El TSJ de Madrid admite a trámite un recurso para pedir mayor transparencia en las exportaciones de armas
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), ha admitido a trámite un escrito de Greenpeace sobre la vulneración del derecho a la libertad de expresión, tras la denegación por parte del Gobierno a esta entidad de dos peticiones de información sobre la autorización de exportaciones de armas a países involucrados en conflictos armados. El litigio se sustenta en una investigación conjunta de elDiario.es y esta ONG publicada el pasado agosto, que demostró el uso de morteros españoles por parte de soldados de Arabia Saudí en la frontera con Yemen.
Amparándose en la Ley de Secretos Oficiales -aprobada durante el franquismo- el Ejecutivo denegó a Greenpeace el acceso a la información solicitada sobre la exportación de estos morteros, una respuesta que impide comprobar si el Gobierno está cumpliendo debidamente la ley nacional y europea de exportación de armamento así como el Tratado Internacional de Comercio de Armas.
Durante el último año, elDiario.es ha documentado en distintos reportajes de investigación cómo las leyes de control de exportaciones de armamento -que impiden exportar a países en guerra o que puedan utilizar el material para vulnerar derechos humanos- se incumplen de manera habitual sin ninguna consecuencia legal. Desde los aviones que llevan mercenarios y material a la guerra de Libia -cuyo mantenimiento se realiza en Getafe- hasta los mencionados morteros españoles utilizados en Yemen. También ha revelado las exportaciones ilegales de buques militares a Marruecos y el uso de munición española por parte de la policía de Nicaragua para reprimir las protestas en el país latinoamericano, entre otros casos.
Quien toma la decisión en España sobre a qué lugares se pueden exportar armas es un organismo llamado Junta Interministerial de Material de Defensa y Doble Uso (JIMMDU), integrada por representantes de los ministerios de Industria, Turismo y Comercio, de Asuntos Exteriores y Cooperación, de Defensa, de Economía y Hacienda y de Interior. Las reuniones son a puerta cerrada y las actas son secretas e inaccesibles gracias a una decisión de 1987 en base a la mencionada Ley de Secretos Oficiales.
Según la argumentación desarrollada por Greenpeace, el acceso a la información es parte integrante del derecho fundamental a la libertad de comunicar o recibir libremente información veraz, reconocida en la Constitución. Esta premisa jurídica ha sido reconocida por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en su jurisprudencia, y con este procedimiento judicial, Greenpeace pretende que los Tribunales españoles incorporen esta doctrina internacional, que reconoce que el derecho de acceso a la información es un derecho instrumental y accesorio del derecho a la libertad de expresión e información. El TEDH establece, además, que las limitaciones al ejercicio del derecho a la libertad de expresión e información, deben cumplir una serie de requisitos (como perseguir un fin legítimo y no espurio), que según Greenpeace no se dan en el presente caso.
El juzgado ha dado un plazo de ocho días a la organización para presentar la demanda, que forma parte de una ofensiva legal en distintos frentes emprendida por la ONG para tratar de acabar con la opacidad las exportaciones de armamento, una falta de transparencia que facilita que se presuntamente se incumplan de manera habitual las leyes nacionales e internacionales sobre el comercio de material bélico.
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