CCOO denuncia el despido de AON Mobile de las nueve trabajadoras de su candidatura sindical
Comisiones Obreras de Cantabria ha denunciado en el Organismo de Resolución Extrajudicial de Conflictos Laborales (Orecla) el despido por la empresa de telemárketing AON Mobile de Cartes de las nueve trabajadoras que formaban parte de la candidatura del sindicato.
Para CCOO, se trata de despidos nulos y hay “indicios” de que “la verdadera causa es impedir la candidatura sindical”, ha señalado la organización en una nota de prensa.
Así, según ha explicado el sindicato, el pasado 5 de abril la empresa, con 288 trabajadores, comunicó a las nueve mujeres su despido en base al artículo 54.2e del Estatuto de Trabajadores, es decir por “disminución continuada y voluntaria en el rendimiento de trabajo normal o pactado”.
Sin embargo, dos de ellas habían renovado su contrato temporal “solo cinco días antes” y, ante todo, ha recalcado el sindicato, las nueve iban a formar parte de la candidatura de CCOO en las elecciones sindicales que están a punto de ser convocadas en la empresa.
Por este motivo, el pasado 13 de abril, la Federación de Servicios de CCOO en Cantabria presentó en el Orecla una demanda por “despido nulo o subsidiariamente improcedente” al grupo de empresas encabezadas por AON Mobile que se rigen por el convenio colectivo de esta última.
Los servicios jurídicos del sindicato señalan en la demanda que “la invocación nominal y retórica el artículo 54.2e para todas las trabajadoras el mismo y la selección de candidatas constituyen indicios suficientes de que la verdadera causa del despido es impedir su candidatura, lo que constituye una vulneración de su libertad sindical”.
CCOO recuerda, además, que el dueño de AON Mobile, Alfredo Pérez Fernández, ya realizó una “operación similar” en 2012 en otra de las 34 empresas de su propiedad, Tiendas Conexión, cuando despidió a los 13 candidatos del sindicato; despidos que la justicia consideró nulos.
Las trabajadoras despedidas se desempeñaban como teleoperadoras y algunas llevaban ocho años de servicio en diferentes empresas del grupo de telemárketing. En dos casos, los contratos eventuales terminaron el 31 de marzo y fueron renovados el 1 de abril. Cinco días después fueron despedidas por “disminución continuada y voluntaria del rendimiento”.
Para la secretaria general de la Federación de Servicios de CCOO, Marta Careaga, “es evidente que la empresa sabe que el despido es improcedente, por eso acude a ese artículo vago e imposible de demostrar”. Añade que “este empresario ya es conocido por la vulneración de los derechos sindicales de las personas afiliadas a determinados sindicatos· y ”claramente, CCOO no está en su lista de favoritos“.