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La deliberación de la Fiscalía sobre la nulidad de las escuchas posterga el juicio del Brugal una semana

La exalcaldesa de Elche, la popular Mónica Lorente, a su llegada a la Audiencia de Alicante

Emilio J. Salazar

Alicante —

El tribunal de la Sección Séptima de la Audiencia de Alicante, con sede en Elche, que el pasado martes comenzó a juzgar la pieza del caso Brugal en relación a posibles irregularidades en el contrato de basuras de Orihuela ha atendido la petición de la Fiscalía y ha acordado postergar a los días 20 y 21 de marzo las intervenciones de los propios representantes del Ministerio Público en respuesta al planteamiento de las defensas en las cuestiones previas.

Estas acabaron en la tarde de este miércoles con un denominador común, la petición de la nulidad de las escuchas telefónicas realizadas por la Policía Nacional con autorización judicial y que están sirviendo como base para las acusaciones a 34 implicados, entre los que se encuentran los exalcaldes de Orihuela por el PP, José Manuel Medina y Mónica Lorente.

De esta forma, el juicio, que ya sufrió un retraso por la renuncia del anterior abogado del empresario Ángel Fenoll por enfermedad, se reanudará el próximo 20 de marzo, por lo que no se celebrarán sesiones los días 13 y 14 de este mes, como en un principio estaba previsto.

Fenoll, el conocido como “señor de la basura”, al que la Fiscalía Anticorrupción solicita 37 años y 8 meses de cárcel por los presuntos delitos de prevaricación, fraude, cohecho, tráfico de influencias, extorsión, coacciones, asociación ilícita, uso de información privilegiada y delito electoral, reclamó a través de su letrado que los pinchazos telefónicos deberían invalidarse porque “son exentas de toda proporcionalidad, no respetando el principio de especialidad ni el de estacionalidad, y desde ese momento se produce una inquisitio generalis” sobre Fenoll.

Los exregidores Medina el martes y Lorente el miércoles también se sumaron a esta petición de nulidad de las escuchas, cuestionando el primero el excesivo secreto de las actuaciones durante la fase de instrucción, con una duración de 36 meses, alegando la segunda que se decidiera sobre esa cuestión cuanto antes al no haber aparecido en las intervenciones policiales.

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