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Una sentencia avala parte del polémico Circuito del Motor de Tenerife y deja el proyecto en un limbo

Infografía del circuito del motor

Toni Ferrera

9 de enero de 2025 21:03 h

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Lío judicial en relación con el polémico proyecto del Circuito del Motor de Tenerife. El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de Santa Cruz de Tenerife ha desestimado el recurso presentado por la Asociación Tinerfeña de Amigos de la Naturaleza (ATAN) contra una de las partes de la iniciativa y ha avalado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de la misma, entrando en contradicción con lo expuesto hace poco más de una semana por otro juzgado de la capital tinerfeña.

La sentencia versa sobre uno de los cuatro proyectos en los que el Cabildo de Tenerife, promotora de la actuación, dividió el Circuito del Motor hace dos años en un nuevo impulso por acelerar su construcción. En concreto, se centra en el Proyecto Modificado de la Fase II del Acceso Norte al complejo. ATAN recurrió su aprobación por la “ineficacia” del Proyecto de Actuación Territorial (PAT) en el que se apoya la iniciativa y también de la DIA, publicada hace catorce años. Ambos planteamientos han sido rechazados por el juez, pero es el segundo en el que suscita la mayor controversia.

La DIA del Circuito del Motor, una obra pública cuyo gasto asciende a más de 50 millones de euros y que ha generdo numerosas críticas en la isla, fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias (BOC) el pasado 30 de septiembre de 2011. En ella, quedó establecido que la resolución caducará a los cinco años “si no se comienza la ejecución del proyecto”.

El Cabildo de Tenerife defiende que el 22 de agosto de 2016, es decir, alrededor de un mes antes de que caducara oficialmente la DIA, se suscribió el acta de comprobación de replanteo de la obra, dando comienzo a la misma al día siguiente. Sin embargo, la empresa contratada para su ejecución, Onda Rossa SL, apenas avanzó en los trabajos en los meses posteriores, lo que derivó en la resolución de su contrato ante el “evidente estado de abandono” en que se encontraba la zona de actuación, reconoció la Corporación insular.

ATAN considera que la DIA caducó al no haberse producido avances significativos en el plazo de cinco años entre 2011 y 2016 en el que debía comenzar la ejecución del proyecto. El Defensor del Pueblo también concluye lo mismo. Pero el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo Número 2 de la capital tinerfeña se ciñe estrictamente a las fechas señaladas y resuelve que, “más allá de que las obras desarrolladas fueran escasas o de que incluso tal lentitud diera lugar a la resolución del contrato”, el plazo de cinco años para iniciar el proyecto “no se rebasó”.

El juez desestima el recurso de ATAN y le impone el pago de las costas procesales. El fallo, notificado este 7 de enero, entra en contradicción con la resolución de otro juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en este caso el Número 1, que sí estimó hace poco más de una semana el recurso de la asociación ecologista al entender que la “intervención mínima” realizada por Onda Rossa SL en la unidad de actuación del Circuito del Motor “no puede ser admisible” para que la DIA continúe vigente de manera indefinida.

De acuerdo con esa sentencia, el “simple hecho de que durante un corto periodo de tiempo [agosto de 2016-enero de 2017] se hayan realizado actuaciones en el terreno” no implica que pueda obtenerse una Declaración de Impacto Ambiental “sin plazo de caducidad”. El fallo razona que retrasar la ejecución de un proyecto después de publicar la declaración “frustraría los fines del procedimiento ambiental”, ya que ahora, años más tarde, tendrían que aplicarse “nuevos conocimientos y técnicas disponibles (...) acorde con las nuevas exigencias ambientales”.

En la misma línea ha ahondado el Defensor del Pueblo. El año pasado, el órgano emitió un pequeño informe en el que señala que “no basta” con acreditar el inicio de las obras mediante el acta de replanteo para evitar que la DIA caduque. Estas “deben avanzar y desarrollarse con normalidad, con el fin de que los trabajos se ejecuten en los plazos previstos”. Si no ocurre así, “la evaluación ambiental queda obsoleta”. Hasta la propia Unidad de Apoyo de la Comisión Ambiental de Tenerife (CEAT) aconsejó elaborar una nueva evaluación ambiental del Circuito del Motor, pero su propuesta fue ignorada.

En la zona donde se proyecta el polémico proyecto, además, han aparecido recientemente dos especies de protección especial que no estaban contempladas en el primer informe ambiental: Plantago asphodeliodes, un tipo de hierba conocida comúnmente como llantén fino o cola de ratoncillo, y Herniaria canariensis, un pequeño arbusto cuyo nombre común es milengrana tinerfeña. Ambas están incluidas en el Catálogo Canario de Especies Protegidas, en la categoría de protección especial.

Una fuente de ATAN ha confirmado que van a recurrir esta sentencia que avala la DIA del Circuito del Motor. La asociación presentó recursos contra las cuatro actuaciones que comprenden la iniciativa. El primero fue estimado y el segundo, no. Aún quedan por dirimirse en los tribunales los últimos dos proyectos: el de adaptación del circuito al plan de defensas contra avenidas y el de la pista de velocidad.

El Cabildo de Tenerife, por su parte, ha decidido no hacer declaraciones a esta redacción. El pasado lunes, el periódico El Día informó que la Corporación iba a recurrir el primer fallo que frena uno de los proyectos de la obra, el relacionado con sus gradas.

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