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El activista Lagarder Danciu, condenado por resistencia a la autoridad en el desmantelamiento de una acampada
El Juzgado de lo Penal número siete de Sevilla ha condenado al conocido activista Lagarder Danciu a dos multas que suman 420 euros, por delitos de resistencia a agentes de la autoridad y de lesiones leves, a cuenta de los incidentes protagonizados durante el desmantelamiento del asentamiento ilegal instalado en 2015 en el paseo de Juan Carlos I de la ciudad hispalense.
En su sentencia, emitida el pasado 31 de marzo y recogida por Europa Press, la citada instancia judicial aborda los incidentes acontecidos en Sevilla el 21 de octubre de 2015 durante el desmantelamiento del asentamiento ilegal instalado en el paseo de Juan Carlos I.
El Ayuntamiento hispalense, recordémoslo, defendía la necesidad de desmantelar el asentamiento para prevenir “problemas de seguridad y salubridad”, ofreciendo a todos los afectados, un total de 16 personas, alojamiento en el centro municipal de acogida hasta el mes de febrero de 2016. Los promotores de esta denominada “acampada dignidad”, que reclamaban un giro en las políticas sociales y “el derecho a un cobijo digno” para las personas sin hogar, denunciaban de su lado que los afectados no fueron avisados del desalojo y sólo se les dio “15 minutos” para recoger sus pertenencias.
El asunto es que durante el desalojo del asentamiento fue detenido el conocido activista Lagarder Danciu, al protagonizar un incidente con la Policía Local, objeto precisamente de esta sentencia.
La sentencia del Juzgado de lo Penal número siete, en ese sentido, declara como “hechos probados” que el desalojo del campamento estaba siendo consumado “de forma tranquila y pacífica”, salvo en el caso del activista Lagarder Danciu, quien “comenzó a increpar a las personas para que se levantaran contra el desalojo, increpando con palabras a la Policía”, a cuyos agentes habría tachado de “corruptos porque habían copiado en el examen”.
Y es que 37 agentes de la Policía Local de Sevilla están afectados por la investigación judicial relativa a la presunta filtración de los contenidos de los exámenes de las dos convocatorias de empleo público promovidas en 2012 por el Ayuntamiento hispalense, precisamente para cubrir puestos de la Policía Local.
En cualquier caso, el relato de “hechos probados” de la sentencia expone que tras dichas increpaciones, el conocido activista “se fue hacia la carretera de la calle Torneo, colocándose en la mitad de la calzada con el consiguiente peligro para él y los vehículos”. Según la sentencia condenatoria, cuando los agentes intentaron “sacarle de la calzada”, Lagarder Danciu comenzó a “forcejear” con uno de ellos, “cayendo al suelo y lanzando patadas al agente”. “Pese a agarrarle el agente, siguió lanzando patadas desde el suelo, provocando la caída al suelo del policía”, señala la sentencia, según la cual este agente sufrió “una erosión superficial”.
“La forma en que se comportó el procesado fue más lejos de una protesta verbal o de dirigir palabras menospreciativas contra los agentes y demás autoridades de este país, por las que no se le hicieron nada”, razona la juez que dicta esta sentencia, quien expone que el conocido activista intervino contra la labor policial al intentar “soliviantar al resto de personas para que lucharan contra los efectivos que estaban dispuestos a desmantelar el asentimiento ilegal” y forcejeó con los agentes cuando los mismos intentaron sacarle de la carretera, “no dejándose detener, ni deponer su actitud, pese a las reiteradas veces que le indicaron”.
El protagonista de los hechos, según la sentencia, no sólo desobedeció a los agentes, sino que en su forcejeo con ellos les lanzó “patadas para evitar que le detuvieran” e incluso alcanzó a uno de ellos. Se trata, según la sentencia, de “una oposición activa, hostil, excediendo de la mera protesta verbal, que no es sancionable”.
Respecto a esta actitud y la caída de uno de los agentes al suelo al recibir una patada del activista, la sentencia determina que “verdaderamente es casi un atentado a la autoridad”, si bien pesan también “las circunstancias de la alteración del sujeto, que intenta obstaculizar el desalojo” y “liderar una oposición del asentamiento contra el operativo” policial.
Dado el caso, la sentencia condena a Lagarder Danciu como autor de un delito de resistencia a agentes de la autoridad y otro delito de lesiones leves, imponiéndole dos multas que suman 420 euros, una indemnización de 150 euros en favor del policía local lesionado y el pago de las costas del proceso judicial. No obstante, se le absuelve “del delito de atentado del que venía siendo acusado”