La Disposición 27 de los Presupuestos enfrenta a municipios y trabajadores
Hace unos días los ayuntamientos de Madrid, Barcelona, Valencia, Zaragoza, Valladolid, Coruña y Terrassa suscribieron una declaración municipalista para denunciar las limitaciones que el proyecto de los Presupuestos Generales del Estado 2017 impone a la autonomía local y a su financiación. En tal declaración ciudades de diferente color político pidieron al Estado que aumentara sus aportaciones a las entidades locales y retirara las disposiciones adicionales 27 y 35, que suponen un grave obstáculo a la gestión directa de servicios. Una gestión que se ha demostrado más eficiente, democrática, igualitaria y transparente que la gestión privada, tras la que se han ocultado durante años buena parte de las empresas asociadas a la trama corrupta del Partido Popular, entre otros. De hecho, los casos que estamos viendo de comisiones ilegales, contrataciones irregulares y adjudicaciones absolutamente discrecionales, no se explican si no es en el contexto de la externalización y la privatización de los servicios públicos.
A estas alturas no hay duda de que la gestión directa de los servicios permite una atención ciudadana más planificada, regulada y participada. Esto es lo que muestran las últimas encuestas en las que los municipios que han optado por las remunicipalizaciones han recibido un amplio respaldo popular. Y lo demuestran también los datos del propio Ministerio de Hacienda, porque en 2016 las administraciones locales generaron un superávit de 7.083 millones de euros, un 0,64% del PIB, y su nivel de deuda no alcanzó el límite marcado del 3% del PIB, mientras la deuda consolidada de todas las administraciones rozaba claramente el 100%. A pesar de esto, a la local es a la única administración a la que se le sigue exigiendo un objetivo de déficit del 0%.
Por lo demás, en estos años, el Gobierno ha recortado hasta la asfixia la financiación de los municipios, mientras espera extraer cada vez más de los tributos que gestionan. El PP prevé un incremento del 7% de la recaudación a través de los impuestos participados por las grandes ciudades, pero reduce en un 0,47% la aportación a los municipios de estos impuestos cedidos.
En fin, a las corporaciones locales se les ha obligado a generar superávits totalmente desproporcionados reduciendo paulatinamente su plantilla y dificultando, así, la satisfacción de las necesidades ciudadanas. De este modo, se ha violado tanto el principio de subsidiariedad que rige la autonomía local (garantizado en la Carta Europea de Autonomía Local y en el artículo 140 de nuestra Constitución), como el artículo 85.2 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local, que exige una prestación pública de los servicios, siempre que ésta sea posible.
Los municipios ya han denunciado esta situación en varias declaraciones públicas conjuntas, en Valencia, donde se reunieron 55 ayuntamientos, en Zaragoza y en Madrid, y se espera que esta resistencia vuelva a darse en Barcelona, el próximo mes de junio. Los ayuntamientos exigen, entre otras cosas, la reforma de la Ley Reguladora de Haciendas Locales y la Ley Reguladora de Régimen Local con el fin de asegurarse una financiación suficiente acorde con sus competencias; la modificación del plan de ajuste y las reglas de gasto impuestas por el Ministerio de Hacienda a las Administraciones Locales; y la regulación de algunos tributos, como el IBI.
Y la cuestión es que ahora, con la Disposición 27 titulada “Limitaciones a la incorporación del personal laboral al sector público”, no solo se viola la autonomía local, sino que el Gobierno ha venido a dar otra vuelta de tuerca, porque esta Disposición vulnera, además, el derecho de subrogación que la normativa laboral vigente reconoce a los trabajadores. En la disposición se niega la posibilidad de incorporar como empleados públicos a los trabajadores de las empresas contratistas de obras y servicios públicos cuando los contratos “se extingan por su cumplimiento, por resolución, incluido el rescate, o si se adopta el secuestro o intervención del servicio”. Y esto se hace extensible al personal laboral que presta servicios en sociedades mercantiles públicas, fundaciones del sector público, consorcios, o en personas jurídicas societarias o fundacionales que vayan a integrarse en una administración pública.
Hasta este momento, lo más común en los procesos de remunicipalización era que los trabajadores pasaran a la Administración, primero como indefinidos no fijos y, tras los correspondientes procedimientos de ingreso, de forma definitiva. Esto se traducía en la asunción por parte del ayuntamiento de las correspondientes obligaciones laborales y de Seguridad Social, incluyendo los compromisos de pensiones, en los términos previstos en la normativa específica y, en general, cuantas obligaciones en materia de protección social complementaria se hubiesen adquirido.
Pero si a la Disposición 27 se une la tasa de reposición que establece la ley Montoro, el resultado es que, de facto, los ayuntamientos no pueden subrogar a las entidades de derecho público que dependen de ellos porque, por mor de la citada tasa, no se pueden respetar las condiciones establecidas en el anterior contrato de trabajo, vulnerándose, así, el derecho de subrogación y el principio de estabilidad en el empleo, que es un principio social y económico básico.
Precisamente, han sido estas garantías subrogatorias las que algunas corporaciones locales han intentado introducir en el ámbito de la contratación pública apostando por el cumplimiento obligatorio de ciertas cláusulas sociales, aunque estas cláusulas han sido resistidas, una vez más, tanto por el Gobierno como por las grandes empresas afectadas.
En definitiva, con la Disposición 27 los trabajadores podrían acabar por oponerse frontalmente a una remunicipalización que, sin embargo, les beneficia claramente como ciudadanos, porque la privatización de los servicios o la participación privada en su gestión se traduce en un incremento de las tarifas, mientras que una empresa pública no busca beneficios y cuenta con una bonificación de entre el 99% y el 100% en el Impuesto de Sociedades.
En un mundo de trabajadores precarios que no gozan ni de estabilidad ni de continuidad biográfica, porque ya nada es seguro ni a largo plazo para ellos, y en un contexto de inseguridad endémica, esta disposición viene a echar gasolina al fuego, alimentando conflictos laborales que ya estaban superados y trasladando la responsabilidad a los ayuntamientos. La Disposición 27, además, divide y confunde a los trabajadores, que son asiduos usuarios de los servicios públicos, oculta la connivencia y la complicidad de las grandes empresas contratistas y concesionarias con la corrupción política y el descontrol de estos años, y favorece descaradamente su continuidad.
Así que, parece claro que, con esta disposición, el Gobierno quiere seguir premiando a sus fieles amigos y, de paso, busca rentabilizar electoralmente el posible enfrentamiento entre trabajadores y municipios que el mismo Gobierno provoca.