La mujer que mató a su hijastro a palos en Gran Canaria: “No pude controlar la mano”

La acusada, durante el juicio

EFE

Las Palmas de Gran Canaria —

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La acusada de asesinar a palos a su hijastro de 9 años en el piso de la capital grancanaria donde vivía junto a su pareja y el descendiente de ambos ha dicho este miércoles ante un Jurado constituido en la Audiencia de Las Palmas que la víctima “odiaba” a su hijo, que es “su todo”.

En este juicio, la Fiscalía solicita prisión permanente revisable para la procesada, Na L., a quien imputa delitos de asesinato y maltrato habitual, y dos años de cárcel para el padre del menor fallecido, Rongchao H., al considerar que no hizo nada para evitar las lesiones continuadas que sufrió el niño a manos de su madrastra desde que en 2015 llegara a vivir al domicilio familiar.

La acusación particular, que representa a la madre del menor muerto, también acusa a la procesada de un asesinato y de malos tratos continuados, delito este último que también imputa al padre.

La defensa de Na L. solicita que los hechos que se juzgan se califiquen como homicidio y que el Jurado tenga en cuenta “el momento de locura que pudo haber sentido para no poder controlar ni su cuerpo ni su mente y llegar a un final tan doloroso para una madre, como es ella”.

Por su parte, el abogado de su expareja y padre del niño fallecido alega que él fue “otra víctima” que no puede ser condenado porque desconocía lo que ocurría en casa cuando estaba trabajando.

A preguntas del Ministerio Fiscal, la acusada ha reconocido que la tarde del 8 de mayo acabó con la vida de la víctima tras agredirle durante 40 minutos con un palo de madera de 25 centímetros de largo, cinco centímetros de ancho y punta metálica, después de que el menor hubiera molestado y pegado previamente en la cabeza a su hijo y dijera que le odiaba.

“No pude controlar la mano. La cabeza me decía que parara, que igual el niño había muerto, pero estaba muy enfadada y fui egoísta y sólo pensé en mi hijo”, ha manifestado Na L.

La procesada ha admitido que el menor fallecido y su hijo no se llevaban bien y ha dicho que la relación de su hijastro con ella fue buena al principio, hasta el punto de que a los dos meses de llegar al domicilio familiar el niño comenzó a llamarle “mamá”, pero luego “fue a peor” porque no le hacía caso, no la respetaba, no quería estudiar y le repetía que les odiaba a ella y a su hermanastro.

La procesada ha asegurado que trató de corregir esas actitudes y “cambiar el futuro del niño” y que por eso le pegaba, siempre en ausencia del padre, que trabajaba como cocinero casi todo el día fuera de cada y que no lo veía cuando llegaba por la tarde y por la noche, bien porque ella se lo llevaba al parque o al supermercado, o porque el menor ya dormía.

Debido a sus obligaciones laborales, tampoco supo que el niño había acumulado 65 faltas a clase, ha asegurado ante el Jurado su padre, quien ha admitido que una vez reprendió a su expareja por una cicatriz que le vio al niño en la cara y que, según le dijo la mujer, se había hecho después de que ella le empujara.

“Le dije que no podía tratar así al niño, sino que tenía que razonar con él”, ha manifestado el también acusado, quien ha asegurado que en otra ocasión vio que el menor cojeaba y le dio un masaje, pero nunca sospechó que su excompañera sentimental pegara habitualmente al pequeño.

La acusación pública considera que desde que la víctima comenzara a vivir en el domicilio familiar, la procesada, “con evidente ánimo de menoscabar su integridad física”, le produjo distintas lesiones, como quemaduras y fracturas diversas, sin que el niño fuera atendido de estas heridas en centro de salud alguno.

El Ministerio Público exige a ambos procesados que indemnicen a la madre del menor fallecido con 120.000 y 30.000 euros, respectivamente, además de con otros 30.000 euros con carácter solidario respecto de ambos.

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