Una veintena de escuelas catalanas ya dan más castellano en algunas clases por orden judicial
El colegio Frangoal, en Castelldefels, imparte las clases de Medio Social y Natural de Primaria en castellano. Es algo que hacen desde 2019 y no por voluntad propia, ni por ningún criterio pedagógico concreto, sino porque tienen una sentencia que les obliga a ello, después de que dos familias reclamasen una escolarización bilingüe para sus hijos. “Hasta entonces no habíamos tenido problemas con las lenguas en la escuela”, asegura su director de gestión, Pablo Mendoza, que explica que, como en los más de 5.000 centros educativos de toda Catalunya, sus clases se ofrecían –salvo excepciones– en catalán.
Este centro educativo concertado es hoy uno de los 19 que, según el Departamento de Educación de la Generalitat, está obligado por orden judicial a impartir el 25% de clases en castellano a alguno de sus grupos-clase, concretamente a aquellos en los que hay un niño o niña cuyos padres lo han reclamado en los juzgados. Aunque no ha sido hasta ahora que ha llegado la confirmación definitiva desde el Tribunal Supremo de que todo el sistema escolar catalán debe intoducir el castellano como lengua vehicular, en los últimos diez años ha existido un goteo de casos individuales en el mismo sentido.
La cifra que ofrece Educación es de 80 familias que lo han reclamado en los juzgados desde 2005, lo que les sirve para argumentar que se trata de una demanda irrisoria en comparación con los 1,5 millones de estudiantes catalanes. Por contra, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB), la entidad que ha liderado esta reclamación, lo eleva a 130 casos y argumenta que si no son más es porque a nadie le gusta tener que acabar en los tribunales.
En paralelo, y más recientemente, el Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha tumbado hasta seis proyectos lingüísticos de centros educativos por no contar con el castellano como lengua vehicular. En todos los casos el origen eran también denuncias de familias que exigían que se impartiese el mínimo del 25% de castellano.
El ya conocido porcentaje del 25% de castellano lo fijó el Alto Tribunal catalán en 2013 al entender que el modelo de inmersión lingüística excluía el castellano como lengua vehicular y que esto incumplía la Constitución. En su sentencia, los magistrados consideraron que esta cuota concreta garantizaba que el castellano se emplease no solo en Lengua Castellana –lo que ya sucede por razones obvias–, sino en otra asignatura troncal. Y esto, según su razonamiento, permitía que el catalán se mantuviese como “centro de gravedad”.
Sin libros de texto en castellano
Lo primero que hicieron en la escuela Frangoal cuando recibieron la notificación de la sentencia fue ponerse en contacto con la Inspección Educativa, que les respondió con un modelo de oficio para remitirlo a los juzgados y dar cumplimiento a la sentencia. A pesar de que la Generalitat se niega a aplicar el 25% de castellano a todo el sistema escolar, desde el primer momento como Administración conminaron a los directores de los centros afectados por las resoluciones individuales a acatarlas.
En general, la mayoría de centros suelen escoger Matemáticas. La alternativa es Medio Social o Natural, porque el resto de troncales son las de lengua. “Nosotros escogimos Conocimiento del Medio Social y Natural”, explica el director de gestión del colegio, “pero el problema es que nos dimos cuenta de que no hay materiales y libros de texto en castellano que trate la geografía de Catalunya”. En este sentido, han tenido que hacer adaptaciones.
Pero la gran particularidad de este centro es que, al ser dos familias con varios hijos en distintos cursos de Primaria, al final por organización optaron por que el 25% de castellano fuese en toda esta etapa, de Primero a Sexto. Solo hay un precedente de ello, curiosamente también en Castelldefels, en la escuela Josep Guinovart, en la que la demanda de un grupo de familias obligó también a cambiar el plan lingüístico en prácticamente todo el centro.
El claustro del Frangoal, explica Mendoza, aceptó la sentencia con resignación. “A nivel de profesorado hubo reticencias de quienes no les pareció bien, y en cuanto a las familias, hubo quejas, pero luego no hemos tenido problemas”, comenta. Hasta entonces, en su escuela las clases se daban siempre en catalán, para un alumnado mayormente bilingüe y que en la calle y en el patio habla catalán y castellano. “Lo que ha ocurrido con las sentencias no tiene ningún sentido, es politizar la escuela”, lamenta.
Los proyectos lingüísticos tumbados
El otro gran frente de los centros en cuanto al 25% de castellano, al menos hasta la providencia del Supremo de esta semana, era el que apuntaba a sus proyectos lingüísticos. De acuerdo con la Ley de Educación de Catalunya (LEC), los centros educativos tienen autonomía para elaborar estos planes, que deben incluir tanto el tratamiento del catalán como lengua vehicular como los objetivos de aprendizaje del castellano, el inglés u cualquier otra lengua.
Esencialmente, estos proyectos reproducen que el catalán es la lengua de enseñanza, aunque en los últimos años algunos centros han ido introduciendo por iniciativa propia tanto el castellano como sobre todo el inglés. El propio Departamento de Educación animó en su plan aprobado en 2018 a que los centros incrementasen el uso del castellano como lengua vehicular allí donde lo considerasen necesario para reforzar su aprendizaje. Una encuesta hecha pública este curso corroboraba además que un importante porcentaje de profesores no usan siempre el catalán. No obstante, un estudio de la AEB a partir de los proyectos lingüísticos de los centros constataba que solo 126 tenían el castellano oficialmente como lengua de uso más allá de la asignatura de Lengua Castellana.
Ante esta realidad, este año el TSJC emitió las primeras sentencias que pedían no solo más castellano para una clase concreta, sino anular también los proyectos lingüísticos de centros enteros. El recuento a día de hoy es de seis casos en las localidades de Llagostera, Castelldefels –el Frangoal–, Reus, Els Pallaresos, Barcelona y Abrera. Este diario ha tratado de ponerse en contacto con ellos, pero no han querido hacer declaraciones. Ninguna de las sentencias es firme todavía.
Una particularidad de estos fallos judiciales es que se emitieron después de la aprobación de la Lomloe, la ley de Educación que el Gobierno aprobó a finales de 2020. Según los partidos que la respaldaron, la nueva norma iba a proteger la inmersión en catalán, al retirar la mención al castellano como vehicular que incluía la Ley Wert. Este es un argumento que siguen esgrimiendo desde la Generalitat, que recuerdan que la providencia del Supremo de esta semana se refiere precisamente a la ley que aprobó el PP y que ya está superada. Pero los jueces del TSJC, en su resolución sobre dos de los citados proyectos lingüísticos, dejaron clara su interpretación. “No cambia las cosas”, expresaron, pues la obligación de que el castellano sea lengua vehicular “deriva directamente de la Constitución”.
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