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El Supremo confirma la multa de un millón de euros a Deloitte por infracción grave en la auditoría al Santander en 2011

Sede de Deloitte

Economía

9 de octubre de 2020 14:00 h

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La Sala III, de lo Contencioso-Administrativo, del Tribunal Supremo ha confirmado una multa de 1.002.605 euros a la auditora Deloitte impuesta en 2016 por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas por infracción grave en relación a una auditoría llevada a cabo al Banco Santander en 2011. El Supremo desestima el recurso de casación de Deloitte contra la sentencia de la Audiencia Nacional, de febrero de 2019, que ratificó la multa inicialmente.

La sanción fue impuesta por incumplimiento de lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Auditoría de Cuentas, referido a no haber analizado todos los factores que podían dar lugar a una amenaza a la independencia de los auditores y, en concreto, la posible amenaza de interés propio por la desproporción existente entre los honorarios facturados al Santander por servicios de no auditoría y por los servicios de auditoría.

 En ese sentido, la Audiencia Nacional subrayó la desproporción existente en honorarios que los auditores habían facturado por trabajos distintos de los de auditoría. Estos honorarios era del 236% respecto de los facturados por los trabajos de auditoría, lo que debió de ser detectado y evaluado según la Ley de Auditoría de Cuentas.

 El Supremo indica que, teniendo en cuenta la relevancia del conjunto de relaciones mantenidas entre Deloitte y el Banco Santander, y la naturaleza e importancia de los servicios prestados a la entidad auditada, “no consideramos inadecuada la apreciación del Tribunal de instancia respecto de que la concurrencia de factores de riesgo que son susceptibles de crear conflictos de intereses, obligaban a que las amenazas se reflejaran documentalmente en los papeles de trabajo, de modo que, constatada esa falta de diligencia, procede la imposición de las sanciones”.

 

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