El Gobierno cambiará la ley de universidades para 'salvar' a la Oberta de Catalunya y que no pierda esa categoría
El Gobierno va a modificar la Ley Orgánica de Universidades (LOU) para salvar a la Universitat Oberta de Catalunya, privada participada por la Generalitat, (y de paso a la UNED) de su propio Real Decreto sobre los requisitos que deben cumplir las universidades para ser consideradas como tales. Estas dos universidades, las más grandes de España entre las que imparten docencia solo en la modalidad online, incumplen en principio la condición que impondrá el texto de que haya al menos un profesor por cada cien alumnos (la UOC lo niega por cómo evalúa los números), y a la universidad catalana en concreto le resultaría prácticamente imposible alcanzarlo, lo que conllevaría que perdiera la categoría de Universidad.
Esta circunstancia fue detectada por el PdeCat, que se movió para remediarla: alcanzó un acuerdo con el Gobierno para darle su apoyo a los Presupuestos Generales del Estado (PGE) a cambio de una modificación por la puerta de atrás (con una enmienda vía PGE) de la máxima norma universitaria que permitiera “salvar la viabilidad de la UOC con un acuerdo que adecúa la fórmula jurídica de contratación de 5.000 profesores a los de la pública”, según explicó el propio partido catalán. La UOC es un centro de gestión privada pero participado por la Generalitat, que la financia en parte, razón por la que funciona con precios públicos. Esta es la clave del cambio que se va a introducir en la LOU, destinado a universidades no presenciales “promovidas o participadas por el sector público”, según figura en el que será nuevo texto normativo. La UOC es la única universidad a distancia de España “participada por el sector público” sin tener consideración de pública. El cambio también servirá a la gran universidad pública a distancia, la UNED, que como la UOC tampoco cumple la ratio alumno-profesor que impondrá el RD, aunque en este caso está más cerca.
El problema que denuncian entidades como el sindicato CSIF o el Observatorio del Sistema Universitario catalán es doble: por un lado, que se modifique ad hoc toda una ley orgánica para salvar a una universidad que no deja de ser privada, por muy participada por la Generalitat que esté; por otro, que parte de la solución propuesta pase por extender la figura del profesor asociado a la universidad privada y en relajar las normas de incompatibilidad de los profesores funcionarios respecto a posibles trabajos en la universidad privada.
Desde la UOC matizan que por un lado la normativa que regula la ratio de alumnos por profesor ya estaba vigente y por otro que sí la cumplen: contabiliza la UOC a los estudiantes en “equivalentes a tiempo completo” porque aducen que la mayoría de sus alumnos estudia medio curso al año. El proyecto de Real Decreto no realiza este matiz, sin embargo, que sí aparece expresamente mencionado en el apartado de los profesores.
La modalidad de contratación del profesor asociado (teóricamente un profesional de otro campo que puntualmente da clases de su especialidad en la Universidad), está actualmente restringida a los centros públicos y se ha convertido en el flotador al que se agarraron muchas universidades para mantener la docencia durante los recortes y es la más precaria de cuantas hay en la Universidad. La asociación valenciana de profesores asociados calcula que ganan unos cinco euros la hora como docentes universitarios, y el propio Castells reconoció en su primera comparecencia en el Congreso tras ser nombrado ministro que su situación era un “escándalo” y que trabajaría por mejorarla (lo cual está planteado en el Estatuto del Personal Docente Investigador de las Universidades que negocia el ministerio estos días con los sindicatos, aunque estos no están muy conformes con la propuesta actual del ministerio ).
“La enmienda permitirá que también en las universidades no presenciales, en especial en la UOC, proliferen las figuras (profesores asociados y profesorado colaborador a tiempo parcial) más precarias e inestables de todo el profesorado universitario, como ha venido sucediendo en los últimos años en Cataluña, donde este año se han convocado plazas de profesor titular de Universidad por primera vez en más de 10 años”, lamentan desde CSIF.
El Ministerio de Universidades explica que “la enmienda se da en el contexto de la negociación presupuestaria” y se limita a comentar que “el cambio fundamental que supone es el cambio de una relación de servicio (mercantil) por parte del profesorado de las universidades a distancia a una relación contractual (obligatoriedad de hacer contrato)”, según una portavoz, que recuerda que “se aplicará a todas las universidades a distancia que cumplan las condiciones reflejadas en la enmienda”, en alusión a que sean públicas o estés participadas por lo público.
La UOC ahonda en esta circunstancia. “La realidad es que este cambio va en el sentido contrario a la precarización”, defiende Carles Sigalés, vicerrector de Docencia y Aprendizaje de la UOC. “Los profesores que tenían un contrato mercantil podrán tener una relación de asociado, que es laboral” y está más protegida, explica, cuando se utiliza cumpliendo la ley (algo que las universidades no han hecho en los últimos años). “La alternativa a los contratos mercantiles en la legislación que se nos aplicaba era hacer contratos indefinidos para relaciones que no son indefinidas”, elabora Sigalés. “Pedíamos, y se nos ha dado, que pudiéramos hacer contratos como se hacen a los asociados en otras universidades”.
