Un juez dicta que Abogados Cristianos no tiene legitimidad para demandar a las clínicas de aborto por publicidad engañosa
El Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Gijón ha desestimado íntegramente la demanda interpuesta hace un año por Abogados Cristianos contra la Asociación de Clínicas de Interrupción Voluntaria del Embarazo (ACAI) a la que acusaba de publicidad engañosa y competencia desleal. En una sentencia dictada el pasado 14 de enero, el magistrado Rafael Abril concluye que el grupo ultracatólico “carece de un interés legítimo específico” para demandar a ACAI en este sentido. Abogados Cristianos consideraba que parte de la información incluida en la web de la asociación sobre los riesgos de someterse a una interrupción voluntaria del embarazo era publicidad engañosa.
A esto se sumó la acusación de competencia desleal que a principios del año pasado formuló una mujer que se sumó a la demanda, sin embargo el juez ha concluido que este delito está prescrito. Sobre la acusación de publicidad engañosa y sin entrar al fondo de la cuestión, el magistrado sí procede a evaluar si Abogados Cristianos ostenta un interés económico, algún derecho subjetivo o un interés legítimo que se vea perjudicado por la actuación de ACAI, tal y como exige la Ley de Competencia Desleal.
El fallo razona que no concurre ninguno de estos requisitos “ya que ningún provecho o perjuicio económico se le sigue de un eventual éxito o fracaso de su pretensión, ni tiene atribuido un interés legítimo de sus miembros para la defensa de sus intereses económicos”, recoge la sentencia haciendo hincapié en que Abogados Cristianos es una entidad sin ánimo de lucro. Lo que sí puede verse afectado, prosigue, son “sus intereses espirituales, religiosos o de fe” pero “no ostenta un interés colectivo” ni “la llamada acción popular se encuentra reconocida con carácter general en el sistema procesal”. Es decir, el juez entiende que no hay un “interés general” que habilite “a cualquiera a interponer una demanda” en materia de competencia desleal.
ACAI, que ha celebrado la resolución a través de una nota de prensa, defendió en todo momento que “no había vulneración alguna de las leyes de Competencia Desleal y General de Publicidad, en tanto en cuanto esta Asociación de centros es una entidad sin ánimo de lucro que no ejerce actividad mercantil alguna”. Por otro lado, afirma que, al margen de las cuestiones técnicas en materia de competencia desleal, lo que “ha querido defender” el grupo ultracatólico “durante todo el proceso” son “los preceptos morales o valores espirituales” que ampara esta asociación.
Abogados Cristianos, que ha anunciado que llevará a la Audiencia Provincial de Oviedo la demanda, lleva años librando una cruzada contra el derecho al aborto en España y las clínicas que lo practican. La demanda que ha desestimado el Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Gijón forma parte de una batería de acciones judiciales al respecto. Hace menos de un año, impulsó también una veintena de denuncias a clínicas concretas de varias comunidades autónomas acusándolas de información falsa en sus páginas web “con el objetivo de incitar a las mujeres al aborto”
También interpuso contra varios centros madrileños una denuncia en la que les señalaba como autores de algunos delitos como revelación de secretos, estafa e incluso de depositar en la basura restos biológicos de las intervenciones. Un juzgado de Madrid archivó la causa en julio de 2015. Abogados Cristianos es también la asociación que logró que el Ministerio del Interior retirara la declaración de utilidad pública a la Federación de Planificación Familiar y ha impulsado dos denuncias contra activistas de Femen. La última, por encadenarse en La Almudena a favor del aborto. A finales del año pasado, el Juzgado de lo Penal nº 23 de Madrid absolvió a las dos jóvenes, pero la Fiscalía de Madrid ha recurrido el fallo.