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Los servicios jurídicos de la Junta critican el parón en la renta básica

Un Cristo acompaña a los encerrados en la iglesia del Perpetuo Socorro, Mérida / JCD

José L. Aroca

Los mismos servicios jurídicos del Gobierno regional han criticado el decreto ley que cambia la regulación de la renta básica –el “decretazo” según sus detractores--, al dudar de que sea conveniente hacer convocatorias periódicas, en vez de establecerla como un derecho al que de forma permanente puedan acogerse los ciudadanos. El decreto del pasado 26 de agosto ha cortado de hecho esa renta social al prohibir que se presenten de momento nuevas solicitudes, o peticiones de prórroga de la prestación.

El conflicto social está sobre la mesa. Cerca de 22.000 familias extremeñas han presentado papeles para poder recibir esa paga que ronda los 400 euros mensuales, y a la que hay derecho una vez agotada la prestación por desempleo, el subsidio de gracia posterior, y las rentas activas de inserción que constituyen el último salvavidas de los parados.

Pero de las 22.000 solicitudes sólo 3.000 han sido reconocidas, y no todas pagándose según los Campamentos Dignidad, un movimiento surgido en la región hace un par de años cuando la crisis económica llevó a miles de familias al agotamiento, y que en estos días protagoniza encierros en Mérida, Plasencia y Cáceres.

Una movilización que acabó el pasado mes de marzo en Madrid con cerca de un millón de manifestantes, y que según reconocimiento extendido tiene ese certificado de origen extremeño.

La renta básica, el sueño de que nadie se quede tirado en esta época tan gris para Extremadura, fue un compromiso de IU con el PP para que éste gobernara en minoría y José Antonio Monago ocupara la presidencia de la Junta.

Todo hace indicar que los cálculos se han desbordado, y aunque se hablaba de cinco o seis mil familias beneficiarias en principio, la situación socioeconómica y su empeoramiento han amontonado los expedientes sin resolución en las mesas de los servicios de la Junta encargados de tramitarlas.

Con el objeto de solucionar el atasco burocrático y social, la ley de renta básica de mayo de 2013 fue modificada en junio pasado. Sin embargo “no ha conseguido la pretendida simplificación de los trámites que agilice la resolución de los expedientes y la inmediatez en la percepción de la prestación social”, acaba de reconocer el Sexpe, el organismo encargado en la Junta de tramitar la prestación.

Dos de cada tres, sin abrir

El número de peticiones va aumentando progresivamente y es muy cercano a las 22.000, de las cuales alrededor de 14.000 (el 64%) permanecen paralizadas por causas relacionadas con el procedimiento administrativo de las mismas; están aceptadas 3.000 y otras 5.000 en tramitación.

Con el propósito en teoría de acabar con ese atasco colosal, la Junta aprobó y entró en vigor el pasado 30 de agosto un decreto ley. En los informes que acompañan al documento destaca uno de los servicios jurídicos autonómicos en los que critican el que a partir de ahora la ventanilla de solicitudes no vaya a estar permanentemente abierta, lo que sería lógico dada la razón social de esta medida, sino que las familias necesitadas tienen que esperar a que salga una convocatoria.

Con esa decisión, que está ya en vigor, en este momento no se pueden presentar solicitudes ni pedir prórrogas de la paga.

“Analizado el expediente”, escriben los los letrados de la Junta, “desconocemos si concurren razones de índole técnica que recomienden recurrir a tales convocatorias periódicas, pero entendemos que las mismas podrían ser contraproducentes, atendidas la naturaleza y finalidad de esta prestación, que no se concede mediante un procedimiento de concurrencia competitiva, que el crédito tienen carácter de ampliable y, en definitiva, la propia urgencia con la que se tramita la presente disposición, que podría ponerse en entredicho por una dilación excesiva en la aprobación de la primera convocatoria”.

En consecuencia, “debería valorarse la conveniencia de establecer una convocatoria única, abierta desde la publicación de la disposición, o, en su caso, convocatorias abiertas mediante órdenes en las que los plazos de presentación de solicitudes se concatenen sin solución de continuidad, debiendo dictarse la primera con la mayor inmediatez posible”.

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