Ni cerca de cumplir
El proyecto de Real Decreto, aún en fase de consulta pública, establece una serie de condiciones mínimas en cuanto al alumnado, los estudios que deben ofrecer las universidades, los profesores que han de tener o cuánto dinero deben dedicar a investigación los campus para mantener la categoría de Universidad. Desde la cartera que dirige Manuel Castells justifican esta actualización de la normativa (la actual es del exministro popular José Ignacio Wert) porque consideran que están proliferando en exceso los centros de dudosa calidad, especialmente de enseñanza a distancia, creados con el único objetivo de hacer negocio y que por tanto no investigan (es caro y no suele devolver la inversión) ni invierten lo suficiente en mantener unas condiciones mínimas de docencia. La normativa, explican fuentes del ministerio, no está hecha contra la privada en general, pero sí contra algunas privadas ya existentes y otros proyectos que van llegando al ministerio. Según un análisis de este diario considerando solo las condiciones docentes, al menos 13 de los 37 centros privados incumplen algún requisito.
La Oberta de Catalunya no entraría en principio esta categoría, se considera una universidad seria. Pero una ley es una ley, y en su ánimo de elevar la calidad el ministerio ha impuesto una condición que básicamente ninguna universidad exclusivamente online alcanza (hay otras que incumplen muchas más). El efecto colateral ha sido que tanto la UOC como la UNED no llegan a la exigencia de tener más de un profesor por cada cincuenta o cien estudiantes (el RD da esa horquilla en función de la experimentalidad, y ninguno de los dos centros la alcanza ni siquiera en el mejor de los casos). La UOC, en concreto, ni llega ni parece que pueda llegar en las condiciones actuales: tiene 287,74 profesores en equivalente a tiempo completo para 39.887 alumnos (datos del curso 2018-2019), una ratio de un profesor por cada 138,6 alumnos. La UNED está más cerca: sus 1.084,68 profesores para 129.074 estudiantes arrojan una ratio de un docente por cada 118,9 alumnos.
El problema que tienen ambas universidades se da por el tipo de profesorado que tienen. Estos centros a distancia cuentan con una gran cantidad de profesores “colaboradores”, una figura particular especialmente extendida en las universidades a distancia. La UOC define así a sus profesores: “El personal docente colaborador está formado por profesionales externos a la UOC expertos en diferentes disciplinas, que combinan su actividad profesional principal con la colaboración en la UOC. Su objetivo es acompañar a los estudiantes en las diferentes asignaturas y programas. Existen dos figuras, el tutor y el consultor (profesor colaborador)”. Como estos profesores no dedican demasiadas horas a esta tarea de acompañamiento por las particularidades de la enseñanza a distancia, cuando se computan los aproximadamente cinco mil que tiene en equivalentes a tiempo completo no alcanzan ni los 300.
Sigalés defiende que el uso de este personal se hace –o hacía– acorde a la ley y que su caso no es equivalente al de los falsos asociados. “El personal docente colaborador, que hace cosas distintas al titular, venía de convenios con otras universidades o con contratos mercantiles. Normalmente son profesores que en realidad tienen una función principal y con un tipo de contrato que estaba siendo reconocido pero que últimamente se ha puesto en cuestión después de 25 años de utilizarlo sin problemas”, explica.
Así, el Gobierno cambiará la LOU para permitir que sean contratados bajo otra fórmula. La enmienda pactada modifica la disposición adicional vigésima novena de la Ley Orgánica de Universidades, relativa a las funciones de tutoría y el profesorado, que a su vez atañe al artículo 72 sobre personal docente e investigador. Hasta ahora, esta disposición establecía que “los profesores de universidades públicas podrán realizar funciones de tutoría en universidades no presenciales públicas o financiadas mayoritariamente por Administraciones públicas, en la forma que se determine reglamentariamente”. Nunca se llegó a desarrollar esta disposición.
Ahora, esta reforma dará más posibilidades a los profesores de la pública para compatibilizarlo con la privada: “Los profesores de las universidades públicas podrán realizar funciones de acompañamiento docente en dichas universidades no presenciales”, especifica la modificación. Además, los centros no presenciales podrán disponer de “profesorado colaborador, que desarrolla funciones de apoyo docente, y efectúa actividades de orientación y acompañamiento en el aprendizaje de los y las estudiantes, a tiempo parcial, con externalidad, plena independencia y autonomía organizativa, y con aportación de los medios necesarios y de su experiencia técnica y profesional”. Estos profesores colaboradores son la principal figura que tiene actualmente la UOC, una figura propia de los centros privados a distancia asimilable a los asociados. Y a partir de la aprobación de este cambio, las universidades también podrán tener asociados.
“No sabemos si –tal y como dice el PDeCAT– la enmienda presentada va a conseguir corregir la peculiar fórmula jurídica de contratación de los profesores de la UOC”, valoran desde CSIF, “pero sí parece claro que ahondará la precariedad del profesorado de las universidades no presenciales y generará nuevos problemas con el profesorado externo, con la compatibilidad del profesorado de las universidades públicas y con los profesores-tutores”, añaden.
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