Archivada la denuncia penal del gerente andaluz de emergencias contra un delegado de prevención que pidió más protección ante la COVID-19
El Juzgado de Instrucción número 11 de Málaga ha archivado la denuncia por desobediencia presentada por José Luis Pastrana, director gerente de la Empresa Pública de Emergencias Sanitarias (EPES) en Andalucía, contra un enfermero del 061 en Málaga, miembro del comité de empresa y delegado de prevención, que se quejó de la falta de medidas de protección ante el coronavirus al inicio del estado de alarma. En auto fechado el 22 de mayo el juzgado decreta el archivo del caso al no ser los hechos constitutivos de infracción penal.
Pese a que contra la resolución judicial cabía recurso, la empresa no se llegó a personar en el proceso y no puede presentarlo ya que, según informan fuentes de EPES, simplemente procedió a dar el llamado tanto de culpa al juez en cumplimiento del art. 10 de la Ley 4/1981 de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio, una vez abierto el expediente contra el empleado público, que fue suspendido de forma inmediata en el ejercicio de sus cargos el 24 de marzo, como ya informó este periódico.
Los hechos se remontan al pasado 20 de marzo cuando el trabajador, con más de 20 años de trayectoria en el 061 de Málaga, acudió a la sede provincial de emergencias, ubicada en el Parque Tecnológico de Andalucía, y recriminó a las delegadas de prevención de la empresa Ilunion, concesionaria del 061 en Andalucía, que no se estaban tomando las medidas de prevención adecuadas.
“El Príncipe de Asturias no es para Javi”
Según el relato de los hechos por parte de EPES, publicado en este medio, el enfemero accedió a la sala de coordinación “sin autorización ni causa justificada”, “desatendió el servicio” en el Hospital Clínico de Málaga“, ”perturbó la prestación del servicio a las asistencias de urgencias y emergencias en el centro de coordinación“, e ”incumplió las normas previstas de seguridad e higiene que prohibía el acceso de personal no autorizado a la sala de coordinación, debido a la situación epidemiológica por el virus Covid-19“.
El expediente donde se le achacan hasta seis faltas (tres graves y tres muy graves) está sin resolver dos meses y medio después de los hechos, pese a lo cual el enfermero se ha reincoporado a su puesto recientemente, una vez ha rechazado una propuesta de la empresa de aceptar 42 días de suspensión de empleo y sueldo. A su juicio, además, las supuestas faltas estarían ya prescritas. “Jamas se ha sancionado a un representante sindical por su actividad para defender a trabajadores de la Junta de Andalucía”, señala a este medio Eduardo Reina, también enfermero y delegado sindical de CGT, que incluso ha difundido una petición en la plataforma change.org llamada 'El Príncipe de Asturias no es para Javi'. “Su único delito, cumplir con su deber”, dice el texto.
El enfemero ya argumentó que “en ningun momento” abandonó su puesto de trabajo ya que pidió permiso para acudir a sala de coordinacion a su superior inmediato, médico coordinador, explicándole los motivos que le llevaban a ello y él le autorizó. En las últimas alegaciones presentadas el 15 de mayo por el trabajador expedientado denuncia que no se haya puesto a su disposición ni practicadas todas las pruebas que solicitó “en tiempo y forma” en el descargo ya presentado en marzo, entre ellas la transcripción de la llamada telefónica en la que el trabajador pidió permiso a su superior inmediato para acceder a sala de coordinación y este se lo concedió.
Nueva norma “sin notificar”
Según explica el trabajador, la norma de no poder acceder a sala por la situación excepcional de alarma “no se había comunicado ni como miembro de comité de empresa, ni como delegado de prevención, ni como trabajador”. La primera vez que se muestra el cartel, que la empresa presenta como prueba, fue “cuando, en el día de los hechos, posterior a la entrada a la sala de coordinación”, el coordinador asistencial lo muestra tras cerrar la puerta de entrada a la sala de coordinación, que se encontraba abierta como medida preventiva para circulación de aire“.
Añade, entre sus diversas alegaciones, que por la tarde recibió un correo de la
directora donde se recordaba la prohibición de entrar a sala a los equipos asistenciales, “una norma que hasta ese momento no había sido notificada”. “La supuesta comunicación previa al 'recordatorio' se solicitó como prueba pero no ha
sido facilitada ni presentada en ningún momento. La ausencia de esta prueba demuestra que no había una notificación previa al de recordatorio donde se
realizase la prohibición expresa de entrada en la sala“, explica el enfemero.
Según recuerda, su visita aquel 20 de marzo a la sala de coordinación como delegado de prevención se produjo “por la multitud de quejas recibidas por parte de la plantilla en los días anteriores”, cuando “se había aumentado el número de trabajadores con alumnos de teleoperación, enfermeros coordinadores, técnicos de emergencias, donde se compartían equipos, incluidos auriculares y micrófonos y además no se había aumentado la limpieza en sala. Los equipos tenían que reponer los EPI y firmar su recogida en Sala y además continuaban rotando los trabajadores por turnos de coordinación y turnos asistenciales. Las únicas medidas que se habían adoptado hasta ese momento fue mantener la sala aireada abriendo la puerta y ventanas, y dar gel y toallitas desinfectante a los trabajadores”, describe.
EPES ya lamentó en su momento que se produjera esta situación en el 061 de Málaga “que en ningun caso es representativa de la magnífica actuación que están llevando a cabo el conjunto de los profesionales del 061 en estas difíciles circunstancias”.
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