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Griñán pide su absolución en el juicio de los ERE al no ser “responsable” de lo que “no se puso en su conocimiento”

Defensa de Griñán insinúa que exinterventor "buscó" una posición "más benevolente" a costa de otro inculpado

Europa Press

El abogado José María Mohedano, que ejerce la defensa del expresidente de la Junta y exconsejero de Economía y Hacienda José Antonio Griñán en el juicio que celebra la Audiencia de Sevilla contra 21 ex altos cargos del Gobierno andaluz acusados de prevaricación y malversación por el procedimiento específico de concesión de las ayudas de los ERE, ha denunciado que la Fiscalía basa su informe final en una declaración “parcial y fragmentaria” del ex interventor general de la Junta, el también encausado Manuel Gómez, para acusar a Griñán, una declaración en la que “no se sabe si Gómez buscaba hacerse beneficiario de una previsión más benevolente de las acusaciones” a cambio de servir de prueba contra el expresidente.

Esta cuestión ha centrado gran parte de la intervención de Mohedano en la sesión de tarde de este martes en el juicio de los ERE, en la que ha dado comienzo a su informe final en la defensa de Griñán, que se enfrenta a seis años de prisión y 30 de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación y otro de malversación.

Según Mohedano, la Fiscalía en la parte final de su informe señaló “lo que pudo y debió hacer” Griñán ante las irregularidades detectadas en el sistema de concesión de las ayudas, limitándose a reproducir parte de lo declarado por el coacusado Manuel Gómez ante el fiscal del Tribunal Supremo, en la causa especial, en mayo de 2015 “porque refleja la posición de esta Fiscalía”.

Por ello, el abogado de Griñán ha planteado “vulneración, o si se prefiere, denuncia del principio acusatorio implícito en el derecho fundamental del artículo 24.2 de la Constitución en que incurre esta posición de la Fiscalía. La impugnación se basa en infracción de precepto constitucional por radical ausencia de contradicción que vulnera principios esenciales del proceso con todas las garantías, del derecho de defensa, del principio de igualdad, del Convenio Europeo de Derechos Humanos, lesión del derecho a la presunción de inocencia del artículo 24 de la Carta Magna y violación del principio acusatorio que prohíbe acusar y condenar por un hecho diferente del que no ha existido antes posibilidad de defenderse.

Admite que la declaración incriminatoria de un coimputado es prueba legítima desde la perspectiva constitucional, pero cuando se produce sin posibilidad de contradicción por la defensa del acusado, no puede utilizarse como hizo el fiscal.

En este sentido, ha indicado que “la prueba de cargo” de la Fiscalía contra Griñán ha sido la declaración de Manuel Gómez ante el Tribunal Supremo y su ratificación en este juicio, quien “no se acogió a su derecho a guardar silencio y a no contribuir a su propia incriminación, sino al contrario, se sometió al interrogatorio del fiscal, no se sabe si buscando hacerse beneficiario de una previsión más benevolente de las acusaciones a cambio, no se olvide, de servir de prueba de cargo contra el coacusado que no tuvo oportunidad alguna de interrogarle”.

“Es cierto que en su posición de imputado no se le podía obligar a contestar, cosa diferente es la utilización de su testimonio por el Fiscal”, ha advertido Mohedano, que también ejerce la defensa del ex director general de Presupuestos Antonio Lozano en este juicio.

PROPÓSITO DE “EXCULPACIÓN A COSTA DE OTRO INCULPADO”

Para Mohedano, el relato del coimputado “no resulta en absoluto corroborado con el rigor que requiere una prueba”, que ha calificado de “sospechosa”, porque proviene de persona imputada que no está obligada a decir verdad --Gómez no estaba imputado en el momento que declaró en el Supremo--; “interesada, ya que de su contenido aflora el propósito de exculpación a costa de otro inculpado”; “sin calidad”, ya que no se ha sometido al examen contradictorio de la defensa, medio imprescindible de garantizar la información; “aportada de forma parcial y fragmentaria”, omitiendo la Fiscalía todo lo que a continuación declaró Gómez ante el fiscal del Tribunal Supremo y lo que en este juicio ha manifestado y lo que han declarado todos los interventores en esta vista oral; y por último, “contradictoria argumentalmente” con las propias afirmaciones e informes de los fiscales en este juicio.

