Has elegido la edición de . Verás las noticias de esta portada en el módulo de ediciones locales de la home de elDiario.es.

Cuixart alega que el Supremo le condenó por ser soberanista y pide declarar inconstitucional el delito de sedición

Cuixart, en su empresa el primer día de trabajo tras salir de prisión

Oriol Solé Altimira

13

La sentencia del procés no solo vulneró los derechos fundamentales de los presos sino que además la sedición es un delito inconstitucional. Así lo sostiene el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart, en su recurso de amparo contra la sentencia del Tribunal Supremo que ha presentado este viernes ante el Tribunal Constitucional, como hicieran esta semana otros tres presos del procés de JxCat.

En su escrito, redactado por los letrados Benet Salellas y Olivier Peter, Cuixart, reitera el ejercicio de defensa de derechos fundamentales que realizó en el juicio del procés tras el que fue condenado a nueve años de prisión. Sostiene Cuixart que el juicio y el fallo del Supremo vulneraron su derecho al juez predeterminado por ley –la causa debería haberse enjuiciado en el TSJ catalán–, el derecho a la doble instancia –al juzgarse en el Supremo, la sentencia ya es firme–, el derecho a un juez independiente e imparcial, a la libertad y al derecho a la legalidad penal al realizar el Supremo un castigo desproporcionado por manifestaciones “pacíficas”.

Los recursos de amparo ante el Constitucional son un paso imprescindible antes de que los presos del procés puedan acudir al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), donde tienen puestas sus verdaderas esperanzas. La complejidad y la extensión de los recursos hacen prever que su resolución se alargue varios meses. Hasta ahora el Constitucional no ha avalado ninguna vulneración de derechos de los presos del procés durante la instrucción del caso, si bien una minoría de tres magistrados sí se mostraron en contra de la prisión preventiva.

La defensa del presidente de Òmnium otorga especial relieve a la vulneración del derecho de reunión que, a su juicio, ha provocado el Supremo. Acusa Cuixart al Supremo de mentir al sentenciar que “lideró el impedimento material de ejecución de decisiones judiciales” ya que el registro del 20 de septiembre se pudo celebrar pese a la manifestación en Economía, y la propia sentencia constata que el 1 de octubre “no hubo violencia generalizada”.

Al no considerar violentos los hechos del procés, argumenta Cuixart, el Supremo ha castigado con altas penas de prisión la sedición tomando este delito no para castigar un hecho concreto, sino para “imponer límites absolutos al ejercicio de los derechos fundamentales”, sin atender al contenido de los mismos. “Una manifestación pacífica no debería, en principio, quedar sujeta a la amenaza de una sanción penal, y especialmente a la privación de libertad”, apostilla el recurso citando una sentencia del TEDH.

Por contra, Salellas argumenta que el Supremo ha obviado la “justificación específica” obligatoria para castigar un delito y no ha justificado “ninguna conducta violenta” del líder de Òmnium “para poder desligar la misma de un ejercicio legítimo del derecho de reunión”.

En suma, para Cuixart el Supremo le condenó “por la intencionalidad” soberanista de las protestas que convocó, en un ejercicio de “desviación de poder” que ha tenido el objetivo de “castigar a la entidad cultural Òmnium Cultural y a su presidente por su activismo político, social y cultural con el único fin de provocar el fin de las protestas en pro de la independencia y del derecho a la autodeterminación de Catalunya”.

Y como suele ser habitual en Salellas, el letrado ha decidido plantear al Constitucional una cuestión novedosa, habida cuenta de que nunca antes de la sentencia del procés el tribunal de garantías había sido preguntado sobre el encaje constitucional del delito de sedición. A criterio de Salellas, la sedición “tanto en su perspectiva histórico como en su novedosa aplicación” en la sentencia del procés –la primera por este delito con el actual Código Penal de 1995– “lesiona derechos fundamentales”.

Su “ambigua y abierta” redacción, continúa Salellas, permite “un uso del delito de forma injustificada”, lo que según el letrado se ha traducido en un ejercicio de “desviación de poder” por parte del Supremo. Por todo ello Cuixart pide declarar inconstitucional el delito de sedición, aportando para ello las opiniones de catedráticos de derecho penal como José Manuel Paredes, que consideran este tipo “un instrumento prototípico del derecho penal autoritario”. Organizaciones internacionales como Amnistía Internacional también han pedido derogar la sedición.

Etiquetas
stats