Unidas Podemos rechaza que el Gobierno recurra la sentencia que le obliga a indemnizar a la familia Couso
Unidas Podemos vuelve a posicionarse contra una decisión del Gobierno. En un comunicado, el grupo confederal se ha posicionado en contra del criterio de la Abogacía del Estado que recurrirá la sentencia de la Audiencia Nacional que obliga al Estado a indemnizar a la familia del cámara José Couso, asesinado en Iraq en 2003 por el ejercito de Estados Unidos.
En un comunicado, Unidas Podemos asegura, sin nombrar al Gobierno, que la sentencia de la Audiencia Nacional fue “clara” sobre la procedencia de la indemnización y la reparación establecida. “Seguiremos trabajando para que a la viuda, hijos y familia de José Couso les sea plenamente reparado el daño causado”, apunta la nota. De este modo, Unidas Podemos incide en su “apoyo” a la familia Couso y a su batalla judicial que ha tenido “inmensas dificultades”.
La Audiencia Nacional impuso al Estado español indemnizaciones a la mujer y los dos hijos de José Couso por valor de 182.000 euros en razón de la “omisión de protección diplomática” que sufrieron tras el asesinato del cámara de televisión en Irak en 2003 a manos de las tropas estadounidenses. La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del tribunal especial reconoce una indemnización en favor de la viuda de Couso de casi 100.00 euros y de más de 41.000 para cada uno de sus dos hijos menores cuando ocurrieron los hechos.
El Gobierno impugnará esta sentencia de la Audiencia Nacional. La Abogacía del Estado, que depende del Ejecutivo, considera “gravemente dañosos” para los “intereses generales” las consecuencias de ese fallo porque abre la puerta a que “cualquier particular” pueda “exigir” la protección diplomática del Estado frente a la actuación de otro país.
En el escrito de preparación del recurso de casación, la Abogacía del Estado dice que “no se trata solo de los profesionales de la información” y cita expresamente los casos de turistas, empresarios, cooperantes, trabajadores de ONG o misioneros que visiten o trabajen en zonas de conflicto. “La obligación de ejercer la protección diplomática, aún como obligación de comportamiento, dejaría al Estado muy mermado en su capacidad de maniobra al estar condicionado por las decisiones de particulares pertenecientes a grupos muy respetables pero minoritarios frente al resto de la población”, subraya el escrito, en el que se reitera que “la casuística es numerosa y con una virtualidad expansiva”.
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