Canarias prorroga hasta el día 17 de enero el control de pruebas COVID a los viajeros

Cribado realizado para detectar coronavirus

Efe

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La Consejería de Sanidad del Gobierno de Canarias ha prorrogado hasta el 17 de enero la realización de cribados para contener la transmisión de la COVID-19 mediante pruebas diagnósticas de infección activa (PDIA) a los pasajeros que lleguen a Canarias procedentes del resto del territorio nacional por vía aérea o marítima.

Esta prórroga será publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) y estará vigente desde el lunes 11 de enero, ha informado este viernes la Consejería.

Entre el 18 de diciembre y el 6 de enero llegaron a los aeropuertos canarios un total de 94.610 pasajeros procedentes de otras regiones españolas. Todos ellos tuvieron que pasar por el punto de control habilitado por el Servicio Canario de la Salud (SCS) en los seis aeropuertos que operan con vuelos nacionales, en los que debían acreditar mediante certificado un resultado negativo en una PDIA realizada con una antelación máxima de 72 horas antes de su llegada al aeropuerto.

Sanidad explica que de estos 94.610 pasajeros, 80.877, es decir, el 85%, aportaron a su llegada un certificado de PDIA negativa. De este total, 61.850 no se alojaron en establecimientos turísticos, tratándose, en su mayoría, de residentes en Canarias que retornaron a las islas para pasar las fiestas navideñas.

El 15% restante de los 94.610 pasajeros que no aportó certificado de PDIA negativa debió mantenerse en aislamiento hasta la obtención de un resultado negativo de una prueba diagnóstica realizada en destino.

A los pasajeros residentes en Canarias que llegaron sin PDIA hecha en origen se les dio la posibilidad de concertar una cita a través de la línea telefónica 900 112 061 para la realización de la prueba de manera gratuita, mientras que a los no residentes se les facilitó un listado de laboratorios autorizados por el SCS en los que realizarse la PDIA en las 72 horas posteriores a su llegada.

Resultados positivos en las pruebas

En cuanto pasajeros residentes que viajaron con PDIA y se hicieron la prueba en alguno de los laboratorios de la red concertada por el SCS se detectaron un total de 196 positivos (176 por PCR y 20 por test de antígenos), lo que equivale a un porcentaje de positividad del 1%.

En cuanto a los resultados más destacados obtenidos en la red de laboratorios concertada por el SCS, en la Comunidad de Madrid se detectaron 114 positivos en las 6.839 PCR realizadas, lo que supone una tasa de positividad del 1,67%, en Granada se detectó una tasa de positividad del 4,23%, ya que 21 de las 496 PCR realizadas fueron positivas, mientras que en Toledo, con seis positivos de las 196 PRC realizadas, la tasa de positividad se sitúa en el 3,55% .

Cuando un pasajero llega a Canarias procedente de otra región del territorio nacional, debe entregar un certificado de PDIA negativa en los puestos de control establecidos para tal efecto por la Consejería de Sanidad en los aeropuertos canarios que reciben vuelos nacionales. Los viajeros que realicen transbordo de aeropuerto entre islas deben acudir al control del primer aeropuerto en el que desembarquen para presentar su certificado de prueba diagnóstica negativa.

Los viajeros que no presentaron el certificado, o que el mismo no fue validado, quedan identificados, registrados y son emplazados a realizar aislamiento hasta obtener el resultado negativo de una prueba diagnóstica en destino.

Pruebas admitidas

Las pruebas diagnósticas de infección activa admitidas, a elección del pasajero, son PCR, test rápidos de detección de antígenos de SARS-CoV-2 con una especificidad de más del 97% y una sensibilidad de más del 80%, de acuerdo con la homologación correspondiente de un país de la Unión Europea o del espacio económico europeo o la Amplificación Mediada por Trascripción (TMA).

La Consejería de Sanidad recuerda que la prueba diagnóstica, tanto en origen como en destino, será gratuita para los viajeros residentes en Canarias que procedan del resto del territorio nacional y realicen la prueba en los centros Eurofins Megalab concertados por el Servicio Canario de la Salud para tal efecto.

En los restantes casos, el pasajero asumirá el coste de la realización de la PDIA, que tendrá un precio especial en los centros concertados por el SCS.

La documentación acreditativa de la prueba deberá ser el original, redactada en español, en formato papel o electrónico y debe indicar el nombre del viajero, número de pasaporte o DNI, fecha de realización de la prueba, identificación y datos de contacto del centro sanitario autorizado que realiza la prueba, técnica empleada y resultado negativo de la prueba.

En el supuesto de pruebas de antígenos deberá reflejar asimismo la especificidad y sensibilidad homologada.

Los interesados o los laboratorios, previa autorización expresa de los interesados, remitirán los resultados analíticos por vía electrónica al Servicio Canario de la Salud, a la dirección pdiasviajes@gobiernodecanarias.org, con anterioridad a su llegada a Canarias.

En los supuestos de autorización expresa para el tratamiento de datos, la remisión de los resultados será obligación de los laboratorios.

En los supuestos en los que no se otorgue dicha autorización expresa, la remisión de los resultados será obligación de los interesados, que deberán remitir la documentación acreditativa de la prueba a la dirección de correo electrónico señalada, haciendo constar en el asunto del correo el número de vuelo o travesía y la fecha de llegada del mismo.

La Consejería de Sanidad dispone de un operativo de puntos de control COVID-19 en los seis aeropuertos canarios que operan con vuelos nacionales en los que se solicita la acreditación del resultado de la PDIA.

En el supuesto excepcional de que el pasajero no se hubiera realizado la PDIA en las 72 horas previas a la llegada, se deberá aislar en su residencia y realizarse una PDIA en las 72 horas siguientes a su llegada, debiendo remitir el resultado al SCS.

El aislamiento deberá mantenerse hasta la obtención y remisión de prueba diagnóstica negativa o, en su caso, el alta epidemiológica. Quienes no se realicen la PDIA, deberán guardar aislamiento en su residencia durante 10 días y quedan expuestos a la sanción prevista.

Las agencias de viaje, los operadores turísticos y compañías de transporte aéreo o marítimo y cualquier otro agente que comercialice billetes deberán informar a los pasajeros, en el inicio del proceso de venta de los billetes con destino a Canarias, de las obligaciones derivadas de la Orden.

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