Los residentes de centros sociales de la región podrán salir a hacer deporte excepto las personas mayores
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha publica este miércoles una resolución de la Consejería de Sanidad sobre las condiciones en las que se puede realizar actividad física no profesional al aire libre durante la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19 por los residentes en los centros residenciales de titularidad pública o privada, de atención a personas con discapacidad, de trastorno mental grave, comunidades terapéuticas y centro de atención especializada al menor, quedando excluidos, por el momento, los centros sociosanitarios de mayores, los centros de atención a personas con enfermedades crónicas y riesgo de exclusión social.
Según recoge la resolución, las personas de 14 años en adelante residentes en centros sociales de carácter residencial u otros servicios residenciales análogos de la región podrán realizar actividad física no profesional al aire libre durante la vigencia del estado de alarma. No podrán aquellas personas que presenten síntomas o estén en aislamiento domiciliario debido a un diagnóstico por la COVID-19, o que se encuentren en período de cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticado de la COVID-19, así como aquellas personas residentes en estos centros que presenten una situación de especial vulnerabilidad.
Tampoco podrán hacer uso de dicha habilitación los residentes en centros sociosanitarios de mayores y las personas incapacitadas o dependientes deberán ir acompañadas de una persona cuidadora. Los responsables del centro establecerán las medidas para adecuar el grado de necesidad de apoyo a la disponibilidad de personal para acompañamiento en el caso de que éste fuera necesario en función de la autonomía de la persona y la valoración de riesgos individuales y hacia el núcleo de convivencia.
Igualmente, en aquellos casos en los que por motivos de salud sea aconsejable una valoración especial de riesgo a juicio de los responsables del centro, podrían adoptarse medidas excepcionales limitativas a la aplicación de la presente Resolución, para determinados residentes de un mismo dispositivo. Esta excepción deberá comunicarse al residente y a la familia de manera motivada. El centro establecerá un protocolo de salida y retorno al centro, del que deberá informar a residentes y familiares garantizando que se toman todas las medidas de higiene y protección recomendadas a la población general (distanciamiento social, uso de mascarillas, entre otras).
Los responsables del centro deberán comunicar cualquier incidencia relacionada con la salida e incorporar en la actividad terapéutica la evaluación y valoración de la misma. En el caso de los centros residenciales terapéuticos el régimen de salidas se establecerá respetando la normativa de referencia pero, teniendo en cuenta los objetivos de su plan de trabajo individual. La presente resolución producirá efectos desde su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y mantendrá sus efectos con carácter excepcional durante la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas.
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