El Tribunal de Cuentas cuestiona las operaciones de Ecomasa, Racing y Puerto de Laredo
El Tribunal de Cuentas ha aprobado el Informe Anual de Fiscalización de la Comunidad Autónoma de Cantabria correspondiente al ejercicio 2015, en el que ha advertido de deficiencias de procedimiento, así como de las “pérdidas” para la región de 18 millones de euros en Ecomasa y del hecho de que el Gobierno no hubiera actuado para el reintegro de las subvenciones concedidas al Racing Club.
Respecto a este último, el Tribunal señala que, aunque en el convenio suscrito el 30 de enero de 2006 por la Comunidad con el Racing se señala que su incumplimiento sería causa de resolución con el reintegro de las subvenciones abonadas, y que en el acuerdo de 21 de marzo de 2016 se declara la inviabilidad de la consecución de los objetivos recogidos en el citado convenio, no se han ultimado actuaciones en la mencionada línea.
Y respecto a Ecomasa, apunta que los diferentes compromisos y aportaciones del Instituto de Finanzas de Cantabria (ICAF) y de la Sociedad para el Desarrollo Regional de Cantabria (Sodercan) al proyecto en forma de avales, préstamos y participación en capital “pueden desembocar en unas pérdidas para la Comunidad que se aproximarían a los 18 millones de euros”. Además, durante el procedimiento de asunción de compromisos y aportaciones públicos “se presentaron diversas incoherencias en el proyecto señalado que no fueron advertidas por los mecanismos de control interno instaurados por la Comunidad Autónoma”.
También destaca que la memoria de la Cuenta de la Administración General no contenía información ni del riesgo económico ni de los “potenciales desembolsos” presupuestarios para la Comunidad Autónoma derivados de la situación del contrato de concesión de obra pública para la construcción del puerto pesquero y deportivo de Laredo.
Por otra parte, censura que el personal interino del Servicio Cántabro de Salud representaba el 28% de los puestos ocupados de plantilla, de forma que, en 2015, menos 127 de sus trabajadores se encontraban en comisiones de servicio con duración superior a cuatro años, “lo que cuestiona el uso de esta figura con el carácter temporal previsto en la normativa”.
Asimismo recoge que se dejaron de imputar al presupuesto de 2015 gastos realizados en dicho ejercicio por importe de 86 millones de euros, aplicándose al mismo 55 millones por gastos realizados en ejercicios anteriores. Se trata de unas actuaciones “que no respetan el principio de temporalidad recogido en el artículo 46 de la Ley de Finanzas de Cantabria, si bien están amparadas en las salvedades establecidas a dicho principio en el artículo 33 de la citada Ley”, dice el Tribunal.
Cuenta general
El informe concluye que la estructura de la Cuenta General de la Comunidad Autónoma del ejercicio 2015 no cumple la Ley de Finanzas de Cantabria, al no presentarse las subcuentas que la debían conformar ni de forma agregada ni consolidada.
También, que aunque las cuentas anuales individuales de la Administración General y de las entidades del sector público autonómico se han rendido dentro del plazo, cuatro organismos autónomos (entre ellos, el Servicio Cántabro de Salud) “siguen sin elaborar cuentas específicas”.
Tampoco se ha elaborado un informe sobre el seguimiento de los expedientes de reintegro y sancionadores derivados del ejercicio del control financiero; y las consejerías con organismos autonómicos adscritos no han ejercido controles de su eficacia, y tampoco se ha efectuado dicho control para la Agencia Cántabra de Administración Tributaria, como prevé la ley.
Las cuentas individuales de la Administración General de la Comunidad, con carácter general, se presentaron de acuerdo con los principios y normas contables, apunta el Tribunal, que, no obstante, ha observado “deficiencias” en relación a operaciones de inmovilizado. Asimismo, dice que “las debilidades detectadas en el inventario siguen condicionando este documento a la hora de ser reflejo de la realidad patrimonial de la Comunidad Autónoma.
El importe del remanente de tesorería sigue siendo negativo en 2015 y se ve afectado por las deficiencias detectadas en la información sobre los fondos líquidos.
Objetivo de déficit
Cantabria incumplió el objetivo de déficit fijado para el ejercicio 2015. Según se determina en el informe elaborado por el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas en octubre de 2016, la necesidad de financiación ascendió a 195 millones de euros, lo que supuso el 1,61% del PIB regional frente al objetivo del 0,7%.
La regla de gasto también fue incumplida aunque se cumplió el objetivo de deuda pública fijado para el ejercicio 2015.
La Comunidad Autónoma no declaró los sectores y categorías profesionales considerados prioritarios de cara a la excepción de la prohibición de contratar personal temporal y nombrar funcionarios interinos. La mayor parte de las empresas y fundaciones no han acreditado contar con manuales de procedimientos para la contratación del personal, dice el Tribunal.
Ni la Intervención General de la Administración de Cantabria ni parte de consejerías y entes de la Comunidad han acreditado la realización de controles y evaluaciones de los planes estratégicos de subvenciones. Además, en relación con la información que debe suministrar y recoger la base de datos autonómica de subvenciones, “se mantienen carencias relevantes”.
En el informe se reiteran la mayor parte de las recomendaciones incluidas en fiscalizaciones anteriores dado que no se ha apreciado la existencia de medidas para su efectiva implantación.
FISCALIZACIÓN
La fiscalización del Tribunal de Cuentas ha consistido en verificar si la rendición de las cuentas por todas las entidades que componen el sector público de la Comunidad Autónoma se ha hecho respetando las normas respecto a plazo, estructura y contenido y si se han presentado de acuerdo con los principios y normas definidos en los planes de contabilidad.
Además, se han analizado las liquidaciones de presupuestos, las cuentas patrimoniales, diferentes áreas de gestión (avales, endeudamiento, personal, gasto sanitario y subvenciones) y se ha comprobado si se han seguido las previsiones legales para la determinación y cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria.