La Fiscalía recurre al Supremo el tercer grado de los siete presos independentistas de Lledoners
La Fiscalía ha recurrido ante el Tribunal Supremo el tercer grado que el Departamento de Justicia de la Generalitat concedió a los siete líderes independentistas presos en la cárcel de Lledoners y que la juez de vigilancia penitenciaria avaló la semana pasada.
En sus siete recursos a la sala segunda del Supremo, a la que como tribunal sentenciador corresponde revisar la clasificación penitenciaria de los presos del procés, el fiscal pide que se les revoque la semilibertad, que a su entender el Govern les ha otorgado con el fin de “alterar la decisión condenatoria de la sentencia y su efectivo cumplimiento”.
La juez de vigilancia avaló la semana pasada el tercer grado de los exconsellers Oriol Junqueras, Raül Romeva, Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull y de los Jordis, aunque lo mantuvo suspendido a la espera de que resuelva el Supremo, tal y como solicitaba la Fiscalía.
A diferencia de los siete presos en Lledoners, la expresidenta del Parlament Carme Forcadell y la exconsellera Dolors Bassa -internas en las cárceles de Wad Ras y Puig de les Basses, respectivamente-, siguen disfrutando del tercer grado, puesto que los jueces de vigilancia correspondientes descartaron suspenderlo mientras resuelven sobre el fondo del asunto.
El escrito de la Fiscalía arremete contra la “política penitenciaria” del Departamento de Justicia, puesto que no persigue tanto la rehabilitación de los presos como “alterar” la sentencia y transmite el mensaje de “que puede quedar impune el haber convertido la propia voluntad en ley fuera de los cauces legalmente establecidos”.
La Fiscalía remarca que el tercer grado supone el “más alto nivel de libertad” en la clasificación penitenciaria y requiere que el interno esté en condiciones de hacer vida en semilibertad y que se hayan cumplido o “casi cumplido” todos los fines de la pena, lo que considera que no ocurre en el caso de los presos de Lledoners.
Para el ministerio público, el proceso de rehabilitación de los presos del “procés” en Lledoners “ha fracasado” porque mantienen “todos los déficits” que les llevaron a delinquir, como la “falta de respeto a las leyes y a los tribunales de justicia, creencia de un mandato superior del Parlament de Cataluña por encima del mandato constitucional y de las advertencias del Tribunal Constitucional, así como la creencia de poder arrogarse la capacidad para interpretar la voluntad popular”.
Como en sus anteriores recursos, insiste en que los presos siguen sin reconocer el delito y no han superado ningún programa específico de tratamiento, lo que, unido a la gravedad de los hechos y a la duración de las penas, comporta que deban seguir en segundo grado para evitar “vaciar” de contenido su condena.
En el caso del exvicepresidente Oriol Junqueras, subraya que los informes de la cárcel detallan que “continúa pensando que la vía unilateral impuesta por la fuerza” para conseguir la República “no es viable”, aunque ello, matiza la Fiscalía, “no supone en absoluto que no lo considere legítimo”.
En el caso de Jordi Cuixart, la Fiscalía argumenta que la evolución de su tratamiento “ha sido nula”, pues si bien reconoce los hechos por los que fue condenado “justifica todos y cada uno de los actos políticos” que llevaron al 1-O, como él mismo manifestó el primer día en que salió en tercer grado, en declaraciones a los medios y en una entrevista en TV3.
La Fiscalía considera una “distorsión” que los presos sigan defendiendo que actuaron democráticamente porque tenían un mandato superior del Parlament y un consenso social, y recuerda que lo democrático “no es imponer la voluntad propia aprovechándose de la situación de poder que se ostenta”, sino acatar las leyes y, si no se comparten, intentar cambiarlas por los cauces legales.
En este sentido, replica a la juez de vigilancia penitenciaria, que en sus escritos sobre la situación de los presos ha recriminado a la Fiscalía que pretenda que los presos abandonen su ideología, y resalta que no están condenados por su pensamiento sino “por la falta de respeto a las leyes democráticas”.
La Fiscalía coincide con la juez en que es legítimo que los presos defiendan su inocencia y no se arrepientan, pero advierte de que ello tiene “importantes consecuencias” a la hora de valorar si se ha cumplido el “fin primordial de reeducación”, ya que supone que no son capaces de diferenciar entre lo que es legal y lo que no.
Hasta ahora, el Supremo solo ha tenido una ocasión de pronunciarse sobre la flexibilización penitenciaria de los presos del “procés” y lo hizo para revocar las salidas laborales que se autorizaron a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell en virtud del artículo 100.2, que consideró “injustificable” puesto que a su parecer suponía un régimen de semilibertad “de facto”.
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