El Supremo confirma las penas de 17 años de inhabilitación por el caso Arona para el exalcalde de CC y seis exconcejales
La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha confirmado este martes la pena de 17 años de inhabilitación impuesta al exalcalde de Arona José Alberto González Reverón, entonces de Coalición Canaria (CC), y a seis exconcejales por un delito continuado de prevaricación urbanística y otro delito de prevaricación en el denominado caso Arona, informó en un comunicado el gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC)
Además, el Alto Tribunal ha reducido las penas de prisión impuestas en la misma causa por delito de cohecho a otros cinco acusados, al estimar las alegaciones de sus defensas de que se había aplicado una reforma del Código Penal que no estaba en vigor en el momento de los hechos. Pese a ello, mantiene para los cinco las cuantías de las multas que tendrán que abonar, de entre 40.000 y 700.000 euros.
La sentencia del Supremo también absuelve a un sexto acusado de cohecho, el arquitecto externo Zenón Rodríguez Neris, por prescripción del delito, se indica en la misma nota.
Hay que decir que el Supremo ha estudiado los recursos planteados por 10 de los 12 condenados por la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife. Dos de los condenados, el exalcalde José Alberto González Reverón y el exconcejal Alfonso Barroso Armas, ambos con 17 años de inhabilitación por dos modalidades de prevaricación, no recurrieron al Supremo.
El Alto Tribunal además desestima los recursos planteados por otros cuatro exconcejales, Manuel Barrios Rodríguez, Daniel Martín Navarro, José Luis González Rodríguez y Juan José Alayón Beltrán, condenados todos ellos a la misma pena de inhabilitación que los dos anteriores y por los mismos delitos.
Rechazado un recurso del exconcejal de Urbanismo
Del mismo modo, se rechaza el recurso del exconcejal de Urbanismo Félix Sierra Melo (este entonces del PP), en lo que se refiere a los delitos de prevaricación por los que fue condenado.
Por el contrario, el Supremo estima parcialmente los recursos de cinco acusados en lo referido al delito continuado de cohecho, en lo que respecta solo a la fijación de la pena, ya que el Alto Tribunal ratifica que cometieron los hechos.
Sin embargo, entiende que ha habido una incorrecta cuantificación de la pena, que fue más elevada de la que correspondía a dicho tipo penal cuando ocurrieron los hechos, con la aplicación de la atenuante de dilaciones indebidas que apreció la Audiencia tinerfeña. No obstante, mantiene las penas de inhabilitación aparejadas al cohecho, así como las correspondientes multas.
La condena por cohecho al exaparejador municipal Roberto Luis de Jiménez pasa de cinco años de prisión a tres años y seis meses, y se mantienen los 10 años de inhabilitación y los 700.000 euros de multa.
El exconcejal de Urbanismo Félix Sierra y el exarquitecto municipal Eliseo de la Rosa González ven reducida su condena por cohecho de cuatro años a dos años y ocho meses de cárcel, con ocho años de inhabilitación y multa de 500.000 euros para cada uno.
Para el empresario Arsenio Zamora Toledo, la pena pasa de dos años a un año y seis meses de cárcel, con cuatro años y medio de inhabilitación y 250.000 euros de multa, y para el arquitecto Antonio Luis González Tolosa, de dos años de cárcel a un año más y 40.000 euros de multa.
También se anula por prescripción del delito la condena de dos años de prisión por cohecho impuesta al arquitecto Zenón Rodríguez Neris.