La gran ironía de la llegada de los docentes de religión islámica a los colegios públicos es que ha sido la consejera de Educación, antigua militante de Vox y actual servidora fiel* de López Miras, la que ha tenido que dar cumplimiento a la sentencia 41/2022 del Tribunal Superior de Justicia de Murcia sobre el derecho de las hijas de una familia murciana a recibir educación religiosa de acuerdo a sus creencias.
Era algo cantado que la injusticia que se estaba cometiendo con las personas que elegían para su prole la educación en el credo de Mahoma tenía que acabar.
Desde principio de siglo las familias de esta religión venían reclamando este derecho. Nuestro Gobierno Regional, desde los tiempos de Valcárcel, les daba largas, incumpliendo un derecho que otros, católicos desde siempre y evangélicos, al menos desde 2002, ya habían conseguido.
Si la cosa no fuera tan irracional sería para partirse de risa cuando llegue la hora de religión en el cole, y más en instituto, y el alumnado de un nivel se tenga que dividir en dos o tres grupos distintos para ir a una clase en la que le van a enseñar “la verdad verdadera” y a la hora siguiente volver a su clase para que les expliquen matemáticas o cualquier otra materia a toda la clase junta.
Se están creando guetos, casi en cada pueblo hay uno al menos, y el hecho de concentrar al profesorado islámico en ciertos centros va a ejercer el efecto llamada sobre las familias que quieran y puedan acercarse a esos centros y como consecuencia el alejamiento de los vecinos que no acepten que sus hijos se queden en el gueto.
Aunque, de hecho, ya tenemos una educación segregada por niveles económicos instalada en la educación privada-concertada (las cuotas 'voluntarias' oscilan entre varias decenas o varios cientos de euros), la educación publica todavía se resiste a ello, con la única condicionante de la categoría económico-social del barrio y los distintos itinerarios en función de las asignaturas optativas, especialmente en los IES. La religión cumplía esa función selectiva, ahora lo continuará haciendo con más intensidad.
Desde siempre la polémica con respecto a la enseñanza de la religión en la escuela ha venido definida por dos posturas. Por un lado, la opción defendida por el sector más conservador: religión integrada en el currículo y asimilada a cualquier asignatura, válida para conseguir nota para entrar en la universidad. Y por otro lado, el sector que considera la religión como hecho confesional que pertenece a la particularidad de cada familia y debe ser en ese ámbito en el que se ofrezca la educación religiosa confesional.
Estos últimos consideran que sí debería incluirse el hecho religioso en el currículo escolar. El hecho religioso es un objeto de conocimiento, un medio para comprender civilizaciones y sociedades, ejemplos: el Concilio de Trento, la Hégida de Mahoma en el 622 de nuestra era o la llegada del budismo a Japón en siglo VIII, al igual que el arte o la arquitectura religiosa son hechos incuestionables e imprescindibles para entender le mundo, con gran trascendencia para millones de personas y para la Historia Universal. Por contra, las creencias, la fe o los catecismos son cuestiones personales que en vez de unir contribuyen, cuando menos, a diferenciar o peor, a enfrentar a las personas.
Esto quiere decir que aún teniendo en cuenta la tradición católica de nuestro país, así como la importancia del cristianismo en la conformación de la visión del mundo occidental, la enseñanza del hecho religioso en el sistema escolar debería ser una enseñanza neutral, no incluir enseñanzas doctrinarias, así como debería ofrecer el estudio de las otras religiones y su importancia en el mundo, haciendo especial hincapié en los contenidos comunes a todas ellas, principios morales como el respeto a los demás , no mentir, generosidad, altruismo, etc. Y, sobre todo, la tolerancia sobre las creencias y opiniones de los demás.
Por desgracia, no veremos en nuestro país a un sij con su turbante dando clases de religión en un colegio concertado católico como sí puede ocurrir en Reino Unido, donde la asignatura de Religión está dentro del currículo nacional y es de obligado ofrecimiento por los centros y voluntaria para el alumnado. El profesorado depende directamente de al Administración con una autonomía total de las confesiones religiosas tanto en los contenidos específicos de la asignatura, ya que tienen libertad de cátedra, como de su independencia orgánica y sin control ideológico de las autoridades o representantes de su religión, con la única prohibición de hacer proselitismo.
La llegada del profesorado islamita, por una parte, repara la deuda histórica con el 16% del alumnado de los 66.000 que solicitan educación religiosa en la Región de Murcia, pero, por otra, al aumentar la pluralidad de centros, aumenta en nicho de negocio de la educación privada que al fin y al cabo es uno de los objetivos que nuestra sin par Consejera confirma con cada decisión que toma**.
* Merecerla otro artículo “Qui prodest” la última jugada de la señora consejera en la Asamblea Regional.
** Nombramiento para el Consejo Escolar del Presidente de la Confederación de Centros Privados
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