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El agujero negro laboral de los seguros: casi 17 años como falsa autónoma en una agencia de Santalucía

Edificio de una agencia de la compañía de seguros Santalucía.

Laura Olías

“¡La de los muertoooos!”. Entonando el anuncio, Petri (nombre ficticio) explica cómo hace años advertían de su llegada en muchos edificios de Málaga, en los barrios más deprimidos, “donde no tenían porterillo”. Ella acudía para cobrar el pago de seguros de Santalucía, aunque trabajaba en una de sus agencias exclusivas, Amsur. “Sobre todo seguros de defunción, también de hogar y otros. Han sido muchos años, ¡17!”, destaca. De 2001 a 2018, cuando fue despedida solo unos días después de que la Inspección de Trabajo concluyera que era falsa autónoma. Este febrero, un juzgado de Málaga ha declarado nulo el despido y reconocido la relación laboral, tras una demanda del sindicato CGT.

La empresa Amsur ha readmitido a la trabajadora, como ordena la resolución judicial, aunque dada su disconformidad ha recurrido la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, según explican fuentes de la compañía. Los seguros que cobraba Petri eran todos de Santalucía, ya que Amsur es una “agencia exclusiva” de la aseguradora, pero desde la empresa renuncian a valorar el caso.

Fuentes de Santalucía sostienen que Amsur es una empresa “colaboradora” en la distribución de sus productos aseguradores, pero no es una empresa de Santalucía. “Son empresas independientes y que toman las decisiones laborales que consideran oportunas para el negocio que gestionan”, argumentan.

Petri trabajó desde septiembre de 2001 como cobradora de seguros, “puerta a puerta”, en Amsur con un contrato mercantil. “No había opción de tener un contrato laboral”, apunta la trabajadora. Así, 17 años, “con la presión y las amenazas de echarme si no llegaba a cobrar al mínimo del 98% de recibos”.

Despido tras el alta de la Inspección de Trabajo

La mujer no estaba dada de alta como autónoma en la Seguridad Social, por lo que fue emplazada por la Inspección de Trabajo en una investigación de oficio. Frente a la autoridad laboral, la mujer explicó la relación con Amsur en los 17 años en cuestión y la Inspección levantó acta de infracción contra la empresa el 17 de julio de 2018, ya que consideró que Petri debía haber estado contratada como asalariada por la compañía.

La Inspección dio de alta a la trabajadora en el Régimen General con una antigüedad de cuatro años, el máximo posible dado el periodo de prescripción, explican fuentes de la Inspección de Trabajo a este medio. Solo seis días después, el 23 de julio, la empresa comunicó a Petri su “despido”, es decir, la rescisión de su relación mercantil.

La cobradora acudió al sindicato CGT, que denunció los hechos, ya que entendía que se trataba de un despido, por la existencia de una relación laboral con Amsur, y que este debía ser nulo porque se habían vulnerado los derechos fundamentales de la afectada.

El magistrado Antonio Pablo Hidalgo ha estimado la demanda. Concluye que Petri debería haber estado contratada laboralmente por Amsur.

Petri trabajaba solo para esta empresa, acudía a los domicilios que requería Amsur en un listado para cobrar las pólizas de seguros de Santalucía y recibía “instrucciones concretas” y formación de la empresa. En caso de robo del dinero recaudado, siempre que hubiera denuncia, respondía Amsur y no Petri. El juez concluye que las circunstancias en las que trabajaba la mujer “permiten afirmar que la actora y la demandada estaban unidas por un vínculo laboral”.

Además condena a Amsur por vulneración de sus derechos fundamentales al despedirla, lo que considera una represalia por haber reclamado sus derechos ante la Inspección de Trabajo. Por ello, ordena a la empresa indemnizar a la trabajadora con 6.251 euros.

Amsur asegura que el acta de la Inspección de Trabajo ha quedado anulada, en los dias de febrero en los que tuvo lugar esta sentencia de primer instancia, por lo que confía en que el TSJ de Andalucía se incline por la relación mercantil. En CGT desconocen que haya tenido lugar esa anulación y hacen valer los argumentos del propio juez tras valorar el caso.

Precariedad de los cobradores

Petri reconoce a eldiario.es que la sentencia es para ella “un logro”, aunque afirma que le hubiera gustado no tener que recurrir a la vía judicial frente a su empresa. “Lo que yo quiero es volver al trabajo y en el futuro tener mi paga, ya está”, explica al otro lado del teléfono. Su situación, añade, es la de muchos compañeros cobradores de seguros en todo el país: “Somos los últimos de la cola”.

La precariedad y los falsos autónomos entre los cobradores de seguros son un mal muy extendido, explica el abogado de CGT que ha llevado el caso, Jose Aurelio Franquelo Rodríguez. “Se habla mucho en los medios los falsos autónomos de Glovo y estas empresas, pero en los seguros hay muchísimo, no han inventado nada nuevo. Esperemos que destacar casos como este haga que la Inspección de Trabajo actúe de manera general”, afirma Franquelo Rodríguez.

La sentencia menciona de hecho un caso casi idéntico de otra cobradora de Amsur que también fue considerada falsa autónoma por un tribunal de Málaga en 2011. Esta empleada, explican en CGT, acudió al juicio de Petri como testigo y en el pasado fue ella misma la que denunció a la compañía. Las personas que denuncian, apunta Petri, son una minoría: “Las empresas de seguros cogen a gente que tiene necesidad y que muchas veces saben que no van a denunciar porque cobran una paguilla por enfermedad o alguna jubilación”.

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