El Gobierno considera inútiles las últimas demandas de Jupol para la Policía y les da carpetazo en el Consejo de Ministros
El último Consejo de Ministros del curso, el del martes, albergó dos decisiones que afectan al funcionamiento interno de la Policía y a la estrategia del sindicato Jupol, principal ariete de Vox y el PP contra el Gobierno dentro del Cuerpo, que han pasado desapercibidos por el alto voltaje político que ha envuelto los últimos días del mes de julio. El Ejecutivo desestimó las dos demandas que había dirigido a Moncloa el secretario general de Jupol respecto al desarrollo de las especialidades del cuerpo y a la regulación de las elecciones sindicales.
Jupol exigía al Gobierno que desarrollara dos previsiones que aparecen en la norma que regula el Régimen de Personal de la Policía Nacional, una ley aprobada en 2015. Los policías tienen reconocidas nueve especialidades. Algunas de tanta trascendencia pública como la de Información, cuyos agentes están dedicados a la lucha antiterrorista, o la Policía Judicial, que combaten, entre otros, el fenómenos del crimen organizado.
En el Consejo de Ministros de este martes, el Gobierno despacha la demanda que Jupol presentó en febrero explicando que el desarrollo de las especialidades “se encuentra actualmente disperso en diferentes instrumentos, sin perjuicio de que en el futuro pueda abordarse de nuevo su regulación a través de una o varias disposiciones reglamentarias de rango adecuado”. En este sentido, el Ejecutivo cita dos reales decretos, una orden y también regulaciones internas de cada unidad que, considera, revelan como irrelevante la petición de Jupol.
Por otra parte, el secretario general del sindicato, Aarón Rivero, se había dirigido al Gobierno para solicitar que se desarrollase la norma que sirve para convocar las elecciones internas en la Policía y el Consejo de la Policía resultante de ellas. Aquí el Ejecutivo contesta que “se debe desestimar” porque, sencillamente, la convocatoria de elecciones en la Policía “no está huérfana de regulación”. “Existe la normativa reglamentaria reclamada y está plenamente en vigor”, añade.
“El Real Decreto 555/2011, de 20 de abril, por el que se establece el régimen electoral del Consejo de Policía, tiene precisamente por objeto las normas para la celebración de las elecciones a representantes de la Policía Nacional en el Consejo de Policía y desarrolla todo lo relativo al reconocimiento del derecho de sufragio, al ejercicio del sufragio activo, la administración electoral, la convocatoria de elecciones, el censo electoral, el procedimiento electoral, el procedimiento de voto electrónico, el voto por correspondencia, la proclamación de electos y la constitución del Consejo de Policía con la nueva composición surgida de la celebración de las elecciones”, explica el Gobierno a Jupol.
Rechazo también en el Supremo
Paralelamente, el sindicato había recurrido a la vía judicial, al Tribunal Supremo, para intentar materializar sus reivindicaciones. Por cuestiones distintas, el sindicato también ha fracasado, al menos de momento. Los servicios jurídicos de Jupol optaron por presentar una demanda en lugar de recurrir al preceptivo recurso contencioso-administrativo.
Al dejar de lado al resto de sindicatos que representan a los policías, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha resuelto: “No cabe ninguna duda de que el sindicato recurrente no es el único posible interesado en la falta de desarrollo reglamentario del art.20.3 de la Ley Orgánica 9/2015. Hay otros sindicatos policiales, por no hablar de personas físicas, que podrían tener algún interés legítimo en el asunto”.
Por ello, concluye la Sala, Jupol tendrá que tramitar su demanda como en otros casos, presentando en primer lugar el escrito de interposición del recurso para, de esa forma, poder ofrecer al resto de sindicatos la posibilidad de formar parte de ese procedimiento y del otro que pide el desarrollo del artículo 95.5 (elecciones al Consejo de Policía), aunque sea en calidad de 'codemandados' junto con Interior.
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