Un juzgado ordena cerrar un piso turístico en Vigo por ser “molesto y perjudicial” para los vecinos
La sección sexta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha respaldado el cierre de un piso turístico en Vigo como reclamaba la comunidad de vecinos. Desestima un recurso de la propietaria de esa vivienda contra una sentencia anterior, que consideraba que la actividad es “molesta y perjudicial”.
La sentencia de la Audiencia indica que la ley de propiedad horizontal establece que al propietario y al ocupante del piso no les está permitido hacer “actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”. Recuerda que la comunidad propietarios de este edificio de Vigo incluyó en 2016 de forma expresa en sus normas la creación de pisos turísticos y que los estatutos originales, de 1998, ya impedían hacer actividades abiertas al público.
La vecina, que adquirió el inmueble en 2006, pero argumentó que no se le notificó el cambio de 2016, sí estuvo presente, según la sentencia, en una reunión de 2019 en la que los vecinos informaron de que iban a presentar una denuncia contra ella. El documento también indica que las conductas molestas se concretan en el “paso de desconocidos con entrega de llaves a zonas comunes y a horas intempestivas, movimientos de personas y maletas, música a alto volumen, cánticos, ruidos y otras perturbaciones como un fuerte olor a marihuana que se colaba en ocasiones por las cajas de las persianas” a los pisos superiores.
El tribunal concluye que el piso turístico supone una “violación” de los estatutos de la comunidad, tanto con el contenido previo al cambio de 2016 como con la redacción posterior y ordena a la propietaria dejar la actividad.
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