a los inversores a la hora de resolver estos litigios, llega tras la sentencia en marzo del Tribunal de Justicia de la UE en el caso Achmea que confirmó que los acuerdos de arbitraje en los tratados bilaterales entre Estados miembros son incompatibles con las normas comunitarias.

Actualmente existen unos 200 acuerdos de inversión bilaterales, muchos firmados entre países del centro y este de Europa antes de su entrada en la Unión, y Bruselas cree que los mecanismos de arbitraje que contemplan “minan” su sistema legal de recurso a través de tribunales nacionales o europeos.

Además, la Comisión insiste en que la sentencia se aplica también al tribunal de arbitraje previsto en la Carta de la Energía para la resolución de litigios entre un país de la UE e inversores de otro Estado miembro y subraya que “el hecho de que la UE sea también parte de la Carta de la Energía no afecta a esta conclusión”.

El Ejecutivo comunitario recuerda que “como consecuencia, los tribunales nacionales están obligados a anular cualquier laudo arbitral emitido sobre esta base y a renunciar a aplicarlo”, así como que los Estados que sean parte en casos pendientes “deben extraer las consecuencias necesarias” de la sentencia.

En la práctica, en el caso de España esto supondría la anulación de los laudos emitidos contra el país por estos tribunales de arbitraje por el recorte de la retribución a las energías renovables.

Así lo anticipó también tras la sentencia el entonces ministro de Energía, Álvaro Nadal, quien dijo que “prácticamente eliminaría el conjunto de arbitrajes” contra España, a la que los inversores extranjeros reclaman en torno a 7.600 millones de euros en distintas instancias internacionales por los supuestos perjuicios del recorte.

Sin embargo, la sentencia europea solo afecta a las reclamaciones de inversores de otros países de la UE y no a las de inversores de terceros Estados, que pueden reclamar ante distintas instancias arbitrales.

El último en hacerlo ha sido el grupo japonés Itochu, que promovió un complejo termosolar en Logrosán (Cáceres), y reclamó el 18 de julio ante el Centro Internacional para el Arreglo de Diferencias sobre Inversiones (Ciadi).

En cuanto a los arbitrajes con terceros países, el Tribunal de Justicia de la UE estudia a petición de Bélgica la legalidad del Sistema de Tribunales de Inversiones a raíz del acuerdo comercial firmado entre la UE y Canadá (CETA).

La CE ha introducido este Sistema en sus últimos pactos comerciales para incorporar más garantías de independencia con respecto a los arbitrajes tradicionales.

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