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Sin garantías no hay referéndum

Una mujer rellena una papeleta para votar en un local de La Salle de Gracia, en Barcelona

Marta Ribas

Coordinadora nacional de ICV —

El 1 de octubre, en Cataluña, no habrá el referéndum que tanta y tanta gente – entre los cuales me cuento- queremos celebrar. Sea lo que sea lo que se acabe produciendo, no será un referéndum con plenas garantías, ni con el reconocimiento interno ni externo necesario ni, por lo consiguiente, efectivo. El principal responsable que esto sea así es el bloque, liderado por el Partido Popular, que se escuda en la Constitución Española como una losa inamovible, y que se niega a proponer y negociar soluciones políticas a un conflicto que es político (y no judicial ni de interpretación legal).

Pero esto no quita que quien ha puesto fecha unilateralmente al intento de celebrar un referéndum, y sigue empeñado en considerarlo como tal sabiendo que no podrá garantizar unos mínimos de neutralidad formal, es el Gobierno de la Generalitat y la mayoría parlamentaria que le da apoyo (Junts pel Si y la CUP).

La huida hacia adelante del bloque unilateralista ha sido y está siendo un gran error estratégico si lo que se quiere es avanzar en la posibilidad real de acabar celebrando el referéndum que una amplia mayoría social y política de Catalunya quiere y merece. Lo que sea que se celebre el 1 de octubre, en poco se parecerá al referéndum reclamado por centenares de organizaciones sociales, sindicales, económicas, culturales y políticas, y por más de medio millón de personas a título individual, a través del manifiesto del Pacto Nacional por el referéndum. Un manifiesto que aboga por un referéndum “reconocido por la comunidad internacional, cuyo resultado deberá ser políticamente vinculante y efectivo” una “herramienta inclusiva” de la diversidad de opiniones al respecto del modelo de encaje (o no) de Catalunya en España.

El 1 de octubre no será este referéndum porque no cumplirá –almenos a día de hoy no hay pistas que así pueda ser – las garantías mínimas básicas

¿De qué hablamos cuando hablamos de garantías?

No es necesario inventar. Las garantías básicas a cumplir están fijadas en el Código de buenas prácticas en materia de referéndums de la Comisión de Venecia, organismo que depende del Consejo de Europa.

Se refieren a la legalidad, al papel de los funcionarios, al censo, las juntas electorales, la neutralidad del Gobierno y los medios de comunicación, a las urnas y colegios electorales, al reconocimiento internacional, al voto exterior y a la participación, entre otros aspectos. Repasemos algunos, como muestra

El marco legal

La Comisión de Venecia establece que, para garantizar los derechos de la ciudadanía, la norma que regule un referéndum no se puede aprobar o modificar dentro del año inmediatamente anterior a la celebración de la consulta. Estamos a menos de 3 meses del 1 de octubre, y aún no hay ley. Esta semana el Gobierno catalán, Junts pel Si y la CUP han empezado a explicar algunos detalles de la ley que debería permitir la celebración del referéndum catalán. Pero el texto sigue sin ser registrado en el Parlament.

Además se pretende aprobarlo por vía rápida –en lectura única- sin respetar las garantías mínimas de la oposición. Tal y como acaba de dictaminar el Consell de Garantíes Estatutàries, este mecanismo sólo es justificable en leyes cuya simplicidad y poca trascendencia política del tema regulado lo justifique. Está claro que no es el caso.

Y para rematarlo, cuentan aprobar la ley con una mayoría parlamentaria que no llegará a los 90 votos que el Estatut establece como mínimo necesario para cualquier elemento que afecte la regulación de la administración electoral (la ley anunciada incluye, entre otros, la creación de una Sindicatura que sustituiría la Junta Electoral)

El censo

Según la Comisión de Venecia debe ser público, comprobable y con opción de reclamaciones a quién lo gestione. A día de hoy no se sabe ni cuándo ni dónde se expondrá ni quién garantizará su gestión. Lo único claro es que no habrá garantías equiparables a un proceso electoral para el voto exterior.

La seguridad jurídica de los funcionarios

La teoría de dos legalidades contrapuestas en la que los trabajadores y trabajadoras públicos podrán elegir una, no hay quien la crea. Y a quién la crea: ¿De verdad se pretende trasladar esta responsabilidad a cada uno de los trabajadores públicos que se puedan ver implicados?

La neutralidad necesaria los medios de comunicación públicos 

La Comisión de Venecia establece que los medios públicos deben garantizar un debate neutral, con explicación de las diversas posiciones en igualdad de condiciones. Nadie puede sostener que TV3 y Catalunya Radio, ni RTVE por el otro lado, van a garantizar esta neutralidad.

Son sólo 4 ejemplos, pero significativos, de garantías básicas que probablemente no existirán. Y no, no es justificable rebajar el nivel de pulcritud democrática por el pulso contrario de amenaza judicial que ejerce, de forma indignante y reprochable, el gobierno español.

No es justificable rebajar la exigencia de garantías porque hacerlo empequeñece, resta y incluso divide, en la mayoría política y social que defendemos el reconocimiento del derecho de autodeterminación y soluciones políticas al que quizás es el mayor reto político actual en el Estado Español.

Hablando en plata: hacen falta garantías, todas, para que cuando haya opción de celebrar un referéndum toda la ciudadanía se sienta llamada a votar. Y no como acto de confianza ciega… sino sabiendo, y con tiempo suficiente, a qué es convocada y que conllevará realmente ese acto y su voto. No es el caso a día de hoy.

Si el movimiento soberanista quiere ser rupturista y de superación del pacto constitucional del 78, debe ser inclusivo. Sumar, y no restar ni dividir como está sucediendo ahora.

Y si quiere sumar apoyos en el resto del Estado y en Europa debe ser plenamente democrático. Escrupulosamente democrático, diría yo.

Por lo tanto sí, sin garantías no hay referéndum. 

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