El Tribunal Constitucional ordena suspender los preparativos de la consulta catalana
El Tribunal Constitucional ha acordado suspender cuantos preparativos se lleven a cabo para la consulta del 9 de noviembre en Catalunya. En la providencia que admite a trámite la impugnación del Gobierno, los jueces especifican que suspenden el decreto, “así como las restantes actuaciones de preparación para la convocatoria de dicha consulta o vinculadas a ellas”.
Esta frase resuelve las dudas que planteaba la previsible admisión, y consiguiente suspensión, de la Ley de Consultas y la convocatoria del 9-N. El Constitucional tiene ahora cinco meses para entrar al fondo de la cuestión y dictar un fallo definitivo. Las autoridades catalanas podían alegar que esa sentencia podía darse ante del 9-N y ser favorable a sus intereses. ¿Debían dejar entonces de preparar la cita de noviembre? El Constitucional, con una frase, en el punto tercero de su providencia, ha despejado las dudas.
A pesar de ello, ahora se abren otros interrogantes. ¿Qué ocurre si alguien continúa preparando la cita electoral? El exministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, insinuó que quienes desafiaran al Constitucional podrían incurrir en un delito de desobediencia, castigado en el Código Penal con entre seis meses y un año de prisión. Está por ver, por ejemplo, si la Fiscalía actuará de oficio y si el único tipo penal aplicable.
En la misma providencia, el Tribunal Constitucional da traslado de la demanda y del recurso del Gobierno a la Generalitat para que ésta se persone en el proceso y formule, si quiere, las alegaciones que considere convenientes. El Govern tiene un plazo de 20 días. La providencia que suspende los preparativos del 9-N ha tenido por ponente al progresista José Antonio Xiol.
La otra providencia, firmada por el conservador Pedro González Trevijano, suspende la Ley de Consultas “y cuantos actos o resoluciones hayan podido dictarse en aplicación de los mismos”. De esta se da traslado al Congreso, Senado, Parlament y Govern para que se personen si desean y formulen “alegaciones que estimen convenientes”.
Providencia ley de consultas (PDF)
Providencia ley de consultas (Text)