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Euskadi combatirá las más de 15.000 viviendas vacías con un canon pero también con alquileres o expropiaciones forzosas en caso de necesidad

Bloques de viviendas en Vitoria

Iker Rioja Andueza

8 de junio de 2021 21:17 h

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El Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, dirigido por el consejero socialista Iñaki Arriola, ha presentado este martes finalmente el decreto que desarrolla la Ley de Vivienda vasca de 2015 en materia de pisos desocupados para “asegurar la función social de la vivienda”. Son unos 15.134 en Euskadi y se trata de incentivar que se “movilicen” y salgan al mercado. En Etxebide, la ventanilla autonómica de demandantes de vivienda protegida, esperan unas 60.000 personas. Las medidas previstas se gradúan en tres fases. La primera es un canon de 10 euros anuales por cada metro cuadrado, la segunda es activar un “alquiler forzoso” si esa casa está en una zona de “acreditada demanda y necesidad de vivienda” y el tercer escenario posible, para la situaciones “más extremas”, es la “expropiación forzosa”.

La Ley de Vivienda vasca fue la primera en España que convirtió en derecho subjetivo lo que la Constitución únicamente recoge como principio rector y no como obligación en su artículo 47, en contra de la creencia popular. Salió adelante en su día con una heterogénea mayoría conformada por EH Bildu, PSE-EE y UPyD y contra el criterio del Gobierno, entonces del PNV en solitario -que alertó de un efecto llamada mundial- y del PP. El texto pasó el filtro del Tribunal Constitucional tras un recurso del Gobierno de Mariano Rajoy. Sin embargo, sí vio recortadas algunas de sus disposiciones, precisamente en lo relativo a expropiaciones. La sentencia mantuvo exactamente la misma doctrina que siguió con las de AndalucíaComunidad ValencianaCanarias o Navarra, todas ellas recurridas por el anterior Gobierno del PP. Conocida el 19 de septiembre de 2018, dio luz verde a la previsión que contempla, como última opción, la expropiación de viviendas de particulares o empresas que tengan la consideración de “deshabitadas” -han de reunir muchos requisitos- pero no así a la que en su día se consideró como una de las medidas estrellas de la nueva normativa, la expropiación de pisos de la banca como consecuencia de desahucios.

El decreto fija como vivienda deshabitada “aquella que se encuentre desocupada de forma continuada durante los dos años a partir del día siguiente desde que pueda ser utilizada para uso residencial”. ¿Hay que pagar por la casa de la playa? No recibirá esa etiqueta si es una segunda residencia, como tampoco si viene motivado por un traslado laboral o por otra razón justificada o si está en el en venta o alquiler “a precios de mercado”. Se dará audiencia a los afectados antes de la declaración efectiva, pero se harán “comprobaciones” de los consumos de luz, agua o gas, así como de los padrones. La primera consecuencia será la imposición de un canon de 10 euros por metro cuadrado anuales que irá subiendo un 10% ejercicio tras ejercicio. El tope es de 30 euros el metro cuadrado, cuantía a la que se llegaría tras más de una década. El Gobierno autonómico ha explicado que lo recaudarán los ayuntamientos y que su destino será “finalista”, esto es, “las cantidades serán destinadas a las políticas de vivienda del municipio”.

Pero si esas casas están en zonas de alta demanda o “tensionadas”, el Gobierno podría obligar a los propietarios a alquilarlas. Para ello, tiene que haber 100 personas demandantes en Etxebide a los que se les haya rechazado el acceso a la vivienda por falta de oferta y que los precios medios de la zona sean un 10% superiores a los del municipio. Tanto los ayuntamientos como el propio consejero de Vivienda podrán definir qué zonas son ésas. En todo caso, para que esto se produzca la vivienda deberá llevar desocupada al menos un año entero y el arrendamiento durará un máximo de cinco prorrogables. Los dueños cobrarían una renta. En los casos más extremos, se optaría por la expropiación, aunque tiene que ser una medida “adecuada para garantizar su uso” o en casas de “riesgo de ruina”, problemas de “conservación” o “inseguridad”.

El consejero Arriola, a preguntas de los periodistas, no ha concretado ni las previsiones de recaudación que maneja el Gobierno con el decreto ni qué zonas de Euskadi podrían ser susceptibles de ser consideradas como tensionadas. Solamente ha aludido a “zonas concretas” tanto de las capitales como de “municipios importantes”, si bien ha admitido que no coinciden los lugares de mayor demanda de un techo con las de mayor oferta o parque de casas vacías, que suelen ser “pueblos más pequeños”. De hecho, este mismo problema hace que el derecho a la vivienda no siempre se pueda satisfacer con un piso protegido, sino que se tienen que abonar prestaciones económicas sustitutivas para ayudar al acceso al mercado libre. En todo caso, Arriola sí ha enfatizado que no se persigue afán recaudatorio sino incentivar a que movilicen esas casas deshabitadas. Hay dos programas con los que la Administración capta pisos y los destina a sus demandantes. Son Bizigune y ASAP. Los propietarios no cobran rentas tan altas como las que se estilan en el mercado libre pero los 650 euros del primero y los 775 del segundo (como máximo) son fijos y garantizados.

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