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La ley impedirá a los médicos objetores formar parte de los comités que autorizan abortos tras la semana 22

Manifestación a favor del derecho al aborto en Madrid, a 28 de septiembre de 2022

Marta Borraz

29 de noviembre de 2022 16:35 h

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La reforma de la ley de salud sexual y reproductiva está prácticamente cerrada. La Comisión de Igualdad ha respaldado este martes el informe de la ponencia con algunas modificaciones respecto al texto inicial antes de ser enviado al Pleno del Congreso. La ley, que refuerza la prestación del aborto en la sanidad pública y recupera el derecho a abortar sin consentimiento de las chicas de 16 y 17 años, cuenta con amplia mayoría, a excepción de las derechas, por lo que no se esperan desavenencias de cara a su aprobación definitiva.

El texto ha salido adelante con 22 votos a favor, 15 en contra y ninguna abstención. Únicamente con el 'no' del Partido Popular, Vox y Ciudadanos, que se opone a la calificación de la gestación subrogada como una forma de violencia y la prohibición de su publicidad. Son cuestiones que mantienen en la ley después de que las enmiendas que reclamaban dejarlas fuera (de la formación naranja, EH Bildu, PNV, JxCat o ERC) no hayan salido adelante.

Hay algunos cambios sobre la redacción que salió del Consejo de Ministros el pasado agosto que sí se han introducido durante la tramitación parlamentaria. Entre ellos, un par de cuestiones al respecto de los comités clínicos, que son los encargados de decidir sobre los abortos más allá de la semana 22. La ley vigente permite la interrupción del embarazo cuando se detecte en el feto una enfermedad “extremadamente grave e incurable”, pero es algo que deben confirmar estos comités, formados por distintos especialistas médicos en cada una de las comunidades.

Los grupos parlamentarios han acordado que ninguno de los miembros que los componen podrán formar parte del registro de objetores al aborto que también regula la ley, ni tampoco haber formado parte en los últimos tres años. Además, los comités no tendrán la última palabra, sino que la norma habilita la posibilidad de que las mujeres a las que se les ha negado el aborto puedan acudir a los tribunales.

Además, en lo que respecta a los registros de objetores de conciencia que la ley obliga a las comunidades a poner en marcha para garantizar que el aborto se practica en centros públicos, las enmiendas introducidas establecen que se deberán adoptar las medidas necesarias para “garantizar la no discriminación” tanto de quienes estén en el registro, es decir, se hayan declarado objetores, como de las personas profesionales sanitarios que sí accedan a practicar las intervenciones, “evitando que se vean relegadas en exclusiva” a esta práctica, reza la nueva redacción.

Otros de los cambios introducidos durante el trabajo en la Comisión de Igualdad es la exclusión de las organizaciones antiaborto de las entidades sociales especializadas a las que las administraciones públicas deberán prestar apoyo o que los servicios de salud ofrezcan a las mujeres que deciden interrumpir voluntariamente su embarazo acompañamiento y atención especializada durante todo el procedimiento, en particular, “acompañamiento psicológico específico”.

La ley devuelve el derecho a las jóvenes de 16 y 17 años a abortar sin consentimiento de sus progenitores y para las chicas que tienen 15 o menos años, los grupos han acordado incorporar al texto que en caso de discrepancia entre ellas y quienes deben prestar el consentimiento, se resolverá “conforme a lo dispuesto en la legislación civil por la autoridad judicial”. Un precepto que ya contemplaba la ley de autonomía del paciente, pero al que se le ha especificado que el juez deberá resolver con “carácter urgente”.

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