A todo esto, “por qué, en base a qué precepto legal, iba el consejero de Hacienda a tomar decisiones, si el propio fiscal considera evasivos y ambiguos los informes de la Intervención, que no utilizó mecanismos para impedir el procedimiento, si está demostrado que nunca recibió el informe adicional de 2003, que nunca fue informado del mismo, que nunca se le informó por los interventores actuantes o por el interventor general de riesgo de menoscabo o de menoscabo efectivo de fondos públicos”.

Mohedano, que ha comenzado su intervención solicitando una sentencia absolutoria para Griñán, consejero entre los años 2004 y 2009, cuando accedió a la Presidencia de la Junta, ha señalado que cuando éste llegó a la Junta las transferencias de financiación con fondos del programa 31L desde la Dirección General de Trabajo al Instituto de Fomento de Andalucía (IFA) para pagar las ayudas ya se habían recogido en tres presupuestos.

Otra cuestión abordada en profundidad por la defensa de Griñán ha sido que éste no tuvo conocimiento del informe adicional al de cumplimiento de Control Financiero Permanente de IFA de 2003 y realizado en el año 2005, que se realizó por la Intervención después de analizar 20 expedientes de concesión de ayudas y recogía una serie de irregularidades, informe que se ha hecho “famoso ahora” y que sirve de apoyo a las acusaciones para señalar que Griñán “tuvo que conocer las irregularidades”.

“No pudo ser responsable ni de aquello que no se puso en su conocimiento ni tampoco conoció por otros medios”, añade el abogado del expresidente.

“NO CONCRETAN CÓMO TUVO CONOCIMIENTO”

“Es significativo que las acusaciones siempre hablan de 'tuvo que conocer', 'debió conocer', 'pudo conocer', 'debía haber conocido', pero no se concreta cómo tuvo conocimiento. Jamás se remitió al consejero de Hacienda y nunca se puso en su conocimiento el contenido del mismo, ni este informe ni los de cumplimiento”, porque no se proponía actuación alguna por parte de Griñán, dado que los interventores de la Junta han declarado unánimemente que nunca apreciaron la existencia de menoscabo o de riesgo de menoscabo de fondos públicos.

El interventor general de la Junta dirigió el informe adicional a la exviceconsejera de Hacienda, la también acusada Carmen Martínez Aguayo, que ha declarado que “nunca lo trasladó a Griñán”, porque “no se comunicaban hechos ilegales o presuntamente delictivos” ni se apuntaba actuación alguna de la Consejería.

La defensa ha apuntado que después del informe adicional de 2003 jamás se volvió a analizar por la Intervención de la Junta expedientes de concesión de las ayudas. Informe, que como señalaron los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), carece de regulación legal específica y no sustituye al informe de actuación. “Para todo es bueno Turrión (IGAE), menos para esto”, ha apuntado Mohedano.

De otro lado, ha indicado que, “hoy, a la vista de todas las averiguaciones efectuadas, podemos saber que en la gestión del programa 31L pudieran haberse producido actuaciones contrarias a derecho, pero en aquellos momentos todos los interventores no detectaron no ya menoscabo o responsabilidad contable, si no riesgo de menoscabo”.

Por último, el abogado, que continuará este miércoles con su informe, ha recordado que ya el instructor del Tribunal Supremo, en junio de 2015, señaló que no constaba datos indiciarios incriminatorios contra Griñán como presunto autor de un delito de malversación, no habiéndose practicado prueba alguna al respecto desde entonces.

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