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La justicia vuelve a poner contra las cuerdas al CIS con una condena por la falta de contrato laboral de los encuestadores

CIS

Laura Olías

9 de julio de 2020 22:39 h

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Una jueza ha condenado al Centro de Investigaciones Sociológicas (CIS) por el despido improcedente de una de sus encuestadoras, a la que reconoce la existencia de la relación laboral con el organismo autónomo dependiente del Ministerio de Presidencia. La reciente condena, a la que ha tenido acceso elDiario.es, supone un nuevo tirón de orejas al CIS en relación al estatus de sus encuestadores: no tienen contrato laboral y facturan sus servicios en una modalidad similar a la de las personas que dan conferencias, con una tributación del 15% de IRPF. El Tribunal de Cuentas ya criticó el año pasado la vinculación de estos trabajadores con el CIS y, en 2002, una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya concluyó que ocho encuestadores eran trabajadores indefinidos. El actual presidente del organismo desde 2018, José Félix Tezanos, afirma a este medio que desde el inicio de su mandato ha realizado “muchos esfuerzos” para regularizar a estos trabajadores y es un compromiso que mantiene, como defendió el pasado mayo en el Congreso de los Diputados. El CIS, a través de la Abogacía del Estado, ha recurrido, sin embargo, la sentencia.

La trabajadora recurrió el despido ante los tribunales a través de su abogado Juan de la Lama a comienzos de marzo, después de que cesara su actividad como encuestadora del CIS tras realizar entrevistas para el organismo desde abril de 2019. El trabajo de este personal –“hasta 268 personas”, según el CIS– es intermitente, con la participación en las distintas encuestas que va lanzando el organismo público. “Solo eres colaboradora, no te hacen contrato de trabajo e insisten en que no hay relación laboral. Hay gente que está como autónoma y otras que no, lo que hacemos es presentar la factura diseñada por ellos de las encuestas que haces. Tiene que pagar el 15% a Hacienda, de IRPF”, explica la trabajadora.

La mujer comenta que hace años ya trabajó una temporada para el CIS, en 2015. “Llegó un momento en que no me volvieron a llamar, pero entonces no denuncié. Ahora que tengo más conocimiento, lo he hecho. No te dan de alta en la Seguridad Social y pueden prescindir de ti siempre que quieren y sin derecho a nada”, critica. El fin de su relación con el CIS llegó poco antes de que se desatara la pandemia, lo que le dejó sin ingresos. “Vino el coronavirus y hasta ahora. Sin trabajo y sin paro, porque no estaba dada de alta a la Seguridad Social”, sostiene.

Un problema que viene de lejos

La precariedad en la que se han encontrado algunos encuestadores del CIS durante la pandemia fue reconocida por el propio José Félix Tezanos en su comparecencia en mayo en el Congreso de los Diputados, donde sostuvo que varios trabajadores le habían expresado su situación de desamparo por no tener derecho a ninguna ayuda. “Uno de mis compromisos desde el primer momento y mi empeño es que hay que regularizar la forma de colaboración de estos encuestadores. Muchos de ellos son autónomos, pero las personas que hacen ese trabajo tienen que tener lógicamente un contrato con todos los derechos sociales”, afirmó el responsable del CIS en la Cámara Baja. “Merecen un trato digno. Tenemos presupuestos, ideas en el CIS para intentar resolverlo. Si no tenemos tiempo nosotros para arreglarlo, espero que otros tengan tiempo”, añadió.

A preguntas sobre este caso, Tezanos explica a elDiario.es que ha tratado de regularizar a los encuestadores desde que llegó al cargo en junio de 2018. El responsable entiende que estos entrevistadores podrían vincularse con el organismo mediante contratos indefinidos, en la fórmula de fijos discontinuos dadas las labores intermitentes que realizan, pero eso requiere un cambio legal, sostiene: “La transformación del CIS, que es un Organismo Autónomo, en una Agencia, porque ahora no se pueden hacer contratos fijos discontinuos”.

“Es prioridad fundamental del equipo directivo resolver esta circunstancia lo antes posible. Si bien, tras décadas sosteniéndose la situación, no es algo que pueda solventarse de forma rápida e implica a un gran número de actores y reformas normativas, con lo cual aún se está trabajando para poder dar una solución”, responden además desde el equipo de comunicación del CIS. El presidente del organismo destaca a este medio que tras su llegada se ha subido el sueldo a los encuestadores, que con anterioridad tenían las retribuciones congeladas.

Tercera condena en los tribunales

Esta nueva sentencia, del 4 de junio, del juzgado de lo Social número 38 de Madrid, es al menos la tercera condena al CIS que declara la relación laboral de sus encuestadores. La magistrada menciona parte de los argumentos de laboralidad de la sentencia de 2002 del Tribunal Superior de Justicia de Catalunya, que rechazó el recurso del organismo público a una primera condena que declaró el estatus laboral de ocho encuestadores. El CIS ha recurrido también esta nueva sentencia de primera instancia, según muestra el abogado Juan de la Lama, que colabora con CNT. Desde el centro de investigaciones explican que “las Administraciones Públicas, de forma ordinaria, recurren todas las sentencias condenatorias por recomendación técnica de los servicios jurídicos”.

La jueza concluye que no se puede afirmar que la trabajadora “actuara en el encargo del CIS con plena autonomía” y recuerda que el CIS proporcionaba el proyecto a la encuestadora, establecía su zona de trabajo, “prefijada y perfectamente delimitada”, así como los “tramos de edad y de sexo” de las personas que debía entrevistar, entre otras circunstancias. El CIS también entregó a la encuestadora una tarjeta identificativa del organismo, así como una 'tablet' para la realización del trabajo. Todos los elementos analizados llevan a la magistrada a concluir que existe una relación entre las partes, de modalidad discontinua.

El fallo declara el despido improcedente de la trabajadora, por lo que condena al CIS a readmitirla en las mismas condiciones anteriores al despido, con el abono de los salarios dejados de percibir en este plazo, o al pago de una indemización de 982,77 euros. Además, la jueza condena al organismo al abono de 813,3 euros brutos, más los intereses legales, por un trabajo pendiente de cobro.

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