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El juez acuerda al alejamiento de centros católicos para el investigado por el ataque a la iglesia de Fontellas
En el auto, conocido este sábado, el juez indica que, según la Unidad de Información de la Unidad de Información de la Policía Nacional, en los últimos meses el detenido en esta causa, de origen marroquí, presenta “un cambio de actitud”, y varios hechos “hacen pensar que existe en el investigado una radicalización de carácter religioso”.
Según se recoge, ha pasado “de llevar una vida totalmente normal, sin incidentes conocidos, a que en las últimas fechas, y tras un reciente viaje aprovechando las vacaciones estivales a su país de origen, Marruecos, se ha producido primero un hecho de gravedad con la entrada en la Iglesia de Fontellas, y los destrozos realizados en la misma, culminados con la quema de unas tallas que representan a la Virgen”.
El juez añade que ello conlleva “un daño no sólo material contra un patrimonio histórico cultural dado su valor económico y su valor para la mayoría de la localidad, así como un daño moral, en un momento de difícil control de determinadas acciones más o menos coordinadas por parte de una facción Islámica contraria a los valores religiosos occidentales”.
Recoge en el auto, esta acción va unida a “su confesión de los hechos” y “a su falta de arrepentimiento en ellos”, que se suman a “las manifestaciones verbales realizadas que constan en el atestado, en cuanto a 'haberse ganado el cielo' y similares”.
Junto a ello, añade, está la “actual investigación de hechos similares cometidos en las últimas fechas en iglesias de otras localidades cercanas, que al parecer y verbalmente hubiese admitido hacer él”.
Según el auto, “y si sumamos el propio incidente cometido el mismo día de los hechos antes narrados, en cuanto que parece que ha confundido unas banderitas con símbolos religiosos, lo que ha motivado su escalo hacia diferentes viviendas con daños en las mismas al entrar y con la única finalidad al parecer de romper, quemar o simplemente retirar dichos supuestos símbolos, hacen pensar que existe en el investigado una radicalización de carácter religioso”.
Un cambio de actitud, expone, que “no viene motivado por consumo de alcohol o drogas según él mismo manifiesta, ni en principio a salvo de mayor comprobación, de alteración mental alguna”.
El auto indica que “procede imponer la medida de prohibición de acercarse a menos de 10 metros o entrar en edificios, centros o lugares que tengan uso de culto religioso católico, así como cualquier acto de este contenido, estando vigente esta medida hasta la finalización de la causa bien por archivo bien por sentencia firme”, con el fin de que se “reiteren estas acciones, que con mayor o menos interés económico, vienen a producir una desazón e incluso indignación en las localidades donde se han producido”.